RAZON DE CIERRE: En la ciudad de Guatemala, el día treinta y uno de de diciembre del año dos mil XX yo el Notario, en cumplimiento de lo que dispone el Artículo número 12 del Código de Notariado, CIERRO, mi protocolo correspondiente al año dos mil siete. Durante el referido año autoricé treinta y tres (33) instrumentos públicos, siendo todas escrituras públicas de las cuales CANCELÉ, las escrituras públicas números cuatro (04) y cinco (05), ambas de fecha dieciocho de enero del año dos mil XXX y la número ocho (08) de fecha veintidós de enero del año dos mil XXXX, el protocolo consta de cincuenta y dos (52) folios.