REPOSITORIO CONCERNIENTE AL DIFERENDO TERRITORIAL, INSULAR Y MARÍTIMO ENTRE GUATEMALA Y BELICE, DENTRO DEL PERÍODO DE 1783 A LA FECHA 11/01/2018

REPOSITORIO CONCERNIENTE AL DIFERENDO TERRITORIAL, INSULAR Y MARÍTIMO ENTRE GUATEMALA Y BELICE, DENTRO DEL PERÍODO DE 1783 A LA FECHA 11/01/2018
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1 01.02. 1783 Tratado Paz Coronas España-Inglaterra  descargar
2 01.03. 1786 Convención ExplicAmplia Art06-Tratado1783  descargar
3 01.04. 1859 Convencion Aycinena-Wyke  descargar
4 01.05. 1863 Convención Guatemala-GB. Art7 1859  descargar
5 01.06. 1884 Protesta Guatemala por inclumplimiento de GB  descargar
6 01.07. 1936 Propuestas Guate a GB arregloBelice  descargar
7 01.08. 1937 Respuesta GB propone Arbitraje CIJ  descargar
8 01.09. 1946 Dto 224 Congreso Guate-Caducidad Convención1859  descargar
9 01.10. 1965 Propuesta Mediador Webster Gua-GB  descargar
10 01.11. 1977 Resolución Asamblea Gral ONU  descargar
11 01.12. 1981 Bases Entendimiento  descargar
12 01.13. 1994 Reserva ante ONU por parte Guatemala  descargar
13 01.14. 2005 Acuerdo Marco Negociación Confianza GUA-Belice  descargar
14 01.15. 2007 Recomendadiones OEA  descargar
15 01.16 2007 OEA AcuerdoEspecial versión ingles  descargar
16 01.17 2007 Acuerdo Especial Guatemala-Belice. Version esp  descargar
17 01.18. 2008 Guatemala acepta acudir ante CIJ  descargar
18 01.19. 2008 Belice acepta acudir ante CIJ  descargar
19 01.20. 2010 Aprobación Acdo Especial CongresoGuate-D31-2010  descargar
20 01.21. 2010 Aprobación AcdoEspecial CongresoGua-D31-2010. English  descargar
21 01.22. 2013 Acdo 550-2013 MINEDUC SeminarioConsultaPopular  descargar
22 01.23. 2017 AcdoCongreso 22-2017. OrdenaConvocatoria  descargar
23 01.24. 2017 DtoTSE1-2017 Convocatoria Consulta Popular  descargar
24 01.25. 2017 DtoTSE2-2017 Modifica Dto1-2017 fechaConsulta  descargar

Con

Procedimiento para elegir Decano en la USAC

Según la Ley Orgánica de la Universidad de San Carlos de Guatemala el procedimiento para la elección a Decano es el siguiente:

CAPÍTULO VI

ELECCIONES DE DECANO

DURACIÓN Y REELECCIÓN

Artículo 33o. Los Decanos duran en el ejercicio de sus funciones cuatro años, pudiendo ser reelectos para un nuevo período si obtuvieren por lo menos el voto favorable de las dos terceras partes de los electores presentes, siempre que éstos sean los dos tercios más uno del total.

ELECTORES

Artículo 34o. Eligen a los Decanos de cada Facultad: Los catedráticos titulares con derecho a elegir y ser electos, igual número de estudiantes electores y de profesionales no catedráticos del Colegio respectivo, graduados o incorporados a la Universidad de San Carlos de Guatemala. El Decano será electo por mayoría absoluta de votos de electores presentes, siempre que concurran las dos terceras partes más uno del total.

CONVOCATORIA

Artículo 35o. La convocatoria para elecciones de Decano será hecha por el Consejo Superior Universitario por conducto de la Junta Directiva de la Facultad, con un mes por lo menos de anticipación a la fecha correspondiente y se rige por lo establecido en los artículos 3o. y 4o. de este Reglamento.

INFORME DEL NÚMERO DE CATEDRÁTICOS TITULARES

Artículo 36o. Al mismo tiempo que se comuniquen las convocatorias, el Decano o quien haga sus veces hará saber tanto al estudiantado como al Colegio Profesional respectivo, el número de catedráticos titulares con derecho a elegir y ser electos que hay en sus respectivas Facultades, para que elijan por mayoría absoluta, igual número de sus miembros para que los representen en la elección.

ESCRUTINO Y CALIFICACIÓN

Artículo 37o. Las Juntas Directivas correspondientes en el caso de las elecciones contempladas en los artículos 39 y 40 de la Ley Orgánica de la Universidad de San Carlos de Guatemala, serán las encargadas de presidir la elección con su quórum de ley, de recibir los votos, hacer el escrutinio correspondiente, calificar la votación y comprobar las calidades de los electos, dando cuenta del resultado dentro del término de cuarenta y ocho horas al Consejo Superior Universitario, para que éste declare electos a los que hubieren obtenido la mayoría de votos requerida, o proceda a revisar la elección si presumiere que adolece de algún vicio fundamental.

En este último caso, al hacer su declaratoria el Consejo, convocara a nuevas elecciones.

FALTA DE MAYORÍA ABSOLUTA

Artículo 38o. Las votaciones se regirán por lo dispuesto en el artículo 30 del presente Reglamento, especialmente cuando no haya mayoría absoluta o se produzca empate.

FALTA DE QUÓRUM

Artículo 39o. En caso de que no se dé el quórum de las dos terceras partes más uno establecido en el artículo 34 de la Ley Orgánica de la Universidad de San Carlos de Guatemala, las votaciones se harán el día hábil siguiente, a la misma hora, siempre que los votantes representen, al menos, las dos terceras partes del total, tal como se indica en el artículo 51 de la misma Ley. Si en esta segunda oportunidad no hubiere quórum, la elección se celebrará el día hábil siguiente, a la misma hora, con los electores que asistan.

CATEDRÁTICOS TITULARES

Artículo 40o. Para efectos de la integración del Cuerpo Electoral a que se refiere el artículo 44 de los Estatutos de la Universidad, se consideran como catedráticos titulares, únicamente a quienes ostenten esta categoría y tengan el derecho a elegir y ser electos. Asimismo, para la determinación del número de profesionales no catedráticos del Colegio respectivo que deban concurrir para la integración del Cuerpo Electoral que elegirá Decano de cada Facultad, se tomará como base, no el número de cátedras de la Carrera de que se trata sino el número de catedráticos titulares con derecho a elegir y ser electos de la Unidad Académica.

CATEDRÁTICOS CON LICENCIA

Artículo 41o. Conforme a lo dispuesto en el artículo 10o. del presente Reglamento tendrán derecho a voto los Catedráticos titulares que gocen de licencia concedida de conformidad con las leyes, estatutos y reglamentos de la Universidad, y se tomarán para determinar el número de electores estudiantiles y profesionales no catedráticos.

REPRESENTANTE DEL COLEGIO PROFESIONAL

Artículo 42o. Las elecciones que se practiquen en el seno de los Colegios Profesionales, ya sea para designar a los representantes de cada Colegio ante el cuerpo Electoral Reglamento de elecciones de la Universidad de San Carlos de Guatemala Leyes y Reglamentos de la Universidad de San Carlos de Guatemala Universitario que elegirá Rector, o a los que participarán en las elecciones de Decanos, al Representante ante el Consejo Superior Universitario, al Vocal Tercero ante Junta Directiva de la Facultad respectiva y a su Representante ante el Órgano de Dirección de las demás Unidades Académicas, serán presididas por la Junta Directiva del Colegio con la totalidad de sus miembros o, al menos, la mitad más uno de sus integrantes; también deberá recibir los votos, hacer el escrutinio, calificar la votación y comprobar las calidades de los electos. No se aceptarán representaciones de los  votantes. En consecuencia, en cada acto electoral que se realice en los Colegios, la elección se efectuará con los colegiados presentes en el mismo.

Pronunciamiento sobre la situación presupuestaria de la USAC

Universidades públicas de Centroamérica y República Dominicana manifiestan su apoyo  a la Universidad de San Carlos de Guatemala en su demanda por el respeto a la Autonomía Universitaria y un presupuesto que garantice el derecho a la educación pública superior!

Convocatoria Interna MP!

e-Boletín informativo del Ministerio Público No. 097-2012

CONVOCATORIA 004-2012

CONVOCATORIA 004-2012

EL CONSEJO DEL MINISTERIO PUBLICO  CONVOCA A CONCURSO  INTERNO DE OPOSICION Y MERITOS   PARA  ASCENSO Y PROMOCION, PARA OPTAR A LOS PUESTOS DE PROFESIONAL EN INVESTIGACIONES CRIMINALISTICAS I Y II, ASI COMO DE TECNICO EN INVESTIGACIONES CRIMINALÍSTICAS  II, III Y IV DE   LA DIRECCION DE INVESTIGACIONES CRIMINALÍSTICAS,  PARA LA CIUDAD CAPITAL E INTERIOR DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA.

REQUISITOS
PROFESIONAL  EN INVESTIGACIONES CRIMINALISTICAS I

  • Acreditar título universitario en cualquier carrera en el grado académico de Licenciado,
  • Ser Colegiado Activo,
  • Acreditar cuatro años de labores, dentro de la Dirección de Investigaciones Criminalísticas o dos años,  en el ejercicio de la profesión,
  • Acreditar constancias de cursos, talleres, seminarios u otros en el área de investigación criminalística.
PROFESIONAL  EN INVESTIGACIONES CRIMINALISTICAS II

  • Acreditar título universitario en cualquier carrera en el grado académico de Licenciado,
  • Ser colegiado activo,
  • Acreditar tres años de labores como Profesional en Investigaciones Criminalísticas,
  • Acreditar constancias de cursos, talleres, seminarios u otros en el área de investigación criminalística.
TECNICO EN INVESTIGACIONES CRIMINALISTICAS II

  • Haber aprobado el cuarto semestre de estudios en cualquier carrera universitaria,
  • Acreditar dos años de labores dentro de la Dirección de Investigaciones Criminalísticas,
  • Acreditar constancias de cursos, talleres, seminarios u otros en el área de investigación criminalística.
TECNICO EN INVESTIGACIONES CRIMINALISTICAS III

  • Haber aprobado seis semestres de estudios en cualquier carrera universitaria,
  • Acreditar tres años de labores dentro de la Dirección de Investigaciones Criminalísticas,
  • Acreditar constancias de cursos, talleres, seminarios u otros en el área de investigación criminalística.
TECNICO EN INVESTIGACIONES CRIMINALISTICAS IV

  • Acreditar pensum cerrado de estudios en cualquier carrera universitaria,
  • Acreditar cuatro años de labores dentro de la Dirección de Investigaciones Criminalísticas,
  • Acreditar constancias de  cursos, talleres, seminarios u otros en el área de investigaciones criminalísticas.
DOCUMENTACION A PRESENTAR EN EL SIGUIENTE ORDEN:
  • Solicitud dirigida al Consejo del Ministerio Público, la cual deberá contener todos sus datos de identificación personal, lugar para recibir notificaciones y el cargo al cual se postula, así como la declaración expresa de que acepta laborar en cualquier lugar de la República de Guatemala,
  • Currículum Vitae (dos copias, incluir dirección, teléfonos e historial laboral detallado),
  • Una fotografía tamaño cédula RECIENTE,
  • Fotocopia completa y legible, de  cédula de vecindad (DE PASTA A PASTA) o del DPI (AMBOS LADOS),
  • Certificación de la partida de nacimiento en ORIGINAL Y RECIENTE (no más de seis meses de haber sido emitida),
  • Fotocopia del carné de identificación tributaria (NIT) actualizado,
  • Constancia de carencia de antecedentes penales y policíacos en ORIGINAL Y RECIENTES (no más de seis meses de haber sido emitidas),
  • Fotocopia de diplomas de cursos de capacitación RELACIONADOS con la carrera criminalística y con los estudios universitarios realizados. (Presentar Originales para confrontar),
  • Certificación  original de cursos aprobados, emitida por la universidad correspondiente, NO SE ACEPTARÁN CONSTANCIAS, NI REPORTES,
  • Pensum cerrado en la carrera universitaria correspondiente (Técnicos en Investigaciones Criminalísticas IV),
  • Fotocopia del pensum de estudio DE LA CARRERA QUE ACTUALMENTE ESTE CURSANDO,
  • En caso de tener conocimiento o dominio de idiomas extranjeros o mayas, acreditar constancia o certificación,
  • Fotocopia de AMBOS LADOS de licencia vigente de conducir vehículo y presentar original para confrontar,
  • Para los puestos profesionales, presentar constancia de colegiado activo en original.
CONDICIONES DE ENTREGA

INGRESO DE DATOS GENERALES   EN PORTAL INSTITUCIONAL www.mp.gob.gt.

I.              Haber ingresado sus datos en el portal del Ministerio Público,

II.      Entregar personalmente el expediente completo que incluya la documentación requerida, el número de solicitud impreso, asignado por el sistema y oferta de servicios generada del sistema, debidamente sujeta con gancho, en folder tamaño OFICIO, color verde para Técnicos en Investigaciones Criminalísticas II, en color violeta para Técnicos en Investigaciones Criminalísticas III, en color café para Técnicos en Investigaciones Criminalísticas IV y color amarillo para los puestos Profesionales,   en la 8ª Avenida 10-67 zona 1, primer nivel, Sección de Reclutamiento y Selección de Personal en horario de lunes a viernes de 8:00 a 15:00 Horas, iniciando la recepción el día 3 de septiembre y cerrando la recepción de documentos y Convocatoria a las 12:00 horas del día  29   de  septiembre  de 2012.

NOTA: No se aceptarán expedientes incompletos,  fuera del horario y fecha estipulados, o que no cumplan con TODOS  los requisitos mínimos establecidos.

NO SE DEVOLVERAN EXPEDIENTES.

e-Boletín Informativo

Ministerio Público