Prestaciones Post Mortem: Es el derecho que tiene el cónyuge, persona unida de hecho declarada legalmente, hijos menores de edad o incapaces declarados legalmente y padres de un servidor público, al pago de prestación póstuma y pago de salarios, vacaciones, aguinaldo, bonificación anual, bono de antigüedad y bono vacacional pendientes de pago hasta el día del fallecimiento. En cuanto al derecho de pago de gastos funerarios, se extiende a los hijos mayores o hermanos del causante.
Ver el trifoliar completo aquí: https://drive.google.com/file/d/15DS49TOp9gjg-96BozMs4drdtZYJIOfa/view