Minuta de Mandato general con representación con cláusula especial para vender

Modelo de Mandato general con representación con cláusula especial para vender!

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Mandato judicial con clausula especial

El presente trabajo de investigación, sobre el contrato de Mandato Judicial con Cláusula Especial. Tiene como objeto, brindar al estudiante, un mayor conocimiento legal y doctrinal sobre dicho instrumento público, así como llevarlo a crear su propio estilo de redacción en el ejercicio de la profesión y específicamente en el ejercicio del notariado. Para el logro de dicho objetivo, iniciaré dando un conocimiento general de lo que es el mandato, su concepto, basado en lo que para ello establecen autores de reconocida notoriedad, lo que establece la legislación guatemalteca, la apreciación de reconocidos profesionales del Derecho en Guatemala y la apreciación del propio autor cono estudiante del último año de la carrera de Derecho en la Universidad Mariano Gálvez de Guatemala, y específicamente del curso de Derecho Notarial III, cátedra bajo la dirección del Lic. Oscar de León Batres. Además de lo anterior se tratará lo concerniente al desarrollo histórico de la institución, la etimología de la palabra Mandato, su clasificación y demás aspectos que nos den un conocimiento general y eficaz al respecto. Para luego entrar a la rama que nos ocupa específicamente, EL MANDATO JUDICIAL CON CLAUSULA ESPECIAL. II.EL CONTRATO DE MANDATO CONCEPTO: El Mandato, es el contrato por el que una de las partes llamado Mandatario, se obliga a ejecutar, por cuenta de otro llamado Mandante, los actos jurídicos que éste le encargue. Es pues la materia de este contrato, la ejecución de actos jurídicos por representación que lo distingue del contrato de obra, que consiste en la ejecución de actos materiales. Etimológicamente: La palabra mandato procede del latín MANUS DATIO, ósea el hecho de darse la mano mandante y mandatario, para simbolizar la amistad y confianza existente entre ambos que motivaba la creación de vinculo jurídico contractual que los uniría. Originándose de esta manera el Mandato en el Derecho Romano. Acepciones de la palabra Mandato: Esta palabra tiene varias acepciones de índole práctica y usual. Por ejemplo: cumplir una disposición superior, toda vez que proviene de mando, lo que necesariamente implica una realización de un encargo o gestión a nombre de otra persona. Nuestra legislación: La legislación guatemalteca utiliza indistintamente la palabra poder, como sinónimo de mandato, que no encuentra variante en su contenido como institución en materia civil. Acto, Orden, mandamiento, mandato, precepto. Disposición. Prescripción para proceder. Encargo. Comisión. Representación.

 

Contiene:

  • EL CONTRATO DE MANDATO
  • 5 III.ANTECEDENTES HISTORICOS DE CONTRATOS DE MANDATOS
  • 6 IV.NATURALEZA JURIDICA DEL CONTRATO DE MANDATO
  • 8 V.CLASIFICACION DEL MANDATO
  • 9 VI.ELEMENTOS DEL MANDTO JUDICIAL
  • 11 VII.ANTECEDENTES DEL MANDATO JUDICIAL
  • 12 VIII.CATEGORIA DEL MANDATO JUDICIAL
  • 13 IX.EN NUESTRO TIEMPO Y LEGISLACION
  • 14 X.DE LA FORMA DEL MANDATO JUDICIAL
  • 15 XI.QUIENES PUEDEN SER MANDATARIOS JUDICIALES
  • 15 XII.DE LA CLAUSULA ESPECIAL EN EL MANDATO JUDICIAL
  • 15 XIII.OBLIGACIONES DE LOS MANDATRIOS JUDICIALES
  • 17 XIV.PROHIBICIONES Y RESPONSABILIDADES DE LOS MANDATARIOS JUDICIALES 17 XV.IMPEDIMENTOS PARA SER MANDATARIO JUDICIAL 17 XVI.REVOCATORIA DEL MANDATO JUDICIAL
  • 18 XVII.CONTENIDO DE LA ESCRITURA DEL MANDATO JUDICIAL
  • 19 XVIII.OBLIGACIONES PREVIAS AL OTORGAMIENTO DE LA ESCRITURA DEL MANDATO JUDICIAL
  • 20 XIX.ESCRITURA PUBLICA DE MANDATO JUDICIAL CON CLAUSULA 1
  • 2. ESPECIAL
  • 21 XX.OBLIGACIONES POSTERIORES AUTORIZACION DE LA ESCRITURA
  • 23 XXI.IMPUESTOS
  • 23 XXII.TESTIMONIO ESPECIAL
  • 23 XXIII.PRIMER TESTIMONIO
  • 24 XXIV.BIBLIOGRAFIA

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El Protocolo o Registro Notarial

Es la colección ordenada de las Escrituras Matrices, Actas de Protocolización, Razón, Matrices, Actas de Protocolización, Razón de Legalización de Firmas, Trascripción de Legalización de Firmas, Trascripción Acta Notarial de Otorgamiento de Acta Notarial de Otorgamiento de Testamento,  y documentos que el NotarioTestamento, y documentos que el Notario registra de conformidad con la ley,  de conformidad con la ley, en tomos durante un año.tomos durante un año. ? LECTURA OBLIGATORIA:LECTURA OBLIGATORIA: Arts.: 8 del Arts.: 8 del Código de Notariado y 962 del Código de Notariado y 962 del Código Civil .

¿Quiénes pueden cartular?¿Quiénes pueden cartular? 1.1. Los notarios.Los notarios. 2.2. El Escribano de Gobierno.El Escribano de Gobierno. 3.3. Agentes Diplomáticos cuando sean Agentes Diplomáticos cuando sean notarios.notarios. 4.4. Agentes Consulares cuando sean Agentes Consulares cuando sean notarios .

  • ANTECEDENTES HISTÓRICOS
  • ETIMOLOGÍA
  • Definición de Protocolo
  • ¿Quiénes pueden cartular?

 

Requisitos Para Solicitar El Reconocimiento de La Personalidad Juridica y Aprobacion de Estatutos de Fundaciones

Requisitos Para Solicitar El Reconocimiento de La Personalidad Juridica y Aprobacion de Estatutos de Fundaciones


Requisitos Para Solicitar El Reconocimiento de La Personalidad Juridica y Aprobacion de Estatutos de Fundaciones.
(Fundamento Legal: Constitución Política de la República de Guatemala: artículo 34, CódigoCivil: artículos 15, numeral 2, 16, 20, 21, 22, 24, 27 y 31 2º. párrafo, 32, 38, 39. Decretonúmero 114- 97, Ley del Organismo Ejecutivo, artículo 36 literal “ ”, Decreto número 119-96,Ley de lo Contencioso Administrativo, artículo 1 al 6. Acuerdo Gubernativo 515-93, del 06 deoctubre 1993: Artículos del 1 al 6, Acuerdo Ministerial número 496-2001, del 28 de mayo de2001 reformado por Acuerdo Ministerial número 17-2012, del 16 de enero del 2012).

Requisitos Previos:

? El interesado debe solicitar constancia de novedad, en la Subdirección Administrativa de este Ministerio, indicando la denominación, según la constancia de novedad otorgada por este Ministerio, así como, su abreviatura, si fuera elcaso.
? Se requieren como mínimo siete personas para la constitución, en virtud de que conformarán el Consejo Directivo, en la forma siguiente: Presidente,Vicepresidente, Secretario, Tesorero y Tres Vocales.
? En relación a los Objetivos y Fines, éstos deben ser realizables, de asistencia social y humanitaria, no lucrativos , concretos no generalizados…
 
? Establecer dirección exacta de la sede donde se ubicará la fundación.
? En la cláusula referente al patrimonio inicial, consignar la cantidad que cada unode los miembros fundadores aporta e identificar claramente los datos de la boletadel depósito.
? En caso de que uno o más de los miembros fundadores fuere extranjero, no domiciliado en Guatemala, deberá nombrar mandatario para que lo represente,uno por cada miembro fundador.

Requisitos Para Solicitar El Reconocimiento de La Personalidad Juridica y Aprobacion de Estatutos de Fundac… by José Luis Mazariegos

Sabes cuales son los delitos en los que puede incurrir un notario?

Delitos en los cuales puede incurrir un notario


1) Publicidad indebida;
2) Revelación del secreto profesional;
3) Casos especiales de estafa;
4) Falsedad material;
5) Falsedad ideológica;
6) Supresión, ocultación o destrucción de documentos;
7) Violación de sellos; y
8) Inobservancia de formalidades al realizar un matrimonio.

Requisitos habilitantes del Notario

REQUISITOS HABILITANTES DEL NOTARIO

1) Causas de inhabilitación para ejercer 
2) Incompatibilidades con el ejercicio laboral
3) Régimen disciplinario del notario
4) La colegiación profesional
4.1)  Fines de la colegiación profesional
4.2) Intervención de la Corte Suprema de Justicia
4.3) Intervención de Tribunales
4.4) Intervención del Colegio profesional
4.5) Rehabilitación, su procedimiento
5) Impugnaciones o recursos
Ver Ley de Colegiación, Notariado, Ley de Ética Profesional y Ley Orgánica de la USAC.

Responsabilidad del Notario

Es conveniente que el notario esté capacitado moralmente sin generar daños dañosos tanto para los particulares como para el mismo, siendo esto como se conoce responsabilidad notarial, la cual no es una sola sino un conjunto de responsabilidades que darán por resultado un instrumento público, pleno y perfecto.

El notario tiene varias responsabilidades dependiendo en que intervenga, el derecho moderno reconoce cuatro clases de responsabilidad, siendo penal,administrativo y algunos autores agregan la responsabilidad profesional y moral.

El notario tiene responsabilidad en la relación del documento, debe interpretar la voluntad de los clientes, dar asesoría correcta produciendo el instrumento publico adecuado. Debe ser cuidadoso en lo que se refiere a la fe del conocimiento, la naturaleza del acto u las obligaciones y responsabilidades de las partes.

Al redactar un instrumento publico deben llenarse los requisitos legales delo contrario es una falta grave, imputable al notario, ya que posteriormente el acto o contrato al no surtir efectos plenos genera responsabilidad del notario.Los errores pueden ser de fondo y de forma. Si es de fondo da origen a la nulidad del instrumento y si es de forma es subsanable por otro instrumento llamado de ampliación o aclaración.

El Código de Notariado en su Artículo 32. Establece que la omisión da acción para demandar la nulidad y el 33. Regula la omisión de regularidades no esenciales. El Artículo 31. Cuáles son las formalidades esenciales de los instrumentos públicos y el 977 del Código Civil establece a que los testamentos son nulos si se otorgan sin la observancia de las solemnidades esenciales que la ley establece.

La responsabilidad penal existe cuando el notario defrauda al Estado o a losparticulares por comisión de un delito.Es la responsabilidad que tiene un notario al fraccionar instrumentospúblicos basados en falsedad u otros delitos conexos habiendo constar situaciones de derecho y de hecho que en realidad no existe, o aprovechándosede su función en beneficio propio o ajeno.

Cuestionario Derecho Notarial

Estudiantes por Derecho!

Cuestionario Derecho Notarial


CONCEPTO DE DERECHO NOTARIAL
R. Conjunto de doctrinas y normas jurídicas que regulan la Organización del Notariado, laFunción Notarial y la Teoría formal del Instrumento Público.
2.QUE SE ENTIENDE POR ORGANIZACIÓN DEL NOTARIADO?
R. Todos los requisitos para ejercer el Notariado. Art. 2 al 7 Cod. Notariado.
3.QUE SE ENTIENDE POR FUNCIÓN NOTARIAL?
R. Es el que hacer del Notario.
4.QUE SE ENTIENDE POR TEORÍA FORMAL DEL INSTRUMENTO PÚBLICO?
R. Todos aquellos requisitos formales y esenciales que se deben cumplir en la creación delinstrumento público, para su eficacia y validez.
5.POR QUÉ EN GUATEMALA LA FUNCION NOTARIAL ES DE NUMERUSAPERTUS?
R. Porque para ejercerla el Notario no requiere de autorización alguna.
6.QUE ES EL SISTEMA NOTARIAL DE NUMERUS CLAUSUS?
R. Cuando el Notario para ejercer su profesión necesita obtener una autorización.
7.CONCEPTO DE NOTARIO:
R. Es el Profesional del Derecho encargado de una función pública, consistente en recibir,interpretar y dar forma legal a la voluntad de las partes, redactando los instrumentos adecuadosa este fin y confiriéndoles autenticidad; conservar los originales de éstos y expedir copias queden fe de su contenido. En su función está comprendida la autenticación de hechos.
8.ESTRUCTURA DEL CODIGO DE NOTARIADO:
Decreto número 314
Conformado por 16 títulos
112 artículos
El artículo 39 derogado
Entró en vigencia el 01 de enero de 1947
9.TITULOS DEL CODIGO DE NOTARIADO:
I.NOTARIOSArt. 1 al 7
II.PROTOCOLOArt. 8 al 28
III.INSTRUMENTOS PUBLICOSArt. 29 al 41
IV.FORMALIDADES ESPECIALES PARA TESTAMENTOS Y OTRASESCRITURAS.Art. 42 al 50
V.TESTIGOSArt. 51 al 53
VI.LEGALIZACIONESArt. 54 al 59
VII.ACTAS NOTARIALESArt. 60 al 62
VIII.PROTOCOLACIONESArt. 63 al 65
IX.TESTIMONIOSArt. 66 al 76
 X.PROHIBICIONESArt. 77
XI.ARCHIVO DE PROTOCOLOSArt. 78 al 83
XII.INSPECCION DE PROTOCOLOSArt. 84 al 89
XIII.REPOSICIÓN DE PROTOCOLOSArt. 90 al 97
XIV.SANCIONES Y REHABILITACIONESArt. 98 al 105
XV.ARANCELArt. 106 al 109
XVI.DISPOSICIONES FINALESArt. 110 al 112

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