DESCRIPCIÓN |
CENTRALIZACIÓN |
DESCONCENTRACIÓN |
DESCENTRALIZACIÓN |
AUTONOMÍA |
Organización jerárquica | Presidente
Vicepresidente Ministros Vice-ministros Directores generales Jefe de departamento Jefe de sección |
Presidente
Vicepresidente Ministros Vice-ministros Directores generales Jefe de departamento Jefe de sección D D E Supervisores C T A |
Presidente
Vicepresidente Ministros SAT CGC MP |
Establecidos en la CPRG
USAC 82 (5% ingresos ordinarios del estado), Municipalidades 253 (10% ingresos ordinarios del estado), CDAG 92, COG 92, IGSS 100, JM 132, ENCA 79 Otros FONAPAZ, FONTIERRA, FODIGUA |
Características | Existe un órgano superior jerárquico
En este órgano se concentra o centraliza todo el poder administrativo Todos los demás órganos se colocan jerárquicamente bajo el superior Los órganos centralizados no tienen personalidad jurídica propia |
Se mantiene la organización centralizada
Se crean órganos administrativos y se les asigna una competencia administrativa propia (independencia técnica) Siempre están bajo el control político del órgano centralizado. No tienen personalidad jurídica propia |
Se crean órganos con personalidad jurídica propia, lo desliga del órgano superior
Órgano con independencia técnica plena (decide procedimientos, trámites, etc). Se ejerce indirectamente algún control sobre estos órganos. El directorio de la SAT se compone por el Ministro de Finanzas, el Superintendente (nombrado por el presidente), 4 directores titulares (los nombra el presidente) El Contralor General de Cuentas es electo por el Congreso de la República Fiscal General del MP nombrado por el presidente El presupuesto lo define el Congreso |
Personalidad jurídica propia
Patrimonio propio Elige sus propias autoridades Emite sus propias disposiciones internas Tienen plena independencia económica Tienen independencia técnica Tienen independencia política plena
Tiene que cumplir con las 7 características para ser autónomas
Hay entidades que cumplen con los requisitos, menos la elección de autoridades propias e independencia política que la CC ha considerado semi autónomas |
Ejemplo | Organismo Ejecutivo | DDE
Unidades ejecutoras |
SAT
Contraloría General de Cuentas |
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Ventajas | Mayor control interno
Existe unidad de mando Existe uniformidad de procedimientos (requisitos, criterios, trámites) |
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Desventajas | Genera abuso de poder
Los trámites se vuelven my extensos por tener la decisión final el órgano superior Hay concentración geográfica de los órganos Tiende a la corrupción |
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Ejemplo de trámites | Licencia de transporte extra urbano | Autorización de colegio | Solo el Congreso puede crear o disolver entidades descentralizadas con el voto de las 2/3 partes del total de diputados (la disolución solo aplica a entidades no creadas por la constitución) | Solo el Congreso puede crear o disolver entidades autónomas con el voto de las 2/3 partes del total de diputados (la disolución solo aplica a entidades no creadas por la constitución) |