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CARTA DE PORTE Y CONOCIMIENTO DE EMBARQUESe consideran como Títulos Representativos de Mercaderías.
Estos títulos están ligados a la actividad de tranportación de mercaderías y constituyen instrumentos que facilitan las relaciones jurídicas que devienen de esa función económica.

El Conocimiento de Embarque se utiliza para el transporte de mercaderías de por la vía marítima; mientras que la Carta de Porte es para la vía aérea o terrestre.
Este es un título de crédito que otorga al tenedor el derecho a reclamar al obligado la entrega de las mercaderías por él representadas, como consecuencia de su transportación.

1. Características.Debido a que este artículo acredita un derecho de propiedad sobre las mercaderías objeto del transporte, su negocio subyacente es precisamente un contrato de transporte que muchas veces no consta en un documento escrito.Por ser título representativo, la posesión de él supone la de la mercadería representada.Con el título se puede lograr la transferencia del dominio sobre las mercaderías porque él las representa.Todo el tráfico jurídico al que se quiera someter las mercaderías u objetos transportados, se pueden hacer por medio del título.
2. Elementos Personales.

Porteador o fletante. También llamado transportante, es la persona individual o jurídica que se dedica al negocio del transporte permanente, mediante una concesión, autorización o permiso estatal. Es el sujeto que crea la carta de porte o el conocimiento de embarque.Cargador: Es la persona que regularmente remite la mercadería a un consignatario o destinatario específico o bien al portador.Consignatario o destinatario: es la persona a favor de quien se expide el título, cuando es nominativo. Este sujeto no surge de inmediato cuando es creado “al portador”.
3. Circulación del título.
El título puede ser a la orden o al portador, según se exprese o no el nombre del consignatario o destinatario y en cuanto a la forma, debe estarse al contenido de los artículos 589 y 590 del Código, en los elementos que deben contenerse en la redacción.