Temario de Derecho constitucional y administrativo

Compartimos este temario de Derecho constitucional y administrativo que consta de 189 hojas de contenido para el fortalecimiento del conocimiento y para la preparación de la fase pública, así como de clases de semestre!

[slideshare id=4520084&doc=derechoconstitucionalyadministrativo-guatemala-100616155541-phpapp02&type=d]

si no puedes visualizar el documento te dejamos el link directo: http://es.slideshare.net/estuderecho/derecho-constitucional-yadministrativoguatemala

Que es el Estado de derecho?

La Constitución de Guatemala fue promulgada por la Asamblea Nacional Constituyente en 1985 y fue reformada luego de un referéndum en 1993. De acuerdo con la misma Guatemala es un Estado de Derecho, se organiza para proteger a la persona y a la familia, su fin supremo es la realización del bien común y su sistema de Gobierno es republicano, democrático y representativo. La soberanía reside en el pueblo y se encuentra conformado por diversos grupos étnicos entre los que figuran los grupos indígenas de ascendencia maya.
El territorio de la República se estructura en departamentos y se dividen a su vez en municipios, pero sólo estos últimos gozan de autonomía y poseen un Gobierno elegido por el pueblo.
El Estado de Derecho es aquel en donde sus autoridades se rigen, permanecen y están sometidas a un derecho vigente en lo que se conoce como un estado de derecho formal.
Éste se crea cuando toda acción social y estatal encuentra sustento en la norma; es así que el poder del Estado queda subordinado al orden jurídico vigente por cumplir con el procedimiento para su creación y es eficaz cuando se aplica en la realidad con base en el poder del estado a través de sus órganos de gobierno, creando así un ambiente de respeto absoluto del ser humano y del orden público.
Sin embargo, no basta con que exista una autoridad pública sometida al derecho. Para estar en presencia de un verdadero y auténtico Estado de derecho, el ordenamiento jurídico del respectivo estado, debe reunir una serie de características que dan origen a un estado de derecho real o material. El concepto de estado de Derecho se explica por dos nociones: El Estado de Derecho en sentido formal y el Estado de Derecho en sentido material.
PRINCIPIOS GENERALES
Debe cumplir una serie de normas:
Ley como mandato fundamental. Sobre Estado de Derecho implica el sometimiento de todos a la Ley. En el Estado de Derecho se considera que la Ley nace del Poder Legislativo y que dicho poder esta aparte del resto de poderes del Estado
Derechos y Libertades fundamentales garantizados. Cuando están especificados en la norma máxima del Estado quedan reconocidos y garantizados en un Estado de Derecho.
La Administración limitada y sujeta por la Ley. Se divide en dos cuerpos; el Gobierno de la Nación y la Administración como elemento no político compuesto por los funcionarios que la integran.
Separación de los Poderes del Estado. Los tres poderes fundamentales son:
Poder Legislativo.
Poder Ejecutivo
Poder Judicial
El término ‘Estado de derecho’ tiene su origen en la doctrina alemana del Rechtsstaat. El primero que lo utilizó como tal fue el libro La ciencia de política alemana en conformidad con los principios de los Estados de derecho (del alemán Die deutsche Polizeiwissenschaft nach den Grundsätzen des Rechtsstaates), sin embargo, la mayoría de los autores alemanes ubican el origen del concepto en la obra de Immanuel Kant. En la tradición anglosajona, el término más equivalente en términos conceptuales es el rule of law.

Fuentes: wwwestuderecho.com http://estadodederecho.blogspot.es/1259781360/principios-generales/ www.wikipedia.com

31 de mayo, Aniversario de la Creación de la Constitución Política de la República de Guatemala

Guatemala está de aniversario, arribamos a un año mas de la Creación de la Carta Magna, mejor conocida como Constitución Política de la República de Guatemala, !FELICIDADES PATRIA MÍA!

Sabes cuantos años cuantos años cumple hoy nuestra Constitución?

Introduccion a La Teoria Pura Del Derecho – Hans Kelsen

primera edición peruana de este folleto se  realizó en 1993,  gracias  al  apoyo  editorial  que  nos  brindara  ALFREDO ALPISTE.  En esa  época se  publicó el  texto,  acompañado por una bio-bibliografía de  HANS  KELSEN,

Derecho: norma o hecho; el “ser” y el

“deber ser” ….. ……………………………………………………. 19

2. El Derecho, un orden coercitivo: Los conceptos de

sanción, delito, obligación, responsabilidad, derecho;

actos coercitivos que no son sanciones ……………………. 23

3. Causalidad e imputación ………………………………………. 31

4. Norma jurídica y enunciación descriptiva del derecho …. 35

5. Conflicto de normas. Derogación ………………………….. 39

a) Conflicto de normas de la misma jerarquía

b) Conflictos de normas de difereNes jerarquías

o niveles …………………………….. ……………………… 44

6. Validez y eficacia del Derecho ………. ……………………… 49

a) Norma y hecho: norma, la significación de

un hecho “”””””””‘,,’,”””””‘” “,,”””””,,”””‘”” 49

b) La eficacia como una condición de validez ……….. 50

7. Derecho y Estado ……………………….. ……… ……………… 53

a) El Estado como una comunidad u orden

normativo ………………………….. ……………………… 53

b) El Estado como persona ……….. ……………………… 55

e) El Estado como un orden jurídico

centralizado ………………………………………………… 57

8. Derecho y Moral. Derecho y Justicia ……………………… 59

9. Positivismo jurídico y doctrina del Dnecho natural….. 63

a) La Teoría Pura del Derecho, una teoría del

positivismo jurídico ………………………………………. 63

b) La razón para la validez el Derecho de acuerdo

con la doctrina del Derecho natural………………… 64

e) Derecho natural como un Derecho inmanente

en la naturaleza ……………………………………………. 65

d) La naturaleza del hombre como fuente de

Derecho natural…………………………………………… 68

e) Conflicto entre Derecho natural y positivo ………. 70

10. La razón de validez del Derecho positivo de

acuerdo con el positivismo jurídico ………………………… 73

a) La estructura jerárquica del orden jurídico ……….. 73

b) La norma fundamental “”””””,””,,””””‘,,””””,” 75

o nivel………………………………………………………… 41

Teoría del sistema jurídico según Hans Kelsen

Teoría del sistema jurídico según Hans Kelsen!

•Kelsen es el fundador de la teoría pura del Derecho, doctrina de extraordinaria resonancia en el pensamiento jurídico de las últimas décadas, en especial en la Europa continental, con la cual su autor pretendió devolver a la ciencia jurídica su carácter de ciencia, en el más riguroso sentido de la palabra, y restaurar la pureza del objeto, propio de esta ciencia, el derecho. En su intento de conferir al sistema jurídico una absoluta independencia y autosuficiencia, Hans Kelsen  defendió una visión positivista (o iuspositivista), realizando un análisis del Derecho como un fenómeno autónomo de consideraciones ideológicas o morales, del cual excluyó cualquier idea de derecho natural.

http://es.scribd.com/doc/56020577/TEORIA-DE-KELSEN

Laboratorio de Derecho Constitucional

Hola amigos, compartimos este laboratorio de 39 preguntas de derecho constitucional enviado por un colaborador del sitio, descarga y visualiza el documento completo en:

https://www.dropbox.com/s/iatjswi414ewmsq/LABORATORIO%20%204%20Derecho%20Const.doc

Una muestra:

1. ESTA DISCIPLINA DELINEA UNA SERIE DE PRINCIPIOS, CONCEPTOS, NORMAS E
INSTITUCIONES QUE SE HALLAN EN LOS VARIOS DERECHOS POSITIVOS, CON EL FIN DE
QUE CADA ESTADO PUEDA CLASIFICARLOS Y SISTEMATIZARLOS PARA PONERLOS EN
PRACTICA EN ESA SOCIEDAD, QUE NOMBRE RECIBE.
DERECHO COMPARADO
2. ES UN CONJUNTO DE NORMAS JURIDICAS CONSTITUCIONALES QUE SE ENCUENTRAN
VIGENTES EN UN ESTADO DETERMINADO, QUÉ NOMBRE RECIBEN.
DERECHO CONSTITUCIONAL
3. ESTE DERECHO TRATA DE CONTROLAR LAS SIMILITUDES Y DIFERENCIAS ENTRE LAS
NORMAS CONSTITUCIONALES DE DIFERENTES ESTADOS, SISTEMAS POLÍTICOS, SISTEMAS
DE ORGANIZACIÓN DE GOBIERNO, DIFERENCIAS IDEOLOGICAS. QUE NOMBRE RECIBE.
DERECHO COMPARADO
4. ES EL DOCUMENTO QUE EN UNA FORMA ORDENADA Y SISTEMATICA CONTIENE LAS
NORMAS FUNDAMENTALES DEL ESTADO.
la constitución política de la republica de Guatemala.
5. ES EL CONJUNTO DE TODAS LAS LEYES, MEDIANTE LAS QUE SE ESTABLECEN NO SOLO LA
FORMA DE GOBIERNO, SINO LAS MODALIDADES PRECISAS PARA FUNCIONAR LOS
DIVERSOS PODERES PUBLICOS.
ORDENAMIENTO JURIDICO

Procedimiento legislativo en Guatemala

Fuente: http://es.wikipedia.org/wiki/Procedimiento_legislativo

El proceso o procedimiento legislativo tiene su base legal en los artículos del 174 al 181 de la Constitución Política de la República y la Ley Orgánica del Organismo Legislativo,Decreto Legislativo 63-94 y su reglamento respectivo. Este proceso es de la siguiente forma:3

Iniciativa de Ley: Consiste en el acto por el cual determinados órganos del Estado someten a consideración del Congreso de la República un proyecto de ley. El artículo 174 de la Constitución establece a los siguientes órganos facultados para hacerlo:

El artículo 176 de la Constitución establece la presentación.

Los pasos que incluye esta etapa son:

  • 1.Presentación de la iniciativa o proyecto de ley (Art. 109 de la Ley Orgánica del Organismo Legislativo).
  • 1.1. Redactado en forma de decreto separando la parte considerativa de la dispositiva.
  • 1.2. Acompañado de estudios técnicos y documentos.
  • 1.3. Por escrito y en forma digital.
  • 1.4. Se presenta a la Dirección Legislativa.
  • 2. La Dirección Legislativa le da lectura a la exposición de motivos ante el Pleno Legislativo.
  • 3. El Pleno Legislativo remite el proyecto o iniciativa de ley a la Comisión de Trabajo respectiva.
  • 4. La Comisión de Trabajo estudia el proyecto o iniciativa de ley.
  • 4.1. La comisión puede proponer enmiendas.
  • 4.2. La comisión da su dictamen que puede ser favorable o desfavorable.
  • 5. La comisión retorna el proyecto con dictamen y enmienda a la Dirección Legislativa en 45 días.
  • 6. Difusión del proyecto o iniciativa de ley.

Discusión: Deliberación por el Pleno del Congreso en tres sesiones en distintos días. Establecido en el artículo 176 de la Constitución.

Los pasos que incluye esta etapa son:

  • 7. Discusión del proyecto o iniciativa de ley: La discusión de proyecto o iniciativa de ley se lleva a cabo en tres debates:
  • Primer y Segundo Debate: Se discute en términos generales la importancia y constitucionalidad del proyecto o iniciativa de ley.
  • Tercer Debate: Se da la votación para determinar si se conoce artículo por artículo.
  • 8. Aprobación por artículos.
  • 9. Aprobación de la redacción final.

Aprobación: Lo hace la Junta Directiva del Congreso, con un plazo de 10 días para enviarlo al Ejecutivo para su sanción. Lo establece el artículo 177 de la Constitución.

Los pasos que incluye esta etapa son:

  • 10. Remisión del decreto al Organismo Ejecutivo dentro de los 10 días de su remisión de la aprobación de la redacción final.

Sanción:Aceptación por el Ejecutivo. Se da luego de la aprobación. Plazo 15 días previo acuerdo de Consejo de Ministros y este puede devolverlo al Congreso con observaciones. esta facultad no es absoluta cuando se da el desacuerdo de dos ministros. Lo establece el artículo 177 de la Constitución. Además deben observarse también los artículos 178 y 179.

Los pasos que incluye son:

  • 11. Sanción: Es la aceptación que hace el Presidente de un decreto aprobado el Congreso. Se hace dentro de los 15 días después de enviado el decreto. La Sanción puede ser: Expresa o Tácita.

Tácita: Si transcurre el plazo y el Ejecutivo no devuelve el decreto, o no lo sanciona, o lo veta.

Veto: En este caso se considera sancionado el decreto en forma tácita.

Publicación: Dar a conocer la ley a quienes deban cumplirla. Los estable la Constitución en sus artículos 177 y 179.

  • 12. Promulgación: Es la orden solemne emitida por el Presidente de la República o en su defecto por el Congreso de que sea cumplida una ley en el país.
  • 13. Publicación: Es la que se realiza en el Diario Oficial de Centro América para poder dar a conocer a la población la ley que entrará en vigencia.
  • 14. Vacatio Legis: Es el período que se da entre la publicación y la fecha en que entra en vigencia la ley, y que tiene por objeto que la población de Guatemala pueda leer la ley para que puedan saber de que se trata y así poder prepararse para su cumplimiento.

Vigencia: Ocho días después de su publicación en el diario oficial a menos que la ley restrinja el plazo. Lo establece el artículo 180 de la Constitución.

15. Vigencia de la Ley: Es la vida de una ley la cual puede ser determinada o indeterminada. Es cuando la ley se vuelve aplicable, esto sucede ocho días después de su publicación o cuando lo establezca la misma ley.

Véase también [editar]

Referencias [editar]

Se ha generado el documento en PDF. Descarga el archivo.

Constituciones Nacionales de todos los países de América Latina

PRESENTACIÓN

Esta página ofrece las versiones íntegras de las Constituciones Nacionales de todos los países de América Latina, reproduciendo, en cada caso, la versión vigente a julio de 2004. El objetivo de su reproducción es permitir a los interesados la posibilidad de disponer de un instrumento central para dar cuenta de la institucionalización político-jurídico definida por cada país

INDICE

Argentina Bolivia Brasil Chile Colombia
Costa Rica Cuba Dominicana Ecuador El Salvador
Guatemala Haití Honduras México Nicaragua
Panamá Paraguay Perú Puerto Rico Uruguay
Venezuela

Fuente: facultad de Ciencias Sociales, Universidad de Buenos Aires, Argentina. -UBA-

Documentos de apoyo sobre Derecho Constitucional

Ingresa a nuestro repositorio  doctrinario en el que  encontrarás una recopilación de documentos sobre Derecho Constitucional, los cuales podrán servirte para los cursos de Derecho Constitucional y tambien para tu preparación del examen técnico profesional en el área pública, así como para reforzar tus conocimientos de cultura general, adelante y a disfrutar

https://www.dropbox.com/sh/om07nqkykwq9d33/aG5xbSIfqc