{"id":608,"date":"2012-04-05T12:06:15","date_gmt":"2012-04-05T18:06:15","guid":{"rendered":"http:\/\/estuderecho.com\/sitio\/?p=608"},"modified":"2012-03-28T14:17:37","modified_gmt":"2012-03-28T20:17:37","slug":"derecho-guatemalteco-3","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/estuderecho.com\/sitio\/?p=608","title":{"rendered":"Derecho guatemalteco"},"content":{"rendered":"<p>Conjunto de normas que constituyen el ordenamiento jur\u00eddico vigente en Guatemala. Seg\u00fan el art\u00edculo segundo de la Ley del Organismo Judicial, decreto 2-89 del Congreso, en Guatemala la ley es la fuente del ordenamiento jur\u00eddico.<\/p>\n<p>La costumbre cumple una funci\u00f3n supletoria, y s\u00f3lo se admite cuando existen lagunas en el texto legal. No se admite la costumbre que se opone a la ley.<\/p>\n<p>La jurisprudencia cumple tambi\u00e9n una funci\u00f3n supletoria: complementa la legislaci\u00f3n. Para que la misma sea obligatoria se requieren cinco fallos continuos, en el mismo sentido, emitidos por la Corte Suprema de Justicia. Tambi\u00e9n se configura jurisprudencia en materia constitucional con tres sentencias uniformes de la Corte de Constitucionalidad.<\/p>\n<p><strong>Jerarqu\u00eda normativa<br \/>\n<\/strong>La validez de todo el sistema jur\u00eddico guatemalteco depende de su conformidad con la Constituci\u00f3n, considerada como la ley suprema. Sin embargo, en el art\u00edculo 46 establece que en materia de derechos humanos los tratados y convenciones aceptados y ratificados por Guatemala tienen preeminencia sobre el Derecho interno.<\/p>\n<p>En esta materia Guatemala ha ratificado La Convenci\u00f3n Americana sobre Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Pol\u00edticos y el Pacto Internacional de Derechos Econ\u00f3micos, Sociales y Culturales.<\/p>\n<p>En segundo lugar, se encuentran las leyes emitidas por el Congreso de la Rep\u00fablica que pueden ser de dos tipos, leyes constitucionales y leyes ordinarias. Las primeras priman sobre las segundas y requieren para su reforma el voto de las dos terceras partes del total de diputados que integran el Congreso.<\/p>\n<p>En tercer lugar se encuentran las disposiciones emitidas por el organismo ejecutivo o disposiciones reglamentarias, que no pueden contrariar los pelda\u00f1os anteriores. Ocupan el \u00faltimo escal\u00f3n las normas individualizadas que comprenden las sentencias judiciales y las resoluciones administrativas.<\/p>\n<p><strong>La Constituci\u00f3n como norma fundamental del Estado<br \/>\n<\/strong>La Constituci\u00f3n de Guatemala fue promulgada por la Asamblea Nacional Constituyente en 1985 y fue reformada luego de un refer\u00e9ndum en 1993. De acuerdo con la misma Guatemala es un Estado de Derecho, se organiza para proteger a la persona y a la familia, su fin supremo es la realizaci\u00f3n del bien com\u00fan y su sistema de Gobierno es republicano, democr\u00e1tico y representativo. La soberan\u00eda reside en el pueblo y se encuentra conformado por diversos grupos \u00e9tnicos entre los que figuran los grupos ind\u00edgenas de ascendencia maya.<\/p>\n<p>El territorio de la Rep\u00fablica se estructura en departamentos y se dividen a su vez en municipios, pero s\u00f3lo estos \u00faltimos gozan de autonom\u00eda y poseen un Gobierno elegido por el pueblo.<\/p>\n<p><strong>Derechos fundamentales y libertades p\u00fablicas<br \/>\n<\/strong>La Constituci\u00f3n reconoce tanto los derechos individuales como los derechos sociales y los derechos civiles y pol\u00edticos. Entre los primeros se encuentran el derecho a la vida, la integridad f\u00edsica, la seguridad, la igualdad y la libertad. Asimismo consagra la libertad de pensamiento, de religi\u00f3n, de asociaci\u00f3n y el libre desplazamiento.<\/p>\n<p>Entre las garant\u00edas procesales establece el principio de legalidad, el principio de presunci\u00f3n de inocencia, el derecho a un proceso justo, el recurso de exhibici\u00f3n personal y el proceso de amparo; tambi\u00e9n prev\u00e9 el derecho de asilo, de petici\u00f3n, de reuni\u00f3n y manifestaci\u00f3n y la inviolabilidad de correspondencia y de vivienda.<\/p>\n<p>Entre los derechos sociales reconoce el derecho a la educaci\u00f3n, la cultura, la salud y el trabajo. Por \u00faltimo, se encuentra consagrado el derecho de elegir y ser electo.<\/p>\n<p><strong>Poderes del Estado<br \/>\n<\/strong>El Estado guatemalteco se encuentra articulado en funci\u00f3n de tres poderes independientes: el organismo legislativo, el organismo ejecutivo y el organismo judicial. La subordinaci\u00f3n entre los mismos est\u00e1 prohibida.<\/p>\n<p>El organismo ejecutivo se encuentra integrado por el presidente, que es el jefe de Estado, el vicepresidente, los ministros y los viceministros. El presidente y vicepresidente son elegidos mediante sufragio para cumplir un periodo de cuatro a\u00f1os. Para ser cargos electos requieren la mayor\u00eda absoluta. Si no la obtienen se proceder\u00e1 a segunda elecci\u00f3n entre los candidatos que hayan obtenido las dos m\u00e1s altas mayor\u00edas relativas.<\/p>\n<p>Entre las principales atribuciones del presidente se encuentran coordinar, en Consejo de Ministros, la pol\u00edtica de desarrollo del pa\u00eds y presentar al Congreso de la Rep\u00fablica el presupuesto general de ingresos y gastos del Estado; dirigir la pol\u00edtica exterior y las relaciones internacionales, celebrar, ratificar y denunciar tratados y convenios internacionales; proveer la Defensa y seguridad de la naci\u00f3n para lo cual ejerce el mando de las Fuerzas Armadas y de toda la fuerza p\u00fablica; y nombrar y cesar los ministros, viceministros ministros, secretarios y subsecretarios y embajadores.<\/p>\n<p>La potestad legislativa corresponde al Congreso, compuesto por diputados electos por el sistema de distritos electorales y un 25% a trav\u00e9s del listado nacional, para un periodo de cuatro a\u00f1os. Las principales atribuciones del Congreso de la Rep\u00fablica son decretar, derogar y reformar las leyes; aprobar, modificar o rechazar el Presupuesto general de ingresos y gastos del Estado; decretar impuestos; declarar la guerra; decretar amnist\u00eda por delitos pol\u00edticos y comunes conexos; efectuar las operaciones relativas a la deuda externa y aprobar antes de su ratificaci\u00f3n tratados internacionales que afecten a las leyes o a la soberan\u00eda nacional.<\/p>\n<p>El organismo judicial se encuentra integrado por la Corte Suprema de Justicia, las cortes de apelaciones, los juzgados de primera instancia y los juzgados de paz. A estos tribunales les corresponde en exclusiva la potestad de juzgar y promover la ejecuci\u00f3n de lo juzgado. En el ejercicio de la funci\u00f3n jurisdiccional el poder judicial es independiente, como lo son los magistrados y jueces entre s\u00ed y frente a otras autoridades.<\/p>\n<p>Los magistrados de la Corte Suprema de Justicia y de las cortes de apelaciones son electos por el Congreso de la Rep\u00fablica para cumplir periodos de cinco a\u00f1os. El Congreso realiza la elecci\u00f3n de un listado presentado por un comit\u00e9 de postulaci\u00f3n integrada por representantes de las universidades del pa\u00eds, el Colegio de Abogados y el organismo judicial. Los jueces son nombrados por esta Corte Suprema de Justicia.<\/p>\n<p><strong>Otros \u00f3rganos constitucionales<br \/>\n<\/strong>Con la Constituci\u00f3n de 1985 se crearon tres instituciones tendentes a fortalecer el Estado de Derecho: la Corte de Constitucionalidad, el Tribunal Supremo Electoral y la Procuradur\u00eda de los Derechos Humanos.<\/p>\n<p>La Corte de Constitucionalidad tiene como funci\u00f3n esencial la defensa del orden constitucional y le corresponde el control constitucional de las leyes y conocer todos los procesos de amparo.<\/p>\n<p>El Tribunal Supremo Electoral tiene a su cargo convocar, organizar y fiscalizar los procesos electorales.<\/p>\n<p>El procurador de los Derechos Humanos es un delegado del Congreso que tiene como principales atribuciones investigar y denunciar los comportamientos lesivos a los intereses de las personas y violaciones a los derechos humanos. Para tal efecto puede emitir censura privada o p\u00fablica y promover las acciones judiciales o administrativas necesarias.<\/p>\n<p>El organismo encargado del control y fiscalizaci\u00f3n de los ingresos y gastos del Estado y las municipalidades es la Contralor\u00eda de Cuentas. Esta instituci\u00f3n tiene tambi\u00e9n a su cargo fiscalizar a cualquier otra entidad que reciba fondos p\u00fablicos.<\/p>\n<p>Por \u00faltimo, se encuentra la Fiscal\u00eda General de la naci\u00f3n, cuyo principal fin es velar por el estricto cumplimiento de las leyes del pa\u00eds. Asimismo tiene a su cargo el ejercicio de la acci\u00f3n penal p\u00fablica a trav\u00e9s de la investigaci\u00f3n en los procesos penales.<\/p>\n<p><strong>Leyes constitucionales<br \/>\n<\/strong>Son aquellas que regulan materias constitucionales, entre las que se encuentran la Ley de Amparo, Exhibici\u00f3n Personal y Constitucionalidad, La Ley Electoral y de Partidos Pol\u00edticos, la Ley de Emisi\u00f3n del Pensamiento y la Ley de Orden P\u00fablico.<\/p>\n<p><strong>Leyes ordinarias<br \/>\n<\/strong>Son las normas generales y abstractas que emanan del Congreso. Entre las principales se encuentran la ley del organismo judicial, que regula lo relativo a la interpretaci\u00f3n vigencia y validez de las normas, as\u00ed como la organizaci\u00f3n y funcionamiento de los tribunales.<\/p>\n<p>El C\u00f3digo Penal que tipifica los delitos y las penas correspondientes. El C\u00f3digo Civil contempla lo relativo a la persona, la familia, los derechos reales y las obligaciones. El C\u00f3digo de Comercio regula la actividad de los comerciantes, los negocios jur\u00eddicos y las materias mercantiles. El C\u00f3digo de Trabajo regula las relaciones entre patronos y asalariados, y contiene tanto la parte sustantiva como la procesal. Y en materia procesal rigen los c\u00f3digos de \u00e1mbitos como el procesal civil y mercantil, y el procesal penal.<\/p>\n<p><strong>Criterios hermen\u00e9uticos<br \/>\n<\/strong>La Constituci\u00f3n establece que en toda sentencia los jueces observar\u00e1n el principio de que la Constituci\u00f3n prevalece sobre toda ley o disposici\u00f3n de rango inferior.<\/p>\n<p>Es esta una consagraci\u00f3n del valor normativo de la misma y debe ser entendido como un principio regulador que obliga a los jueces a realizar una interpretaci\u00f3n teleol\u00f3gica de las normas constitucionales, para asegurar una interpretaci\u00f3n conforme a los principios y fines de un Estado social y democr\u00e1tico de Derecho.<\/p>\n<p>De acuerdo con la ley del organismo (o poder) judicial los procedimientos de interpretaci\u00f3n son los siguientes: gramatical, que atiende al sentido propio de sus palabras; sistem\u00e1tico, que hace referencia al contexto; aut\u00e9ntica, cuando prevalecen las definiciones dadas por el legislador y remite al fin a la equidad y los principios generales de Derecho.<br \/>\n<a href=\"http:\/\/estuderecho.com\/sitio\/wp-content\/uploads\/2011\/02\/estudiantesxderechopq.png\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"size-full wp-image-349 alignleft\" title=\"estudiantesxderechopq.png\" src=\"http:\/\/estuderecho.com\/sitio\/wp-content\/uploads\/2011\/02\/estudiantesxderechopq.png\" alt=\"\" width=\"468\" height=\"60\" srcset=\"http:\/\/estuderecho.com\/sitio\/wp-content\/uploads\/2011\/02\/estudiantesxderechopq.png 468w, http:\/\/estuderecho.com\/sitio\/wp-content\/uploads\/2011\/02\/estudiantesxderechopq-300x38.png 300w\" sizes=\"auto, (max-width: 468px) 100vw, 468px\" \/><\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Conjunto de normas que constituyen el ordenamiento jur\u00eddico vigente en Guatemala. 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