LAS PATENTES
Es el título otorgado por el Estado que ampara el derecho del inventor o del titular con respecto a una invención.
La capacidad de inventar y el producto de esa capacidad es protegida por el derecho mediante la institución de la patente que el Estado concede para garantizar la propiedad que se tiene sobre el invento, la que se ubica dentro de la llamada propiedad industrial.
La patente de invención tendrá un plazo de veinte años, desde la fecha de presentación de la solicitud.
Efectos de la patenteEl Estado reconoce un derecho de propiedad de carácter exclusivo, de manera tal que nadie puede utilizar un invento para piratear los beneficios que produce, o dicho de otra manera el derecho de impedir que terceras personas exploten la invención patentada.
Nulidad de la patente: La patente será nula en los siguientes casos:Total o parcialmente, cuando la invención no se ajuste a lo dispuesto en los artículos 91 al 98, 108 al 111 de la Ley de Propiedad Industrial.Si durante la tramitación de la solicitud, hubiese ocurrido alguno de los casos en que la misma debió tenerse por abandonada.
Extinción de la patente (140 L.P.I.)Por vencimiento del plazoPor renuncia a la patente por parte del titularPor falta de pago oportuno de una anualidad o en su caso del recargo por pago extemporáneo de la misma.
La extinción opera de pleno derecho en el primero y tercero de los casos mencionados y a partir del día siguiente a aquél en que venció el plazo correspondiente o del período de gracia si fuere el caso.
La invención objeto de una patente que por cualquier causa se haya extinguido. O de una solicitud publicada que hubiese sido abandonada, pasará al dominio público.