BONOS BANCARIOS
1. Concepto.Los bonos hipotecarios y prendarios son títulos de crédito al portador, a plazo no menor de un año ni mayor de veinticinco años a contar desde la fecha de su emisión y transferibles mediante la simple tradición. (art. 57 Ley de Bancos)
2. Forma del títuloValor nominalPlazoPorcentaje de interésRégimen del pago del capital e intereses.Fecha de emisión y otras estipulaciones de importancia.Los bonos bancarios, por su forma de crearse, pertenecen al grupo de títulos seriales y se emiten conforme un reglamento que debe elaborarse en cada emisión, sin perjuicio de las facultades que tiene la Junta Monetaria para reglamentar en forma general la emisión de estos títulos. Antes de que entren en circulación deben ser registrados en la Superintendencia de Bancos.
3. Garantías para el Tenedor.El artículo 61 de la Ley de Bancos establece que estos títulos se garantizan:Con el conjunto de préstamos a cuya financiación se destinan los bonos y sus garantías anexas.Las demás inversiones y activos del banco; y,La responsabilidad subsidiaria que, en casos especiales, otorguen el Estado, entidades públicas o instituciones financieras.