Nuevo revés judicial para el Alcalde de Chinautla en caso de corrupción

Arnoldo Medrano, alcalde del municipio de Chinautla, recibió un revés judicial, luego que la Sala Cuarta de la Corte de Apelaciones rechazara en definitiva una acción con la que buscaba el cese de un proceso de antejuicio en su contra

POR JODY GARCIA
jgarcia@lahora.com.gt

El citado tribunal de apelaciones de forma definitiva declaró sin lugar un amparo presentado por Medrano el 23 de mayo pasado, donde  impugnó que el Juzgado Segundo del Ramo Penal se inhibiera de conocer la solicitud del primer antejuicio  presentado en su contra, y enviara el expediente a otro órgano para que continuara el trámite.

Con dicha acción el jefe edil demandaba que el curso del antejuicio quedara sin efecto y además buscaba no ser sujeto de pesquisas. La Sala Cuarta denegó tal intención y esta semana terminó de notificar a las partes la resolución.

El alcalde de Chinautla tiene hasta la fecha cuatro expedientes abiertos donde el Ministerio Público (MP), la Contraloría General de Cuentas (CGC) y la Intendencia de Verificación Especial (IVE) pretenden que se le retire la inmunidad para ser investigado.

El hijo del funcionario municipal, Edgar Medrano Osorio, así como otros de sus familiares y allegados, también enfrentan procesos judiciales en los Juzgados Sexto y Décimo del Ramo Penal, por ser parte de supuestas redes de corrupción entre comunas.

TRIBUNALES

La próxima semana se definirá en buena medida la suerte de Medrano en los Tribunales de Justicia.

El lunes 26 de agosto, la jueza Vilma Paredes de Barneónd, entregará a la Sala Tercera de Apelaciones el segundo informe de indagaciones ejercidas sobre Medrano, denunciado en este caso por la Contraloría, que lo señala por el cobro anómalo del Impuesto Único sobre Inmuebles (IUSI).

Mientras que el martes siguiente deberá declarar ante la jueza pesquisidora Martha Sierra de Stalling, que lo citó para que presente sus pruebas de descargo, por una denuncia por lavado de dinero entre la comuna de Chinautla y San José del Golfo.

SAN JOSÉ DEL GOLFO
Alcalde acude a cita

A la sede del Juzgado Octavo del Ramo Penal, acudió Fidelino Palencia Mayen, alcalde de San José del Golfo, para defenderse de un antejuicio presentado en su contra por la Fiscalía de Lavado de Dinero y la Intendencia de Verificación Especial (IVE), que detectó transacciones anómalas en la comuna que preside.

De acuerdo con las indagaciones, entre los años 2007 y 2009, dicha alcaldía giró 619 cheques por un monto de Q1 millón 312 mil a nombre de Rudy Alfredo Palencia, primo del jefe edil.

Además, fueron llamados a declarar por las transacciones sospechosas los concejales municipales de San José del Golfo, Hernán René Oliva Reyes, Fermín Catalán Castellanos y Álvaro Morales.

Ejército envía Contingente de Paz número XIII al Congo

Contradictorio y decepcionante, Ejercito de Guatemala envía contingente de Paz al Congo, las necesidades de Guatemala son muchas, principalmente en Seguridad, salud y educación… Primero ordenemos nuestra casa y luego metamos nuestras narices en otro lugar… bueno les compartimos la noticia que fuera publicada en el diario de Centroamérica:}

Un total de 150 miembros de las Fuerzas especiales Kaibil, del Ejército de Guatemala, son los que conforman el XIII Contingente de Paz, para la estabilización de la República Democrática del Congo, que viajó en horas de la madrugada de este 23 de agosto a la nación sudafricana.

El coronel Erick Escobedo, vocero del Ministerio de la Defensa Nacional, indicó que esto es parte del cumplimiento de las misiones especiales que se realizan en el marco de las operaciones de mantenimiento de paz, para alcanzar la estabilidad en el país africano.

Los miembros de dicho contingente se dividen en 7 mujeres encargadas de realizar tareas administrativas y 143 hombres pertenecientes a estas fuerzas especiales, quienes permanecerán desplegados por 9 meses en el Congo.

Escobedo explicó, además, que se espera el regreso del contingente anterior, el 25 de agosto próximo, quienes serán relevados, al haber cumplido su misión en el país sudafricano.Ejército envía Contingente de Paz número XIII al Congo

Pérez Molina dice que regulación para motociclistas sigue vigente

Por Eder Juárez
ejuarez@lahora.com.gt El Ministro –Mauricio López Bonilla– tampoco puede suspenderla si esto es un acuerdo gubernativo”, puntualizó el mandatario.

El Presidente habló del tema porque ayer, López Bonilla dijo que no estaba vigente la disposición que obliga la circulación de los motociclistas por el carril derecho y tampoco el plazo de los 30 días establecidos en ley para que los conductores adquieran un chaleco anaranjado con identificación.

El Presidente enmendó las declaraciones del Ministro y aclaró que lo único que se realizó  ayer fue establecer una mesa técnica, al tiempo que recalcó que continúa vigente el mes de plazo establecido para utilizar el chaleco y las disposiciones que emanan del acuerdo gubernativo.

Sobre la supuesta “confusión”, el Presidente dijo que los motociclistas tienen tiempo para que adquirir el chaleco anaranjado: “Yo no tengo que ir a comprar mi chaleco hoy, puedo seguir circulando porque tengo un mes de tiempo y en ese mes de tiempo la mesa verá que otras medidas se pueden implementar y habrá una discusión, pero eso no está suspendido, eso solo se puede suspender con otro acuerdo gubernativo”.

CONTRADICTORIO

El Ministro de Gobernación, Mauricio López Bonilla dijo ayer, tras una reunión sostenida con representantes del gremio de motoristas, que a partir de este lunes se instalaría una mesa técnica donde analizarán las reformas al reglamento de tránsito. “Estamos llegando a un acuerdo con esta mesa técnica donde discutimos cuestiones de forma y de fondo, y en tanto no lleguemos a un acuerdo no tenemos una fecha límite para supervisar el cumplimiento de lo que establecen dichas reformas”, señala una nota de prensa en el portal del Mingob.

Además el funcionario dijo: “Advierto a los motoristas que dejen en suspenso la compra de los chalecos, mientras discutimos en una mesa técnica; porque hay gente inescrupulosa  que puede vender chalecos que no llenan las características, pues eso es un fraude y a quien sorprendamos vendiendo estas prendas, que no cumplan con la disposición, estaremos analizando las medidas legales”.

NUEVAS DELARACIONES

Hoy, López Bonilla dijo que en la reunión de ayer no se abordó el tema de suspender las medidas que se disponen en el acuerdo gubernativo: “No es una suspensión, ni dar marcha atrás; aquí todo pareciera ser que no se está haciendo lo correcto lo cual no es así”.

El funcionario indicó que una ley o un acuerdo no entran de la noche a la mañana, y en este caso son reforma a la Ley de Tránsito y el tiempo perentorio que siempre se da es de 30 días, pero que probablemente se necesite una extensión de más tiempo.

Cédula de Vecindad pierde vigencia

La cédula de vecindad ya no tiene validez como documento de identificación personal. Cédula de Vecindad pierde vigencia; 350 mil guatemaltecos carecen de DPI.

La Corte de Constitucionalidad publicó la resolución con la que declaró sin lugar una acción legal con la que se pretendía ampliar la vigencia de la cédula de vecindad. En adelante, los guatemaltecos solo podrán utilizar el documento personal de identificación (DPI).

Todos los trámites legales, desde transacciones bancarias hasta registros nupciales, requerirán que los ciudadanos cuenten con DPI, el único documento de identificación con validez en el país.

Esto porque la Corte de Constitucionalidad publicó en el diario oficial la resolución que declaró sin lugar una acción legal con la que se había extendido la vigencia de la cédula de vecindad.

Se estima que unos 200 mil guatemaltecos todavía no cuentan con DPI y será tarea del Registro Nacional de las Personas (Renap) realizar los trámites para que puedan obtener su identificación.

Fuente: https://lahora.com.gt/index.php/nacional/guatemala/actualidad/182647-actualizacion-pierde-vigencia-la-cedula-de-vecindad

Declarada con lugar la inconstitucionalidad sobre “La no exhibición del protocolo por el notario, a requerimiento de la SAT

1898-2012 11/07/2013 Sentencia de la Corte de Constitucionalidad. Declara con lugar la inconstitucionalidad de: a) artículo 31 que adiciona el artículo 16 “A” del Código Tributario; b) artículo 44 que reforma el artículo 94 del Código Tributario, en el numeral 19, en las partes que dicen: “La no exhibición del protocolo por el notario, a requerimiento de la Administración Tributaria…”; y “SANCIÓN: Multa de cinco mil Quetzales (Q.5,000.00)…”; y c) del artículo 50 que adiciona el artículo 120 “A” del Código Tributario, en la palabra “…profesionales…” del primer párrafo; todos del Decreto 4-2012 del Congreso de la República que contiene las Disposiciones para el Fortalecimiento del Sistema Tributario y el Combate a la Defraudación y al Contrabando, los cuales dejarán de surtir efecto desde el día siguiente a la fecha de la publicación de la sentencia en el Diario Oficial. Habiéndose decretado la suspensión provisional del artículo 31 del Decreto 4-2012 del Congreso de la República, tal norma dejó de tener efecto positivo a partir del día siguiente de la publicación del auto correspondiente en el Diario Oficial de 25 de mayo de dos mil doce