Inscripción de Matrimonio

¿Qué es el Matrimonio?

Según el Artículo 78 del Decreto Ley No. 106 Código Civil: Es una Institución social por la que un hombre y una mujer se unen legalmente, con ánimo de permanencia y con el fin de convivir juntos, procrear, alimentar y educar a sus hijos y auxiliarse entre sí.

El matrimonio visto como un contrato, constituye un acuerdo de voluntades entre dos personas a esta teoría es que el contrato crea derechos y obligaciones de carácter económico, mientras que el matrimonio genera derechos y obligaciones de carácter moral.

Normas específicas para la Inscripción de Matrimonio

Matrimonio entre menores de edad debe cumplir con lo siguiente:

  • La autorización de los padres para la celebración del acto
  • Certificación de nacimiento del o la menor de edad
  • Documento Personal de Identificación o cédula de vecindad de los padres de los menores
  • En el aviso circunstanciado, el notario hará constar que comparecieron los padres, quienes autorizaron el matrimonio.
  • Inscripción de Matrimonio Notarial y por Ministro de Culto o Iglesia

    Normas específicas
    • El notario debe presentar para efectos de su registro, el aviso circunstanciado de matrimonio en el Registro Civil de las Personas de la circunscripción municipal donde se haya celebrado el mismo, en un plazo no mayor a 30 días, en original y duplicado.
    • En el aviso debe consignarse si se celebraron capitulaciones matrimoniales
    Requisitos:
    1. Aviso Circunstanciado, en original y copia
    2. Debe consignarse en el aviso, si se celebraron o no capitulaciones matrimoniales y si fuera el caso, identificar el documento en el cual se celebraron.
    3. En caso de matrimonio de menores de edad, debe consignarse el tipo de autorización obtenida para la celebración del acto.
    4. Realizarlo dentro del plazo que establece la ley

    Sí se realiza la inscripción de fuera del tiempo establecido debe pagarse una multa de Q.1.00

  • Inscripción de Matrimonio Municipal

  • Inscripción de Matrimonio Extemporáneo Notarial o de Ministro de Culto

    • Inscripción de Matrimonio Consular a través del Ministerio de Relaciones Exteriores

    • Inscripción de Matrimonio Consular por la vía Notarial

  • Fuente: RENAP: http://www.renap.gob.gt/inscripcion-de-matrimonio

Actas de notariado y sus elementos!

Les compartimos una joya! para comprender los elementos de alguna actas notariales describimos su contenido! Actas de notariado y sus elementos! el documento cuenta con mas de 7 hojas de contenido, esperamos lo puedan emplear en la elaboración del trabajo de protocolo!

https://www.dropbox.com/s/pbp05k7qoun2whf/notariado%20actas%20y%20sus%20elementos.doc

Acta Notarial de Matrimonio

les compartimos un modelo básico de Acta Notarial de Matrimonio, para que puedan ir practicando su redacción y perfeccionando sus instrumentos para la celebración de matrimonios!

http://es.scribd.com/doc/6374979/Acta-Notarial-de-Matrimonio?in_collection=2278303

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Guía de Estudio (LA PATRIA POTESTAD)

LA PATRIA POTESTAD

  1. Explique en que consiste la Patria Potestad?

Es  el conjunto de derechos y deberes que corresponden a los padres sobre la persona y patrimonio de cada uno de los hijos emancipados menores, como medio de realizar la función natural que les incumbe proteger y educar.

  • Fundamento Doctrinario

2. Explique sobre quienes se ejerce la Patria Potestad?

Sobre los hijos menores de edad y los mayores declarados en estado de interdicción.

  • Fundamento legal articulo 252 del Código Civil

3. Explique quienes ejercen la Patria Potestad en el Matrimonio y en la Unión de Hecho?

Conjuntamente por el padre y la madre en el matrimonio y en la unión de hecho

  • Fundamento legal articulo 252 del Código Civil

4. Enumere los derechos y obligaciones que nacen del ejercicio de la Patria Potestad con relación a los Padres?

  • Están obligados a cuidar y a sustentar a sus hijos , sean o no de matrimonio
  • Educarlos y corregirlos empleando medios prudentes de disciplina
  • Serán responsables conforme a las leyes penales si los abandonan moral o materialmente y dejan de cumplir los deberes inherentes a la patria potestad.
  • Representar legalmente al menor o incapacitado en todos los actos de la vida civil
  • Administrar sus bienes y aprovechar sus servicios atendiendo a su edad y condición.
  • Fundamento legal articulo 253,254 y 255 del Código Civil

5. Enumere los derechos y obligaciones que nacen del ejercicio de la Patria Potestad con relación a los hijos

  • Los mayores de catorce años tienen capacidad para contratar su trabajo y percibir la retribución convenida, con la que ayudarán a sus padres para su propio sostenimiento.
  • Los hijos menores de edad deben vivir con sus padres, o con el padre o la madre que los tenga a cargo, no pueden sin permiso de ellos dejar casa paterna o materna o aquella en que sus padres los han puesto, debiendo en todos los casos ser auxiliada la autoridad doméstica por la publica, para hace volver a los hijos al poder y obediencia de sus progenitores.
  • Los hijos aun cuando sean mayores de edad y cualquiera que sea su estado y condición deben honrar y respetar a sus padres y están obligados a presentarles asistencia en todas las circunstancias de la vida
  • Fundamento legal articulo 259,2600 y 263del Código Civil

6.  Enumere los casos en que se suspende la Patria Potestad:

  • Por ausencia del que la ejerce, declarada Judicialmente
  • Por interdicción declarada en la misma forma
  • Por ebriedad consuetudinaria , y
  • Por tener el hábito del juego o por el uso indebido y constante de drogas y estupefacientes.
  • Fundamento legal articulo 273del Código Civil.

7. Escriba los casos en que la Patria Potestad se pierde de conformidad con la Ley.

  • Por las costumbres depravadas o escandalosas de los padres, dureza excesiva en el trato de los hijos o abandono de sus deberes familiares.
  • Por dedicar a los hijos la mendicidad, o darles órdenes, consejos, insinuaciones y ejemplos corruptores.
  • Por delito cometido por uno de los padres contra el otro contra la persona de alguno de sus hijos.
  • Por la exposición o abandono que el padre o la madre hiciere de sus hijos, para el que los haya expuesto o abandonado; y
  • Por haber sido condenado dos o mas veces por delito del orden común, si la pena excediere de tres años de prisión por cada delito
  • También se pierde la patria  potestad cunado el hijo es adoptado por otra persona
  • Fundamento legal articulo 274del Código Civil

8. Explique dos casos en los cuales se puede restablecer al padre o a la madre en el ejercicio de la Patria Potestad:

Esta se puede restablecer a petición de parte, al padre o a la madre en el ejercicio de la patria potestad en los siguientes casos:

  • Cuando la causa o causas de la suspensión o pendida hubiere desaparecido y no fuere por cualquier delito contra las personas o los bienes de los hijos;
  • Cuando en el caso de delito cometido contra el otro cónyuge a que se refiere el inciso 3º  del artículo 274 no haya habido reincidencia y hubiere existido circunstancias atenuantes y ,

En todos los casos debe probarse la buena conducta del que se intente rehabilitar, por lo menos en los tres años anteriores a la fecha en que se presente la solicitud respectiva

  • Fundamento legal articulo 277 del Código Civil

9. Explique quienes ejercen la patria potestad cuando la madre es soltera:

Los hijos estarán en poder de la madre, salvo que ésta convenga en que pasen a poder del padre, o que sean internados en un establecimiento educativo

  • Fundamento legal articulo 261 del Código Civil

10. Enumere los derechos del menor de edad regulaos en la Convención sobre los Derechos del Niño:

  • Derecho a la vida
  • Derecho a la igualdad
  • Derecho a la Integridad Personal
  • Derecho a la Libertad, Identidad Respeto, Dignidad y Petición Art. Del 12 al 17
  • Derecho a la Familia y a la Adopción Art. 18 al 24
  • Derecho a un nivel de vida adecuado y a la salud art. Del 25 al 35
  • Derecho a la Educación, Cultura y Deporte y Recreación. Art. Del 36 al 45
  • Derecho a la protección de la niñez y adolescencia con Discapacidad-. Art. Del 46 al 49
  • Derecho a la protección Contra el Trafico ilegal, Sustracción Secuestro, Venta y Trata de niños y niñas adolescente. Art. 40.
  • Derecho a la protección contra la Explotación Económica Art. 51
  • Derecho a la protección por el uso ilícito de sustancias que produzcan dependencia. Art. 52.
  • Derecho a la protección por el maltrato. Art. Del 53 al 55
  • Derecho a la protección por la explotación y abusos sexuales . Art. 56
  • Derecho a la protección por conflicto armado. Art. 57
  • Derecho a la proyección de los niños y niñas y adolescentes refugiados. Art. 58
  • Derecho a la protección contra toda información  y material perjudicial para el bienestar de la niñez y adolescencia. Art. Del 59 al 61

  • Fundamento legal articulo 9 al 61 del Código Civil del Decreto 27-2003