El Protocolo o Registro Notarial

Es la colección ordenada de las Escrituras Matrices, Actas de Protocolización, Razón, Matrices, Actas de Protocolización, Razón de Legalización de Firmas, Trascripción de Legalización de Firmas, Trascripción Acta Notarial de Otorgamiento de Acta Notarial de Otorgamiento de Testamento,  y documentos que el NotarioTestamento, y documentos que el Notario registra de conformidad con la ley,  de conformidad con la ley, en tomos durante un año.tomos durante un año. ? LECTURA OBLIGATORIA:LECTURA OBLIGATORIA: Arts.: 8 del Arts.: 8 del Código de Notariado y 962 del Código de Notariado y 962 del Código Civil .

¿Quiénes pueden cartular?¿Quiénes pueden cartular? 1.1. Los notarios.Los notarios. 2.2. El Escribano de Gobierno.El Escribano de Gobierno. 3.3. Agentes Diplomáticos cuando sean Agentes Diplomáticos cuando sean notarios.notarios. 4.4. Agentes Consulares cuando sean Agentes Consulares cuando sean notarios .

  • ANTECEDENTES HISTÓRICOS
  • ETIMOLOGÍA
  • Definición de Protocolo
  • ¿Quiénes pueden cartular?

 

La Inconstitucionalidad Indirecta o en Caso Concreto

Primera Conferencia
Dra. Aylín Brizeida Ordóñez Reyna
Tema: La Inconstitucionalidad Indirecta o en Caso Concreto
Descargar Presentación


 

Es un instrumento jurídico procesal que tiene por objeto garantizar la adecuación de las leyes a la Constitución, mantener la preeminencia de esta sobre toda otra norma, orientar la selección adecuada de normas aplicables a los casos concretos, impidiendo la aplicación de normas no concordes con los preceptos constitucionales.

Naturaleza jurídica •

Es una garantía constitucional por medio de la cual se posibilita mantener su supremacía.

• La doctrina se ha inclinado mayormente por afirmar que en la inconstitucionalidad en caso concreto se está ante un asunto prejudicial (o sea, una cuestión previa o anterior al asunto principal).

Jurisprudencia Constitucional en materia Penal

Diferentes criterios relacionados a Jurisprudencia Constitucional en materia Penal!

Se entiende por jurisprudencia a la doctrina establecida por los órganos judiciales ordinarios y extraordinarios, que se repiten en más de una resolución.

Para ello, es necesario conocer el contenido de las normas vigentes y cómo han sido aplicadas en el pasado. En otras palabras, la jurisprudencia es el conjunto de sentencias que han resuelto casos fundamentándose en ellas mismas.

Ver y descargar el documento completo!

¿Qué derechos se conceden a la mujer trabajadora para proteger su maternidad?

PROTECCIÓN A LA MADRE TRABAJADORA

• La inamovilidad en el trabajo, durante el embarazo y periodo de lactancia, quedando provisionalmente protegida desde el momento en que avise de su estado de embarazo al empleador. Dentro de los dos meses siguientes deberá entregar certificación de médico para su protección en  definitiva.
• No ejecutar trabajos que requieran esfuerzo que pongan en  peligro su embarazo.
• Gozar de su descanso pagado con el 100% de su salario, durante 30 días antes del parto y los 54 siguientes.
• Los días que no pueda disfrutar antes del parto se deben acumular a la etapa post-parto, para lo cual debe presentar el certificado médico correspondiente.
• La trabajadora que adopte a un menor de edad, tiene derecho a la licencia post-parto, para que ambos gocen de un periodo de adaptación.
• En el periodo de lactancia puede disponer en el lugar donde trabaja media hora dos veces al día para alimentar a su hijo; o bien, acumular las dos medias horas a que tiene derecho y entrar una hora después del inicio de la jornada o salir una hora antes de que ésta finalice. Dicha hora debe ser pagada y el periodo dura 10 meses después de terminado el descanso post-parto, salvo que por prescripción medica deba prolongarse. (Artículos 102, literal k) de la Constitución y
151, 152 y 153 del Código de Trabajo).

Código de Trabajo de Guatemala Decreto No. 1441 Edición rubricada y concordada con las normas internacionales del trabajo

Código de Trabajo  de Guatemala  Decreto No. 1441  Edición rubricada y concordada  con las normas internacionales del trabajo.

Nota a los lectores

Facilitamos a los lectores la presente edición del Código del Trabajo guatemalteco, rubricada y concordada con las Normas Internacionales del Trabajo (NIT) ra?fi cadas por Guatemala, las recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y las normas cons? tucionales relacionadas. Es menester adver? r ciertas indicaciones metodológicas que se señalan a con? nuación.

Se previene que la concordancia de cada disposición del Código de Trabajo con las NIT no prejuzga sobre la conformidad específica entre norma interna y los convenios y recomendaciones de OIT,

que es sujeto a determinación por los órganos de control, regulares o especiales, según lo que dispone la Cons? tución de la OIT.

Es necesario anotar que no se incluyeron concordancias con los convenios de la OIT que han sido dejados de lado por la OIT. En lo tocante a la incorporación de las Recomendaciones de la OIT, cabe informar, que aún no estando abiertas a la ra?fi cación por los Estados, se han concordado en aquellos supuestos en los que guardan una relación temá? ca con los convenios ra?fi cados por Guatemala, sin pretender incluir todas las recomendaciones de la OIT referentes a las temá? cas incorporadas en el código guatemalteco.

En cuanto a las declaraciones internacionales rela? vas a los derechos humanos fundamentales, su incorporación, vía concordancia, obedece a que son fuentes primordiales del derecho internacional.

También se incluyó los ar? culos de la Cons? tución de la República de Guatemala, rela? vos a la materia laboral, recogidos en el Código de Trabajo.

Descargar Aqui

Constitución Política de la República de Guatemala comentada

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA (Aplicada en fallos de la Corte de Constitucionalidad)

Nota aclaratoria:

La Constitución se editó incluyendo los criterios que se reflejan en las sentencias de la corte, pertenecientes a los últimos fallos relacionados con las normas de la misma, sin embargo, se mantuvieron las citas anteriores, para que la misma constituya una actualización.

Se transcribe el texto de la sentencia que se estima desarrolla en forma más amplia el tema a que se refiere la norma constitucional.

Al final de la transcripción se indica “En igual sentido”, si dicha cita se repite textualmente en otros fallos.

Se indica “Véase”, si el contenido del artículo se ha desarrollado en otros fallos ampliando o complementando la cita textual, pero no repite literalmente la cita transcrita.

Cuando un fallo de la Corte no desarrolla ampliamente un tema contenido dentro de una norma constitucional se indica “Se menciona”, haciendo referencia a la sentencia.

Descarga la Constitución Política de la República de Guatemala comentada!

https://drive.google.com/file/d/0B–SGF_vSKwaZjNyVjl3UnI2ZGM/view

 

 

El Plan de Investigación

EL PLAN DE INVESTIGACIÓN

¿Qué es el Plan de Investigación?

La investigación científica supone la realización de una serie de actividades que, para alcanzar los objetivos deseados, deben preverse y organizarse de una cierta manera, lo cual se consigue a través del plan de investigación. El plan de investigación consiste en la previsión de las distintas actividades que deberá realizar el investigador durante el proceso de investigación. Dichas actividades deberán preverse para ser ejecutadas con una secuencia lógica determinada y de acuerdo a las etapas del proceso de investigación científica; y, respecto a cada una, es preciso calcular el tiempo que durará su ejecución y los recursos (humanos, físicos y financieros) necesarios y adecuados para su realización.
Es importante considerar que la previsión de las actividades investigadoras es modificable, que no es definitiva, que puede y, en la mayoría de los casos, debe variarse y perfeccionarse durante el desarrollo del proceso de la investigación.

El plan de investigación es sólo un instrumento de orientación general para el accionar del investigador; no debe concebírsele como un conjunto de determinaciones rígidas, absolutamente imperativas e inmutables.

 

Importancia del Plan de Investigación
El plan de investigación es importante porque permite:
1. Determinar los objetivos de la investigación que se va a realizar;
2. Establecer el procedimiento y los lineamientos generales adecuados para realizar el trabajo;
3. Elaborar el cronograma de actividades; 
4. Orientar las actividades en un mismo sentido;
5. Eliminar actividades y esfuerzos superfluos;
6. Evaluar la investigación que se desea llevar a cabo, para su aprobación o desaprobación institucional

Ver en google Drive: https://drive.google.com/file/d/0B5gQahr24qCJc0libGFZeEFoLVE/view?usp=sharing