Nuevos servicios de consulta de valores de bienes inmuebles, ofrece el Registro General de la Propiedad

Los usuarios del Registro General de la Propiedad (RGP) pueden consultar ahora en las oficinas del departamento de servicios registrales los siguientes valores de bienes inmuebles: catastral, fiscal y registral.

 

La Municipalidad de Guatemala hizo entrega de un usuario específico al Registro General de la Propiedad que permite hacer gratuitamente este tipo de consultas.

 

El servicio de consulta  de los valores de los bienes inmuebles se encuentra disponible en el departamento de Servicios Registrales, de la sede central,  para todos los usuarios del RGP.

 

Formularios en línea

A su vez el RGP presentó a los delegados de la comuna capitalina el formulario electrónico para solicitar certificaciones.

De acuerdo al Secretario General del RGP, Dr. Luis Lepe, a partir del 3 de junio del 2019 los usuarios del RGP podrán gestionar en línea certificaciones y formularios de primer ingreso y reingreso. Este servicio no representa ningún costo para el usuario.

Los servicios en línea que está poniendo en marcha el Registro General de la Propiedad, responden a una instrucción del titular de la institución, Dr. Elmer Beltetón, quien ha decidido poner en marcha la política de cero papel  en todas las sedes de la entidad a nivel nacional, con el propósito de no solo reducir costos, sino también contribuir con las acciones ecológicas que se han emprendido en el país.

NUEVAS REFORMAS TRIBUTARIAS

Lic. Hugo Roberto Calderón Rossell –CPA

El Estado de Guatemala, tomando en consideración las siguientes reflexiones:
a) Los principios constitucionales “General de Igualdad” y “Capacidad de Pago”, así como el deber cívico de los guatemaltecos de contribuir a los gastos públicos, en la forma prescrita por la ley;
b) Que en los Acuerdos de Paz se suscribió un pacto fiscal para un futuro con paz y desarrollo, lo cual permitió visualizar la necesidad de adecuar y sistematizar las normas tributarias para que
éstas puedan ser aplicadas de manera simplificada y que, al mismo tiempo, los contribuyentes tengan un mejor conocimiento de las mismas y de igual manera, hacerlo con otras disposiciones
que le permitan a la Administración Tributaria ser más eficiente en la administración, control y fiscalización de los impuestos establecidos en las leyes correspondientes; y,
c) La Potestad legislativa le corresponde al Congreso de la República de Guatemala.

Y, además, el Principio Constitucional de Legalidad, dictó la “LEY DE ACTUALIZACIÓN TRIBUTARIA”, Decreto Número 10-2012, la cual está dividida en varios libros y cada uno corresponde a una ley tributaria diferente, a excepción del último libro que corresponde a las Disposiciones finales y transitorias.

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