CLASIFICACION DE LOS CONTRATOS
PRIMERA CLASIFICACION
UNILATERALES: Cuando la obligación recae solamente sobre una de las partes contratantes. Genera obligaciones para una sola de las partes contratantes.
BILATERALES: Ambas partes se obligan recíprocamente. Generalmente son onerosos.,
CONSENSUALES: Basta el consentimiento de las partes para que sea perfecto (acuerdo de voluntades).
REALES: Se requiere para su perfección la entrega material de la cosa.
PRINCIPALES: Cuando subsisten por si solos.
ACCESORIOS: Cuando tienen por objeto el cumplimiento de otra obligación.
ONEROSOS: Aquel en que se estipula provechos y gravámenes recíprocos. Una de las partes aspira a procurarse una ventaja mediante un equivalente o compensación.
GRATUITO: Aquel en que el provecho es solamente para una de las partes. Solo una de las partes se propone proporcionar al otro una ventaja sin equivalente alguno.
CONMUTATIVOS: Cuando las prestaciones que deban las partes son ciertas y determinadas desde que se celebra el contrato, de tal suerte que ellas pueden apreciar inmediatamente el beneficio o la perdida que les cause este.
ALEATORIOS: Cuando la prestación debida depende de un acontecimiento incierto que determina la ganancia o perdida, desde el momento en que ese acontecimiento se realiza.
FORMALES: Son los que se requiere una forma escrita, publica o privada para la validez del mismo.
INSTANTÁNEOS: Son los que se cumplen en el mismo momento en que se celebran. El pago de las prestaciones se lleva a cabo en un solo acto.
DE TRACTO SUCESIVO: El cumplimiento de las prestaciones se realiza en un periodo determinado.