{"id":3514,"date":"2015-11-19T09:31:38","date_gmt":"2015-11-19T15:31:38","guid":{"rendered":"http:\/\/estuderecho.com\/sitio\/?p=3514"},"modified":"2015-11-19T09:31:38","modified_gmt":"2015-11-19T15:31:38","slug":"procedimiento-para-elegir-decano-en-la-usac","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/estuderecho.com\/sitio\/?p=3514","title":{"rendered":"Procedimiento para elegir Decano en la USAC"},"content":{"rendered":"<p align=\"center\">Seg\u00fan la Ley Org\u00e1nica de la Universidad de San Carlos de Guatemala el procedimiento para la elecci\u00f3n a Decano es el siguiente:<\/p>\n<p align=\"center\">CAP\u00cdTULO VI<\/p>\n<p align=\"center\">ELECCIONES DE DECANO<\/p>\n<p align=\"justify\">\n<p align=\"justify\">DURACI\u00d3N Y REELECCI\u00d3N<\/p>\n<p align=\"justify\"><em><strong>Art\u00edculo 33o<\/strong><\/em>. Los Decanos duran en el ejercicio de sus funciones cuatro a\u00f1os, pudiendo ser reelectos para un nuevo per\u00edodo si obtuvieren por lo menos el voto favorable de las dos terceras partes de los electores presentes, siempre que \u00e9stos sean los dos tercios m\u00e1s uno del total.<\/p>\n<p align=\"justify\">\nELECTORES<\/p>\n<p align=\"justify\"><em><strong>Art\u00edculo 34o.<\/strong><\/em>\u00a0Eligen a los Decanos de cada Facultad: Los catedr\u00e1ticos titulares con derecho a elegir y ser electos, igual n\u00famero de estudiantes electores y de profesionales no catedr\u00e1ticos del Colegio respectivo, graduados o incorporados a la Universidad de San Carlos de Guatemala. El Decano ser\u00e1 electo por mayor\u00eda absoluta de votos de electores presentes, siempre que concurran las dos terceras partes m\u00e1s uno del total.<\/p>\n<p align=\"justify\">\nCONVOCATORIA<\/p>\n<p align=\"justify\"><em><strong>Art\u00edculo 35o<\/strong><\/em>. La convocatoria para elecciones de Decano ser\u00e1 hecha por el Consejo Superior Universitario por conducto de la Junta Directiva de la Facultad, con un mes por lo menos de anticipaci\u00f3n a la fecha correspondiente y se rige por lo establecido en los art\u00edculos 3o. y 4o. de este Reglamento.<\/p>\n<p align=\"justify\">\nINFORME DEL N\u00daMERO DE CATEDR\u00c1TICOS TITULARES<\/p>\n<p align=\"justify\"><em><strong>Art\u00edculo 36o<\/strong><\/em>. Al mismo tiempo que se comuniquen las convocatorias, el Decano o quien haga sus veces har\u00e1 saber tanto al estudiantado como al Colegio Profesional respectivo, el n\u00famero de catedr\u00e1ticos titulares con derecho a elegir y ser electos que hay en sus respectivas Facultades, para que elijan por mayor\u00eda absoluta, igual n\u00famero de sus miembros para que los representen en la elecci\u00f3n.<\/p>\n<p align=\"justify\">\nESCRUTINO Y CALIFICACI\u00d3N<\/p>\n<p align=\"justify\"><em><strong>Art\u00edculo 37o<\/strong><\/em>. Las Juntas Directivas correspondientes en el caso de las elecciones contempladas en los art\u00edculos 39 y 40 de la\u00a0Ley Org\u00e1nica de la Universidad de San Carlos de Guatemala,\u00a0ser\u00e1n las encargadas de presidir la elecci\u00f3n con su qu\u00f3rum de ley, de recibir los votos, hacer el escrutinio correspondiente, calificar la votaci\u00f3n y comprobar las calidades de los electos, dando cuenta del resultado dentro del t\u00e9rmino de cuarenta y ocho horas al Consejo Superior Universitario, para que \u00e9ste declare electos a los que hubieren obtenido la mayor\u00eda de votos requerida, o proceda a revisar la elecci\u00f3n si presumiere que adolece de alg\u00fan vicio fundamental.<\/p>\n<p align=\"justify\">En este \u00faltimo caso, al hacer su declaratoria el Consejo, convocara a nuevas elecciones.<\/p>\n<p align=\"justify\">\nFALTA DE MAYOR\u00cdA ABSOLUTA<\/p>\n<p align=\"justify\"><em><strong>Art\u00edculo 38o<\/strong><\/em>. Las votaciones se regir\u00e1n por lo dispuesto en el art\u00edculo 30 del presente Reglamento, especialmente cuando no haya mayor\u00eda absoluta o se produzca empate.<\/p>\n<p align=\"justify\">\nFALTA DE QU\u00d3RUM<\/p>\n<p align=\"justify\"><em><strong>Art\u00edculo 39o.<\/strong><\/em>\u00a0En caso de que no se d\u00e9 el qu\u00f3rum de las dos terceras partes m\u00e1s uno establecido en el art\u00edculo 34 de la\u00a0Ley Org\u00e1nica de la Universidad de San Carlos de Guatemala, las votaciones se har\u00e1n el d\u00eda h\u00e1bil siguiente, a la misma hora, siempre que los votantes representen, al menos, las dos terceras partes del total, tal como se indica en el art\u00edculo 51 de la misma Ley. Si en esta segunda oportunidad no hubiere qu\u00f3rum, la elecci\u00f3n se celebrar\u00e1 el d\u00eda h\u00e1bil siguiente, a la misma hora, con los electores que asistan.<\/p>\n<p align=\"justify\">\nCATEDR\u00c1TICOS TITULARES<\/p>\n<p align=\"justify\"><em><strong>Art\u00edculo 40o<\/strong><\/em>. Para efectos de la integraci\u00f3n del Cuerpo Electoral a que se refiere el art\u00edculo 44 de los\u00a0Estatutos de la Universidad,\u00a0se consideran como catedr\u00e1ticos titulares, \u00fanicamente a quienes ostenten esta categor\u00eda y tengan el derecho a elegir y ser electos. Asimismo, para la determinaci\u00f3n del n\u00famero de profesionales no catedr\u00e1ticos del Colegio respectivo que deban concurrir para la integraci\u00f3n del Cuerpo Electoral que elegir\u00e1 Decano de cada Facultad, se tomar\u00e1 como base, no el n\u00famero de c\u00e1tedras de la Carrera de que se trata sino el n\u00famero de catedr\u00e1ticos titulares con derecho a elegir y ser electos de la Unidad Acad\u00e9mica.<\/p>\n<p align=\"justify\">\nCATEDR\u00c1TICOS CON LICENCIA<\/p>\n<p align=\"justify\"><strong><em>Art\u00edculo 41o<\/em><\/strong>. Conforme a lo dispuesto en el art\u00edculo 10o. del presente Reglamento tendr\u00e1n derecho a voto los Catedr\u00e1ticos titulares que gocen de licencia concedida de conformidad con las leyes, estatutos y reglamentos de la Universidad, y se tomar\u00e1n para determinar el n\u00famero de electores estudiantiles y profesionales no catedr\u00e1ticos.<\/p>\n<p align=\"justify\">\nREPRESENTANTE DEL COLEGIO PROFESIONAL<\/p>\n<p align=\"justify\"><em><strong>Art\u00edculo 42o<\/strong><\/em>. Las elecciones que se practiquen en el seno de los Colegios Profesionales, ya sea para designar a los representantes de cada Colegio ante el cuerpo Electoral Reglamento de elecciones de la Universidad de San Carlos de Guatemala Leyes y Reglamentos de la Universidad de San Carlos de Guatemala Universitario que elegir\u00e1 Rector, o a los que participar\u00e1n en las elecciones de Decanos, al Representante ante el Consejo Superior Universitario, al Vocal Tercero ante Junta Directiva de la Facultad respectiva y a su Representante ante el \u00d3rgano de Direcci\u00f3n de las dem\u00e1s Unidades Acad\u00e9micas, ser\u00e1n presididas por la Junta Directiva del Colegio con la totalidad de sus miembros o, al menos, la mitad m\u00e1s uno de sus integrantes; tambi\u00e9n deber\u00e1 recibir los votos, hacer el escrutinio, calificar la votaci\u00f3n y comprobar las calidades de los electos. No se aceptar\u00e1n representaciones de los \u00a0votantes. En consecuencia, en cada acto electoral que se realice en los Colegios, la elecci\u00f3n se efectuar\u00e1 con los colegiados presentes en el mismo.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Seg\u00fan la Ley Org\u00e1nica de la Universidad de San Carlos de Guatemala el procedimiento para la elecci\u00f3n a Decano es el siguiente: CAP\u00cdTULO VI ELECCIONES DE DECANO DURACI\u00d3N Y REELECCI\u00d3N Art\u00edculo 33o. Los Decanos duran en el ejercicio de sus funciones cuatro a\u00f1os, pudiendo ser reelectos para un nuevo per\u00edodo si obtuvieren por lo menos [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[3,8,6,270,4441],"tags":[5416,673,605,5417,30,23,5419,1746,5418,103],"class_list":["post-3514","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-articulos","category-noticias-2","category-para-estudiantes","category-para-privados-2","category-usac-2","tag-catedraticos","tag-convocatoria","tag-decano","tag-electores","tag-estudiantes","tag-guatemala","tag-mayoria-absoluta","tag-profesionales","tag-quorum","tag-usac"],"blocksy_meta":[],"_links":{"self":[{"href":"http:\/\/estuderecho.com\/sitio\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/3514","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"http:\/\/estuderecho.com\/sitio\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"http:\/\/estuderecho.com\/sitio\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/estuderecho.com\/sitio\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/estuderecho.com\/sitio\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=3514"}],"version-history":[{"count":1,"href":"http:\/\/estuderecho.com\/sitio\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/3514\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":3515,"href":"http:\/\/estuderecho.com\/sitio\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/3514\/revisions\/3515"}],"wp:attachment":[{"href":"http:\/\/estuderecho.com\/sitio\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=3514"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"http:\/\/estuderecho.com\/sitio\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=3514"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"http:\/\/estuderecho.com\/sitio\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=3514"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}