Les enviamos adjunto material de Derecho Mercantil II, cortesía del Lic. Christopher García. Esperamos que sea de su utilidad.
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Category: Laboral
Acuerdo Gubernativo 89-2019, Reglamento del Convenio 175 de la OIT sobre trabajo a tiempo parcial
Acuerdo Gubernativo 89-2019, Reglamento del Convenio 175 de la Organización Internacional del Trabajo -OIT- sobre trabajo a tiempo parcial.
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Convenio Sobre El Trabajo A Tiempo Parcial: Conferencia Internacional Del Trabajo
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Protocolo de Audiencia Oral en El Proceso Ordinario Laboral
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Materiales de estudio y Cuestionarios para el Privado (Área Pública y Privada)
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Papel de los sindicatos y la negociación colectiva y su impacto en la eficiencia y la equidad del mercado de trabajo
Papel de los sindicatos y la negociación colectiva y su impacto en la eficiencia y la equidad del mercado de trabajo .
RESUMEN
En este estudio se proporciona una visión general del rol del sindicalismo y de la negociación colectiva, frente al funcionamiento de los mercados de trabajo, en las actuales coyunturas de crisis económica mundial. En esta perspectiva, se consideran las experiencias sindicales frente a las nuevas características que asume la institucionalidad laboral, específicamente los procesos de negociación y los impactos que dichos cambios ejercen en la eficiencia y equidad de los mercados de trabajo. Se rescatan las carencias y debilidades que han tenido los sindicatos para adecuarse a esta nueva institucionalidad, así como las experiencias positivas en estos ámbitos. El estudio se centra en el caso chileno, pero también toma en cuenta los casos de Centroamérica y Argentina, caracterizando dos situaciones opuestas: una extrema debilidad del sindicalismo en la primera y una larga tradición sindical con un fortalecimiento reciente en la segunda.En el caso chileno se considera el contexto económico y social en el que se desenvuelve el accionar del movimiento sindical, particularmente a partir del proceso de reformas laborales recientes. El análisis se centra en las posibilidades que se abren para que el sindicalismo pueda impulsar un nuevo sistema de institucionalidad laboral, que favorezca las relaciones laborales modernas y participativas, para así poder impulsar una renovación de los procesos de negociación, con mejores estrategias, nuevos ejes de acción, mayor capacidad de propuestas y mejores posibilidades de reforzamiento interno y de su rol de interlocutor social.
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Papel de los sindicatos y la negociación colectiva y su impacto en la eficiencia y equidad del mercado de trabajo
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- Series de la CEPAL
¿Qué derechos se conceden a la mujer trabajadora para proteger su maternidad?
PROTECCIÓN A LA MADRE TRABAJADORA
• La inamovilidad en el trabajo, durante el embarazo y periodo de lactancia, quedando provisionalmente protegida desde el momento en que avise de su estado de embarazo al empleador. Dentro de los dos meses siguientes deberá entregar certificación de médico para su protección en definitiva.
• No ejecutar trabajos que requieran esfuerzo que pongan en peligro su embarazo.
• Gozar de su descanso pagado con el 100% de su salario, durante 30 días antes del parto y los 54 siguientes.
• Los días que no pueda disfrutar antes del parto se deben acumular a la etapa post-parto, para lo cual debe presentar el certificado médico correspondiente.
• La trabajadora que adopte a un menor de edad, tiene derecho a la licencia post-parto, para que ambos gocen de un periodo de adaptación.
• En el periodo de lactancia puede disponer en el lugar donde trabaja media hora dos veces al día para alimentar a su hijo; o bien, acumular las dos medias horas a que tiene derecho y entrar una hora después del inicio de la jornada o salir una hora antes de que ésta finalice. Dicha hora debe ser pagada y el periodo dura 10 meses después de terminado el descanso post-parto, salvo que por prescripción medica deba prolongarse. (Artículos 102, literal k) de la Constitución y
151, 152 y 153 del Código de Trabajo).
LA JURISPRUDENCIA Y EL PRECEDENTE EN MATERIA LABORAL
LA JURISPRUDENCIA Y EL PRECEDENTE EN MATERIA LABORAL
Lic. Marlon Barahona,
DEFINICIÓN ? “Los principios del derecho del trabajo son ideas fundamentales de la organización jurídicolaboral que surgen del orden normativo dado y lo realimentan, dándole determinado sentido a cada una de las disposiciones que lo componen, resultando indispensables para aplicar rectamente sus normas”
Los Conceptos del Código de Trabajo (material de estudio para los privados)
Salario mínimo en Guatemala 2016
Salario Mínimo 2016
De conformidad con el Acuerdo Gubernativos No. 303-2015 publicado en el Diario de Centroamérica el 30 de diciembre de 2015, se establece el nuevo salario mínimo que regira a partir del uno de enero de 2016.
ACTIVIDADES ECONÓMICAS | HORA DIURNA ORDINARIA | HORA ORDINARIA JORNADA MIXTA | HORA ORDINARIA NOCTURNA | SALARIO DIARIO | SALARIO MENSUAL | BONIFICACIÓN INCENTIVO | SALARIO TOTAL |
---|---|---|---|---|---|---|---|
NO AGRÍCOLAS | Q.10.23 | Q.11.70 | Q.13.65 | Q.81.87 | Q.2,497.04 | Q.250.00 | Q.2,747.04 |
AGRÍCOLAS | Q.10.23 | Q.11.70 | Q.13.65 | Q.81.87 | Q.2,497.04 | Q.250.00 | Q.2,747.04 |
EXPORTADORA Y DE MAQUILA | Q.9.36 | Q.10.70 | Q.12.48 | Q.74.89 | Q.2,284.15 | Q.250.00 | Q.2,534.15 |
Descarga en el enlace los Acuerdos
Tabla y Acuerdo Gubernativo No. 303-2015
De conformidad con el Acuerdo Gubernativo No. 470-2014 publicado en el Diario de Centroamérica el 19 de diciembre de 2014, se establece el nuevo salario mínimo que regira a partir del uno de enero de 2015.
ACTIVIDADES ECONÓMICAS | HORA DIURNA ORDINARIA | HORA ORDINARIA JORNADA MIXTA | HORA ORDINARIA NOCTURNA | SALARIO DIARIO | SALARIO MENSUAL | BONIFICACIÓN INCENTIVO | SALARIO TOTAL |
---|---|---|---|---|---|---|---|
NO AGRÍCOLAS | Q. 9.85 | Q. 11.25 | Q. 13.12 | Q.78.72 | Q.2,394.40 | Q.250.00 | Q.2,644.40 |
AGRÍCOLAS | Q. 9.85 | Q. 11.25 | Q. 13.12 | Q.78.72 | Q.2,394.40 | Q.250.00 | Q.2,644.40 |
EXPORTADORA Y DE MAQUILA | Q.9.04 | Q.10.34 | Q.12.06 | Q.72.36 | Q.2,200.95 | Q.250.00 | Q.2,450.95 |
De conformidad con el Acuerdo Gubernativo No. 537-2013 publicado en el Diario de Centroamérica el 27 de diciembre de 2013, se establecen los nuevos salarios mínimos que regiran a partir del uno de enero de 2014.
ACTIVIDADES | HORA ORDINARIA | DIARIO | MENSUAL | BONIFICACIÓN INCENTIVO | TOTAL |
---|---|---|---|---|---|
NO AGRICOLA | Q. 9.38 | Q.74.97 | Q.2,280.34 | Q.250.00 | Q.2,530.34 |
AGRICOLA | Q. 9.38 | Q.74.97 | Q.2,280.34 | Q.250.00 | Q.2,530.34 |
EXPORTADORA Y DE MAQUILA | Q.8.61 | Q.68.91 | Q.2,096.01 | Q.250.00 | Q.2,346.01 |
De conformidad con el Acuerdo Gubernativo No. 359-2012 publicado en el Diario de Centroamérica el 28 de diciembre de 2012, se establecen los nuevos salarios mínimos que regirán a partir del uno de enero de 2013.
ACTIVIDADES | HORA ORDINARIA | DIARIO | MENSUAL | BONIFICACIÓN INCENTIVO | TOTAL |
---|---|---|---|---|---|
NO AGRICOLA | Q.8.93 | Q.71.40 | Q.2,171.75 | Q.250.00 | Q.2,421.75 |
AGRICOLA | Q.8.93 | Q.71.40 | Q.2,171.75 | Q.250.00 | Q.2,421.75 |
EXPORTADORA Y DE MAQUILA | Q.8.20 | Q.65.63 | Q.1,996.25 | Q.250.00 | Q.2,246.25 |