Derecho, el despertar a una nueva era democrática

Pasaron varios años antes de visualizar una  nueva era democrática en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad de San Carlos de Guatemala, muchos fueron los factores que afectaron esa institución, tales como la coacción, la falta de academia, presuntos actos de corrupción entre otros. Parecía una tarea difícil poder vencer a una estructura que estaba enquistada y que no se veía por donde pudiera dar paso a vientos de cambio.

No es sino hasta el año 2016 que lo que parecía lejos e imposible surgió como parte del estallido social, estudiantes, docentes y profesionales cansados de tantas injusticias, ofensas y discriminación se unieron para gestar una nueva revolución, un cambio que marcó el inicio de una nueva generación, en el cual ha renacido la academia, la inclusión y el compromiso social, si bien es cierto, quedó un gran vacío y muchas falencias, muchas personas valientes y propositivas de a poco han ido levantando el perfil de la Facultad, la que hoy por hoy va mostrando los primeros cambios hacia un mejor futuro, se está retomando la academia, la participación en inclusión de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales a nivel nacional e internacional, generándose diversos convenios de cooperación en beneficio en primer lugar para varios estudiantes, lo que abre las puertas a un nuevo mundo de oportunidades, ante un país lleno de obstáculos y desafíos, generando espacios de dialogo, de desarrollo, de preparación, de debate.

Y no se ha quedado en esto, los estudiantes han tomado un respiro y han vuelto a las aulas a ejercer sus derechos y participación política, prueba de ello, es que por primera vez en la historia de la Facultad han participado 10 planillas estudiantiles para ostentar el cargo de Representante Estudiantil ante el Consejo Superior Universitario, lo que demuestra que los tiempos de la opresión han quedado en los anales de la historia, y que la actual administración ha sido respetuosa del derecho de elegir y ser electo, permitiendo así a que los estudiantes retomen ese espacio que por años les estuvo vedado. Por eso a todas y todos los estudiantes que han despertado les decimos “QUE VIVAN LOS ESTUDIANTES”. Esperamos este sea solo el inicio de una verdadera representación estudiantil que permita que la voz del estudiante se escuche y que haga vales los intereses del estudiante.

Luego de un año de administración del nuevo Decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales y de su equipo de trabajo, se  observan encuentros académicos, conferencias, diplomados, apoyo a la academia a nivel estudiantil y docente, se ha notado mayor apertura hacia la extensión de Antigua Guatemala, se ha vinculado la Extensión Universitaria hacia la Facultad, permitiendo escuchar nuevamente el sonido de la marimba en sus salones de actos, también escuchar nuevas propuestas como la creación de la estudiantina de la Facultad o el grupo de teatro entre otros,  también destacar la firma de varios acuerdos y convenios con diferentes entidades del Estado, con la propia Comisión Contra  la Impunidad en Guatemala, asimismo, con Universidades extranjeras como la Universidad de Cadiz, España, en apoyo al fortalecimiento de temas de género, igualdad, aunado a esto se ha retomado la proyección social a través de eventos deportivos se ha gestionado puentes de cooperación hacia instituciones públicas como la Pediatría del Hospital Roosevelt. De a poco se vuelven a sentar los pilares en los que debe descansar la democracia y participación de nuestra querida casa de estudios, esperamos que sea solo el inicio de una nueva era de prosperidad , que aunque existan altibajos como en toda administración esta se mantenga, perdure y siga dando muchas cosas buenas para los estudiantes, docentes y profesionales y podamos seguir sintiendo el orgullo de ser Sancarlistas egresados de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales!

 

El Juicio Oral!

Les compartimos el presente documento de de 11 hojas sobre el Juicio Oral, sus definiciones, características y principios. te compartimos un extracto del documento, la versión completa la puedes descargar en este link: https://www.dropbox.com/s/8pzhhld6ofpw02o/Juicio%20Oral.doc

1.1) Definición:

Juicio oral: Juicio que se sustancia en sus partes principales de viva voz y ante juez o tribunal encargado.

Juicio Oral inspirado principalmente en principios de inmediación y publicidad.

El principio de celeridad inspira el proceso penal en Guatemala.

En éste proceso prevalece la oralidad sobre la escritura en virtud de tramitarse a través de peticiones verbales, la concentración puesto que se desarrolla en audiencias, pretendiendo concentrar el mayor número de etapas procesales en el menor número de ellas e inmediación puesto que es obligación del juez presidir las audiencias y el diligenciamiento de prueba. .

Según Manuel Ossorio, el juicio oral es aquel que se sustancia en sus partes principales de viva voz y ante el juez o tribunal que entiende en el litigio. En el juicio oral, las pruebas y los alegatos de las partes se efectúan ante el juzgador. La oralidad es esencial para cumplir con el principio de inmediación[1].

1.2) Características:

–          Democrático: con garantías constitucionales y de derechos humanos .

–          Predomina la palabra como expresión: exactitud de la palabra durante el desarrollo del debate.

–          Publico. La decisión de los tribunales es transparente, permite dictar sentencia frente a los ciudadanos,

–          Inmediación como principio fundamental: actos y prueba de viva voz, contacto directo con las partes y con el medio de prueba.

1.3) Principios que lo  Informan:

(generales: probidad, igualdad, adquisición, dispositivo, inmediación, preclusión, publicidad, apreciación de prueba –Artículo 127) (juicio oral: oralidad, concentración, brevedad, sencillez, inmediación, economía, eventualidad.)

Dentro de los principios que prevalecen en el desarrollo de este juicio se encuentran:

• El principio de oralidad: Se tramita a través de peticiones verbales (la demanda, contestación, interposición de excepciones, proposición de prueba, impugnaciones, etc.)

• El principio de concentración: se desarrolla en audiencias, pretendiendo concentrar el mayor número de etapas procesales en el menor número de ellas.

• El principio de inmediación: es una obligación del juez presidir las audiencias y el diligenciamiento de prueba.

  • Publicidad. El debate será público, teniendo sus limitaciones.
  • Concentración: el debate debe realizarse en una sola audiencia, o varias proximas. Para que se mantenga la vivencia de la prueba y el fallo se ajuste al contenido de proceso.

1.4) Procedimiento: Demanda, emplazamiento, conciliación, -contestación de demanda y excepciones-, prueba, incidentes y nulidades, sentencia, medios de impugnación.

Según Moretti,  el proceso de conocimiento se realiza en tres períodos:

Primer período: Las partes proponen al tribunal la contienda legal, sobre la que le piden su decisión, de acuerdo con las razones que cada una, en su momento, expone, apoyada en las pruebas que determina.

Segundo período: el tribunal realiza la instrucción o información o prueba de las afirmaciones de las partes.

Tercer período: el tribunal verifica esas afirmaciones a través de la valoración de la prueba y dicta la sentencia definitiva.

A pesar de ser un juicio oral, éste no es eminentemente así, en virtud de que en el segundo momento y en el tercero, especialmente,  se verifica la escritura, tanto en la proposición de la prueba como en la sentencia.

Como antecedente en el caso del juicio oral, éste se desenvolvía mediante audiencias, pero para la recepción de las pruebas se fijaba un término, dentro del que se favorecía las peticiones por escrito, aunque se tenía la facultad  de proponer medio de prueba verbalmente, y así dirigir los interrogatorios  y repreguntas.


[1] Es aquel principio procesal encaminado a la relación directa de los litigantes con el juez, prescindiendo de la intervención de otras personas.

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