INICIATIVA 5474. DISPONE APROBAR REFORMAS AL DECRETO NÚMERO 51-92 DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA, CÓDIGO PROCESAL PENAL

No. INICIATIVA: 5474

INICIATIVA QUE DISPONE APROBAR REFORMAS AL DECRETO NÚMERO 51-92 DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA, CÓDIGO PROCESAL PENAL.

Ponentes y comisión que dictamina:

Juan Ramón Lau Quan, Felipe Alejos Lorenzana

Comisión Ordinaria de Reformas al Sector Justicia, Comisión Ordinaria de Legislación y Puntos Constitucionales

Fecha conocimiento en el pleno:

17 Julio, 2018

Categoría:

Penal

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EXPOSICION DE MOTIVOS
Honorable Pleno:

Nuestro Código Procesal Penal considera la necesidad de garantizar la pronta y efectiva justicia penal. con lo cual, además, se asegura la paz, la tranquilidad y la seguridad ciudadanas, así como el respeto a los derechos humanos; y que por otra parte, la efectiva persecución de los delincuentes y la sanción de las conductas que lesionan los bienes jurídicos, sociales e individuales de los guatemaltecos es una de las prioridades y demandas sociales más urgentes.

En razón de lo anterior El Código Procesal Penal en su artículo 268 Cesación del Encarcelamiento, señala que: ” … Las salas de la Corte de Apelaciones de la República, en los casos sometidos a su conocimiento a solicitud de los jueces de Paz, jueces de Instancia o Tribunales de Sentencia o del Ministerio Público, conocerán, y en su caso autorizarán cuantas veces sea necesario, la prórroga de los plazos de prisión preventiva que establece el Código. fijando en todo caso, el plazo de la prórroga concedida.” Y a lo largo del artículo señalado, estas prórrogas de plazos relacionados a la prisión preventiva del procesado, se pueden otorgar en repetidas ocasiones, lo que viola el principio de garantía de prontitud que este ordenamiento jurídico debe perseguir.

 

Además de lo citado, el artículo 521 Revisión. {que se refiere a la Indemnización al Imputado) cita: “Cuando a causa de la revisión del procedimiento, el condenado fuere absuelto o se le impusiere una pena menor, será indemnizado en razón de tiempo de privación de libertad o inhabilitación sufrida, o por lo sufrido en exceso, salvo que haya provocado su propia persecución, al denunciarse falsamente a sí mismo, confesare un acto inexistente, u ocultare o alterare dolosamente la prueba que condujo al error judicial. El precepto rige, análogamente, para el caso de que la revisión tenga por objeto una medida de seguridad y corrección. La multa o su exceso será devuelta.”

No obstante lo citado, este artículo no determina, especifica o cuantifica la indemnización que deberá hacer el Estado ante los daños causados al individuo, que como procesado ha tenido que enfrentar, tales como: el menoscabo de su dignidad, detrimento económico, estigmatización de la sociedad y hasta una posible desintegración familiar o pérdida de empleo. Asimismo, cabe resaltar el gasto económico que le genera al Estado.

Aunado a lo anterior, la Corte lnteramericana de Derechos Humanos, manifestó en su visita a Guatemala, entre el 31 de julio y el 4 de agosto del presente año, con el objetivo de observar IN SITU la situación de derechos humanos en el país: “con relación a la situación de las personas privadas de libertad, el sistema penitenciario se caracteriza principalmente por hacinamiento, uso excesivo de la prisión preventiva, deplorables condiciones de detención, utilización de aislamiento prolongado, y falta de control efectivo de las autoridades al interior de los centros de reclusión. Et 10% de la población penitenciaria, son mujeres; lo que resulta de especial preocupación considerando que este porcentaje duplica el promedio en América. Para hacer frente a estos desafíos y evitar una mayor crisis penitenciaria, el Estado debe seguir implementando acciones, que se dirijan principalmente a la utilización de

Presentan proyecto de ley para prohibir los juguetes bélicos

Un proyecto de ley, en términos generales, es la propuesta de ley presentada ante el órgano legislativo competente (Congreso, Parlamento o Asamblea), y que aún no ha sido aprobada o ratificada por el mismo.

La forma, tramitación, aprobación o legitimación para presentar proyectos de ley dependerá del ordenamiento jurídico de cada estado y, en particular, de lo dispuesto en su Constitución. En ocasiones, se utilizan denominaciones diversas para los proyectos, en función del organismo del que emanan.


Bajo el argumento que los juguetes bélicos incitan a la violencia, el diputado Inés Castillo presentó una iniciativa de ley para prohibir su fabricación, distribución y venta. La propuesta establece penas de prisión, multas y hasta el cierre del establecimiento.

“Los juguetes y videojuegos violentos pueden causar el comportamiento agresivo en los menores de edad”, destaca la propuesta que establece penas de prisión de dos a cinco años para las personas individuales que “fabriquen, comercien, importen, distribuyan o vendan los juguetes”. También resuelve la cancelación de la licencia de funcionamiento del establecimiento, el decomiso del producto y una multa que oscilaría entre los Q25 a Q75 mil.

Para las personas que no tengan establecimiento comercial serían sancionados con 1 a 3 años de prisión y podrían recibir una multa de Q10 mil a Q25 mil. Los juguetes bélicos no gozan de popularidad entre las entidades que combaten la violencia. Muestra de ello, son las acciones que realiza la Policía Nacional Civil, la cual intercambia los productos bélicos por juguetes educativos.

Fuente:Por Ana de Portillo

Foto: República GT

Sumario, Diario de Centroamérica, jueves 23 de mayo de 2013

23/04/2013 Acuerdo Gubernativo 200-2013. Concede la nacionalidad guatemalteca por naturalización a la ciudadana boliviana JIAN LING CHAU DE LEE, con las identificaciones de nombres que se indican.
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Instrumento de Ratificación del Acuerdo entre el Gobierno de la República de Guatemala y la Secretaría General de la Organización de Estados Americanos, relativo a la Celebración del Cuadragésimo Tercer Período Ordinario de Sesiones de la Asamblea General.
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04/02/2013 Acuerdo entre el Gobierno de la República de Guatemala y la Secretaría General
de la Organización de Estados Americanosrelativo a la Celebración del Cuadragésimo Tercer
Período Ordinario de Sesiones de la Asamblea General.
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16/05/2013 Acuerdo Gubernativo 222-2013. Fija en la cantidad de Q2,000.00, las dietas que

por sesión devenga cada uno de los miembros de la Junta Directiva del Instituto Técnico de Capacitación y Productividad –INTECAP-
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16/05/2013 Acuerdo Gubernativo 220-2013. Aprueba la Carta de Entendimiento suscrita entre Justice Education Society of British Columbia de Canadá y el Ministerio Público, para el otorgamiento de una donación en especie, con el propósito de fortalecer la capacidad de ese Ministerio, para desarrollar e implementar nuevos planes operativos y estratégicos de investigación por parte de las unidades relacionadas con la investigación criminal.
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La Secretaría de Asuntos Agrarios de la Presidencia de la República, en cumplimiento con lo establecido en la Ley de Acceso a la Información Pública, presenta su INFORME sobre el funcionamiento y finalidad del Archivo, sus sistemas de registro y categorías de información, los procedimientos y facilidades de acceso al
mismo.
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05/07/2012 Acuerdo 47-2012 PUNTO CUARTO de la Municipalidad de Morales, departamento
de Izabal. Plan de Tasas, Rentas, Precios, Frutos, Productos, Multas y Demás Tributos de la
Municipalidad de Morales del Departamento de  Izabal.
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17/04/2013 Acuerdo 41-2013 PUNTO OCTAVO de la Municipalidad de Momostenango,

departamento de Totonicapán. Reforma el punto VIGÉSIMO TERCERO del acta 39-98, que contiene
el Plan de Tasas Municipales, Rentas, Productos, Multas y demás Tributos de la Municipalidad de
Momostenango.