{"id":4168,"date":"2016-04-18T09:25:22","date_gmt":"2016-04-18T15:25:22","guid":{"rendered":"http:\/\/estuderecho.com\/sitio\/?p=4168"},"modified":"2016-04-18T09:25:22","modified_gmt":"2016-04-18T15:25:22","slug":"los-convenios-de-ginebra-del-12-de-agosto-de-1949","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/estuderecho.com\/sitio\/?p=4168","title":{"rendered":"Los Convenios de Ginebra del 12 de Agosto de 1949"},"content":{"rendered":"<p>Los Convenios de Ginebra del 12 de Agosto de 1949!<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El Comit\u00e9 Internacional de la Cruz Roja es el promotor del Convenio de Ginebra, que protege al soldado herido, as\u00ed como de los Convenios humanitarios que lo completan. Estos tratados fundamentales se basan en el respeto debido a la persona humana y a su dignidad; refrendan el principio de la asistencia desinteresada y prestada sin discriminaci\u00f3n a las v\u00edctimas, al hombre que, herido, prisionero o n\u00e1ufrago, sin defensa alguna, ya no es un enemigo, sino \u00fanicamente un ser que sufre.<\/p>\n<p>El Comit\u00e9 Internacional no ha cesado, en el transcurso de los a\u00f1os, de esforzarse por que en el derecho de gentes se otorgue a la persona humana una mejor defensa contra las calamidades de la guerra. Con tal finalidad, ha hecho cuanto ha podido para desarrollar los Convenios humanitarios, para adaptarlos a las necesidades del momento, o para hacer que haya otros nuevos. Su principal obra, en el per\u00edodo transcurrido entre las dos guerras mundiales, fue la elaboraci\u00f3n de proyectos de Convenios y especialmente del Convenio relativo al trato debido a los prisioneros de guerra que, firmado en 1929, fue la salvaguardia de millones de cautivos durante el \u00faltimo conflicto. Otros proyectos suyos para la revisi\u00f3n o la elaboraci\u00f3n de Convenios hab\u00edan de ser oficialmente refrendados en una Conferencia Diplom\u00e1tica que el Consejo Federal Suizo se propon\u00eda convocar para comienzos de 1940. Desafortunadamente, se desencadenaron las hostilidades.<\/p>\n<p>Ya en 1945, tras una guerra sin precedentes, se plante\u00f3 el problema, de considerable amplitud, de desarrollar y perfeccionar las normas del derecho de gentes en el \u00e1mbito humanitario, a la luz de las experiencias hechas durante el conflicto. Dado que los Gobiernos y las Sociedades Nacionales de la Cruz Roja aprobaron muy pronto las propuestas del Comit\u00e9, \u00e9ste pudo poner manos a la obra. Era conveniente preparar la revisi\u00f3n de tres antiguos Convenios (Convenio de Ginebra de 1929 para aliviar la suerte que corren los heridos y los enfermos de los ej\u00e9rcitos en campa\u00f1a; X Convenio de La Haya de 1907, para adaptar a la guerra mar\u00edtima los principios del Convenio de Ginebra; Convenio de 1929 relativo al trato debido a los prisioneros de guerra). Era conveniente tambi\u00e9n, y sobre todo, elaborar un Convenio para la protecci\u00f3n\u00a0de las personas civiles, cuya carencia hab\u00eda tenido tan crueles consecuencias durante el conflicto.<\/p>\n<p>Para realizar su obra, el Comit\u00e9 Internacional de la Cruz Roja recurri\u00f3 a un m\u00e9todo an\u00e1logo al que hab\u00eda seguido tras la Primera Guerra Mundial: reunir una documentaci\u00f3n preliminar lo m\u00e1s completa posible, poniendo de relieve los puntos en que el derecho internacional p\u00fablico debe ser confirmado, completado o modificado, y redactando, despu\u00e9s, en colaboraci\u00f3n con expertos de los diferentes pa\u00edses, proyectos de Convenios revisados y de Convenios nuevos, para someterlos a la Conferencia Internacional de la Cruz Roja y, en \u00faltima instancia, a una Conferencia Diplom\u00e1tica habilitada para dar forma definitiva a esos tratados.<\/p>\n<p>La primera reuni\u00f3n de expertos tuvo lugar en octubre de 1945. Participaron los miembros neutrales de las Comisiones m\u00e9dicas mixtas que, durante el conflicto, se hab\u00edan encargado de visitar a los prisioneros de guerra heridos o enfermos y de decidir acerca de su repatriaci\u00f3n.<\/p>\n<p>La segunda fue la \u201cConferencia preliminar de las Sociedades Nacionales de la Cruz Roja para el estudio de los Convenios y de diversas cuestiones relacionadas con la Cruz Roja\u201d, convocada por el Comit\u00e9 Internacional, que se celebr\u00f3 en Ginebra los meses de julio y agosto de 1946, y a la cual someti\u00f3 sus primeros proyectos.<\/p>\n<p>Habiendo recogido as\u00ed las sugerencias de las Cruces Rojas sobre las materias de su particular competencia, el Comit\u00e9 Internacional intensific\u00f3 sus estudios, durante los meses siguientes, y elabor\u00f3 una documentaci\u00f3n muy completa referente a la totalidad de las disposiciones convencionales que conven\u00eda estipular. Consult\u00f3 especialmente, en marzo de 1947, a los representantes de las instituciones religiosas y laicas que hab\u00edan prestado, con \u00e9l, ayuda espiritual o intelectual a las v\u00edctimas de la guerra.<\/p>\n<p>Despu\u00e9s, se celebr\u00f3 en Ginebra, del 14 al 26 de abril de 1947, la \u201cConferencia de expertos gubernamentales para el estudio de los Convenios que protegen a las v\u00edctimas de la guerra\u201d, en la que participaron setenta enviados de quince Gobiernos que, durante la guerra mundial, hab\u00edan tenido en su poder a numerosos prisioneros de guerra e internados civiles y que, por lo tanto, ten\u00edan gran experiencia de los asuntos que iban a tratarse. Esa Conferencia redact\u00f3, sobre la base de las propuestas del Comit\u00e9 Internacional, de los pareceres formulados por las Cruces Rojas y de los proyectos elaborados por varios Gobiernos, textos de Convenios revisados y un primer proyecto de Convenio nuevo para la protecci\u00f3n de las personas civiles en tiempo de guerra.<\/p>\n<p>La \u201cConferencia Diplom\u00e1tica para elaborar Convenios internacionales destinados a proteger a las v\u00edctimas de la guerra\u201d, convocada por el Consejo Federal Suizo, gerente de los Convenios de Ginebra, se reuni\u00f3 en esa ciudad del 21 de abril al 12 de agosto de 1949. En dicha Conferencia estuvieron oficialmente representados sesenta y tres Estados, cincuenta y nueve de los cuales con plenos poderes de deliberaci\u00f3n y cuatro como observadores. Se invit\u00f3 a que los expertos del Comit\u00e9 Internacional de la Cruz Roja participaran activamente en los trabajos.<\/p>\n<p>En el transcurso de cuatro meses de ininterrumpidas e intensas deliberaciones, la Conferencia elabor\u00f3 los cuatro Convenios siguientes, cuyo texto es objeto de la presente publicaci\u00f3n:<\/p>\n<p>I. Convenio de Ginebra del 12 de agosto de 1949 para aliviar la suerte que corren los heridos y los enfermos de las fuerzas armadas en campa\u00f1a.<\/p>\n<p>II. Convenio de Ginebra del 12 de agosto de 1949 para aliviar la suerte que corren los heridos, los enfermos y los n\u00e1ufragos de las fuerzas armadas en el mar.<\/p>\n<p>III. Convenio de Ginebra del 12 de agosto de 1949 relativo al trato debido a los prisioneros de guerra.<\/p>\n<p>IV. Convenio de Ginebra del 12 de agosto de 1949 relativo a la protecci\u00f3n debida a las personas civiles en tiempo de guerra.<\/p>\n<p><a href=\"https:\/\/www.icrc.org\/spa\/assets\/files\/publications\/convenios-gva-esp-2012.pdf\" target=\"_blank\">Ver el documento completo\/descargar<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Los Convenios de Ginebra del 12 de Agosto de 1949! &nbsp; El Comit\u00e9 Internacional de la Cruz Roja es el promotor del Convenio de Ginebra, que protege al soldado herido, as\u00ed como de los Convenios humanitarios que lo completan. 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