{"id":2284,"date":"2013-06-19T08:22:06","date_gmt":"2013-06-19T14:22:06","guid":{"rendered":"http:\/\/estuderecho.com\/sitio\/?p=2284"},"modified":"2013-06-19T08:37:02","modified_gmt":"2013-06-19T14:37:02","slug":"vence-plazo-para-convertir-acciones-al-portador-a-nominativas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/estuderecho.com\/sitio\/?p=2284","title":{"rendered":"Vence Plazo para convertir acciones al portador a nominativas!"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: right;\">Fuente: Transdoc.com<\/p>\n<p><strong><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"alignright\" src=\"https:\/\/encrypted-tbn3.gstatic.com\/images?q=tbn:ANd9GcQf_i67Zrs5OXwz4dCgeCSGR5fVqRpUkyT_lfDLEc45B8i_XOub\" alt=\"\" width=\"247\" height=\"200\" \/>De conformidad con lo establecido por la ley de extinci\u00f3n de dominio, decreto n\u00famero 55-2010 del Congreso de la Rep\u00fablica, el plazo para que las acciones emitidas al portador sean convertidas en acciones nominativas, vence el 28 de junio del presente a\u00f1o y vencido \u00e9ste plazo, solo podr\u00e1n ejercerse los derechos que incorporan las acciones nominativas.<\/strong><strong><br \/>\n<\/strong><br \/>\n<strong>Acciones nominativas y al portador<\/strong><\/p>\n<p><strong>La Ley de Extinci\u00f3n de Dominio (Decreto 55-2010) contiene reformas a varias leyes que recientemente se han emitido para combatir el crimen organizado; tambi\u00e9n la nueva ley obliga reformas a leyes m\u00e1s tradicionales como son el C\u00f3digo de Notariado, C\u00f3digo Penal y el C\u00f3digo de Comercio.<\/strong><strong> <\/strong><\/p>\n<p><strong> <\/strong><\/p>\n<p><strong>Luis Fern\u00e1ndez Molina (La Hora)<\/strong><\/p>\n<p>En este \u00faltimo establece que, dos a\u00f1os despu\u00e9s de la vigencia de la ley, o sea para el 28 de junio del 2013 todas las acciones de las sociedades accionadas (an\u00f3nimas y comanditas por acciones) deben ser nominativas.<\/p>\n<p>Se excluye totalmente en nuestro medio a las acciones al portador. Se procura un mayor control sobre el origen y destino de capitales y de esa forma evitar que, amparados por el anonimato, se hagan inversiones por parte de personas o instituciones desconocidas. Esta normativa ha sido muy discutida y en efecto, tiene aspectos positivos en cuanto a la lucha contra el lavado de dinero, pero tambi\u00e9n efectos negativos en lo que se refiere a limitar facilidades y garant\u00edas para la inversi\u00f3n.<\/p>\n<p>Quienes para esa fecha mantengan acciones al portador no podr\u00e1n ejercer sus derechos como lo son tener derecho de voto en las asambleas, suscripci\u00f3n de nuevas acciones y sobre todo, no podr\u00e1n participar en el reparto de utilidades. Las Acciones. Las acciones son los ladrillos con que se edifican las sociedades an\u00f3nimas. El desarrollo de los grandes negocios y proyectos a finales del siglo XIX y principios del siglo XX que dieron impulso al auge industrial, se debi\u00f3 a la concentraci\u00f3n de grandes sumas \u2013\u201ccapitalizaci\u00f3n\u201d\u2013 por medio del aporte en efectivo que hicieron innumerables socios.<\/p>\n<p><strong>\u00bfC\u00f3mo lo hicieron?<\/strong> Pagando el precio de compra de una o varias acciones a trav\u00e9s de la colocaci\u00f3n (venta p\u00fablica) de acciones. Tal es el caso de la construcci\u00f3n del tren del Pac\u00edfico estadounidense, los proyectos de explotaci\u00f3n de recursos de la India y otras colonias de entonces, las sider\u00fargicas, las factor\u00edas de autom\u00f3viles y la explotaci\u00f3n petrolera. La acci\u00f3n es un derecho intangible que tiene una persona \u2013individual o jur\u00eddica\u2013 y que representa una parte proporcional del capital de la sociedad y por ende un equivalente de propietario de la sociedad en esa misma escala. Acci\u00f3n y T\u00edtulo. Generalmente se confunden y manejan indistintamente. Sin embargo son diferentes conceptos aunque est\u00e1n muy relacionados: la acci\u00f3n es un derecho de participaci\u00f3n en la sociedad y de derecho de voto, es inmaterial; el t\u00edtulo es el documento donde se consigna ese derecho, es material, f\u00edsico. Alguien puede traspapelar sus t\u00edtulos y seguir siendo accionista; se facilita cuando la acci\u00f3n es nominativa, pues su nombre debe aparecer en el Libro de Accionistas<\/p>\n<p>En todo caso debe localizar los t\u00edtulos o solicitar la reposici\u00f3n. Nominativas y al portador. Pr\u00e1cticamente todas las escrituras constitutivas de sociedades en Guatemala establecen que los t\u00edtulos de las acciones pueden extenderse como nominativas o al portador, a elecci\u00f3n del accionista y que el titular puede canjear acciones de una clase a otra o, por el contrario (en contados casos) se consigna la prohibici\u00f3n de tal canje. En sociedades muy cerradas o de corte familiar se acostumbran acciones nominativas cuyo traspaso debe ser autorizado por los administradores y observ\u00e1ndose el derecho de tanteo de los dem\u00e1s socios. De esa forma se mantiene un control sobre qui\u00e9nes son los accionistas.<\/p>\n<p>Escenario diferente ofrecen las sociedades abiertas, sobre todo las grandes corporaciones internacionales donde se privilegia la capitalizaci\u00f3n y movilidad burs\u00e1til, por lo tanto mientras menos cortapisas se establezcan, la sociedad se desenvuelve con m\u00e1s efectividad. Nueva Legislaci\u00f3n. La adecuaci\u00f3n a la nueva legislaci\u00f3n depende del contenido de la escritura constitutiva: si ya contempla el canje de acciones nominativas o al portador, los primeros deben mantener sus acciones nominativas y los segundos pedir el canje al Consejo de Administraci\u00f3n o Secretar\u00eda de la sociedad. Si no se previ\u00f3 este canje entonces se tiene que modificar la sociedad en la cl\u00e1usula que habla de las acciones. Para nuevas sociedades la nueva ley es clara en el sentido de que todas las acciones deben ser nominativas y as\u00ed se debe escriturar, igualmente deben ser nominativas las que se emitan con ocasi\u00f3n de un aumento de capital. En todo caso hay que actualizar o \u201cdesempolvar\u201d el Libro de Accionistas y dar aviso al Registro Mercantil de la emisi\u00f3n de acciones.<\/p>\n<p><strong>Instructivo aviso de conversi\u00f3n de Acciones<\/strong><\/p>\n<p><strong>CONVERSION DE ACCIONES AL PORTADOR A ACCIONES<\/strong><strong> <\/strong><\/p>\n<p><strong> <\/strong><\/p>\n<p><strong>NOMINATIVAS.<\/strong><\/p>\n<p>1- Cancelar en las ventanillas del Banco de Desarrollo Rural, Sociedad An\u00f3nima, ubicadas en el Registro Mercantil, la cantidad de Q 75.00.<\/p>\n<p>2- Presentar en las ventanillas de atenci\u00f3n al p\u00fablico el Aviso de Conversi\u00f3n de Acciones, en el que se identifique la fecha y el n\u00famero de registro del (o de los) aviso (s) de emisi\u00f3n de acciones al portador que la sociedad haya inscrito en este Registro, junto con la boleta de pago a que se refiere el numeral anterior.<\/p>\n<p>3- Adjuntar al aviso, copia de la resoluci\u00f3n adoptada por el \u00f3rgano de la sociedad que haya dispuesto la conversi\u00f3n de acciones (asamblea general, consejo de administraci\u00f3n, administrador \u00fanico), fotocopia del nombramiento del representante legal que da el aviso.<\/p>\n<p><strong>FORMATO DE AVISO DE CONVERSION DE ACCIONES DE -AL PORTADOR- A -NOMINATIVAS-<\/strong><\/p>\n<p><strong> <\/strong><\/p>\n<p>EXPEDIENTE NO.<\/p>\n<p><strong>SE\u00d1OR REGISTRADOR MERCANT\u00cdL GENERAL DE LA REPUBLICA:<\/strong><\/p>\n<p>Yo ________________________________, de ___ a\u00f1os de edad, de nacionalidad __________, estado civil __________, profesi\u00f3n____________, con domicilio en ____________, me identifico con ________________ extendido por _________________se\u00f1alando para recibir notificaciones en _________________, actuando en mi calidad de _____________ y Representante Legal de la entidad mercant\u00edl denominada _________________ que acredito con la fotocopia de mi nombramiento que adjunto al presente memorial, atentamente<\/p>\n<p><strong>AVISO:<\/strong><\/p>\n<p>I-\tCon fecha ________________ mi representada dio a ese Registro el (o los) aviso (s) de emisi\u00f3n de acciones que qued\u00f3 (quedaron) inscrito (s) en el Registro Mercantil con el (los) n\u00famero (s) _________ folio (s)_______ del libro (s) ________de Acciones, en el (los) que se consign\u00f3 que \u00e9stas hab\u00edan sido emitidas al portador (o nominativas y al portador a elecci\u00f3n del accionista).<\/p>\n<p>II-\tDe conformidad con lo establecido por el art\u00edculo 74 de La Ley de Extinci\u00f3n De Dominio, contenida en el Decreto n\u00famero 55-2010 del Congreso de la Rep\u00fablica, mi representada procedi\u00f3 a convertir las acciones que se hab\u00edan emitido al portador en nominativas, por lo que los t\u00edtulos que hab\u00edan sido emitidos al portador y entregados a los socios, fueron anulados, entreg\u00e1ndoseles t\u00edtulos de acciones nominativas.<\/p>\n<p>III-\tEn tal virtud y para que se efect\u00fae en el (los) libro (s) de acciones a que se ha hecho referencia, la anotaci\u00f3n de que las acciones al portador de las que se dio aviso a ese Registro el ______, se convirtieron con fecha ____________en acciones nominativas, doy el presente aviso, para cuyo efecto adjunto fotocopia de la disposici\u00f3n de (Asamblea General Ordinaria o Extraordinaria, Sesi\u00f3n del Consejo de Administraci\u00f3n, Resoluci\u00f3n del Administrador \u00danico), en la que se dispuso efectuar la conversi\u00f3n de acciones al portador en nominativas a la que me he referido.<br \/>\nGuatemala, de de 201__<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Fuente: Transdoc.com De conformidad con lo establecido por la ley de extinci\u00f3n de dominio, decreto n\u00famero 55-2010 del Congreso de la Rep\u00fablica, el plazo para que las acciones emitidas al portador sean convertidas en acciones nominativas, vence el 28 de junio del presente a\u00f1o y vencido \u00e9ste plazo, solo 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