Antejuicios contra Baldetti a la vuelta de la esquina

Al ser consultados abogados litigantes y constitucionalistas en torno a la situación jurídica de la vicepresidenta de la república, Roxana Baldetti, por el escándalo de la red “La Línea” – que ha operado en la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) – concluyen en que la segunda en el mando del país se involucró en delitos desde su estancia en el país asiático.

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Las controvertidas declaraciones de la alta funcionaria de gobierno y diversas conclusiones del viaje a Corea del Sur junto a su secretario privado, Juan Carlos Monzón, según estos expertos, hacen pensar que Baldetti ha caído en ilegalidades.

El abogado litigante, Miguel Santiago Molina, afirma que los delitos que cometió Baldetti son: obstrucción a la justicia – al prevenir y facilitar la fuga de su secretario privado, y abuso de autoridad, si se comprueba que no registró en la Dirección General de Migración su salida y su entrada, entre otros.

También afirma el abogado, que el director general de migración asimismo puede ser objeto de denuncias penales para aclarar su situación al obviar el centro de control migratorio para la funcionaria.

Por otra parte, el constitucionalista Gabriel Orellana Rojas dice que fue anómalo el procedimiento desesperado de la vicepresidenta en Corea del Sur al destituir por teléfono a su secretario privado, ya que debió de hacerlo por escrito y con un procedimiento administrativo específicos, y eso da lugar a que no existan documentos escritos de esta acción gubernamental.  “La vice presidenta incurrió en una serie de omisiones legales bien gruesas” apunta el experto en derecho internacional.

Los delitos, según Orellana, por de pronto son encubrimiento propio, e incumplimiento de funciones constitucionales, ya que lo debió hacer en el país asiático era enviar una notificación por escrito a la embajada de Guatemala en Seúl, Corea del Sur, para que se certificara y no se dejara salir del país a su secretario privado, sino ordenarle que regresara a Guatemala a solventar su situación legal.

A criterio del entrevistado, “lo que hizo (Baldetti) fue decirle ‘andate y escóndete’ y con esto le facilito la fuga”. ‘Aquí y en China o donde quieran, son delitos muy graves’ opinaron otros expertos. Por: Rubén Escalante

Fuente: http://lanoticiaenguatemala.com/antejuicios-contra-baldetti-a-la-vuelta-de-la-esquina/

ONU dispuesta a apoyar continuidad de la CICIG

El Secretario general de Naciones Unidas dijo el lunes que la entidad está lista para continuar trabajando con Guatemala a través de la Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala (Cicig), que ha estado investigando las redes criminales incrustadas en el país centroamericano.

Se espera que el presidente guatemalteco Otto Pérez Molina anuncie la decisión de ampliar o no el mandato, por dos años más, a finales de abril.

La oficina del jefe de la ONU, Ban Ki-moon, dijo en un comunicado que la participación de la comisión se ha renovado tres veces y que el organismo mundial respondería “favorablemente” a una petición de otra extensión.

Fuente: Prensa Libre, el Periodico, Guatemala

Marco legal Salud Pública Guatemala

En congruencia con lo normado en los preceptos y en lo que establecen los artículos 224 de la Constitución Política de la República de Guatemala y 11 del Código de Salud, es preciso descentralizar y desconcentrar la organización y administración de los programas y servicios de promoción, prevención, recuperación y rehabilitación de la salud, con el fin de favorecer el acceso de los mismos a la población y aumentar su cobertura y calidad.

Fechas para Acto de Graduación de Derecho de la USAC 2015

  • La Unidad de Exámenes Públicos de Tesis de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la USAC informa a todos los estudiantes interesados en obtener fechas para su Acto de Graduación, LA ULTIMA FECHA DE ASIGNACIÓN  DEL SEMESTRE es el día Martes 05 de Mayo del 2015Deben presentarse:
  • A partir de las 14:00 horas, en la Oficina 230 (Unidad de Exámenes Públicos) del Edificio S-7: Donde deberán presentar su TESIS AUTORIZADA, la cual será revisada para tomarlos en cuenta para las fechas que se habilitarán.
  • Y a las 17:00 horas, en la Sala de Juicios del Edificio S-7: Quienes previamente presentaron su Tesis autorizada, se les estará asignando fecha de Graduación.
  • Fuente: http://www.derecho.usac.edu.gt/?q=node/320

Advierten de estafas en Internet en Guatemala

Ante la falta de una ley que condene los delitos informáticos en Guatemala, los delincuentes utilizan la Internet para estafar a los ciudadanos guatemaltecos e instituciones financieras en el país. 

Así como la tecnología avanza, las estrategias para delinquir también. Ahora los malhechores en Guatemala están utilizando la Internet para llevar a cabo sus actos delictivos como estafas, fraudes y robos de identidad vía electrónica tanto a personas particulares como instituciones financieras.

Según las autoridades guatemaltecas estos delitos informáticos no solo los cometen las personas que viven en el país, sino otras que están fuera de Guatemala, por ello, es importante que exista una legislación a nivel internacional que lo condene.

Sin embargo, el especialista en seguridad informática, Víctor Peñaloza, dice que en el país debe existir una legislación seria que castigue este tipo de casos y también es necesario que las empresas mejoren sus protocolos de seguridad.

Mientras que este flagelo continúa en aumento, la iniciativa de ley de Delitos Informáticos que tiene como objetivo dar protección a la información de las personas que se almacena, espera aún en el Congreso de Guatemala.

Desde el 18 de agosto de 2009 la iniciativa de ley fue conocida por los parlamentarios y enviada a una Comisión, donde recibió un dictamen favorable, pero hasta a la fecha está, se encuentra engavetada en el congreso de Guatemala. Mientras los guatemaltecos continúan siendo víctimas de estafas y fraudes en la Internet.

Héctor Chinchilla, Ciudad de Guatemala

Fuente: Emisoras Unidas 89.7 FM

Cuanto vale el voto de un Diputado para ampliar el período presidencial?

Como decían nuestros abuelitos “Cuando el rió truena es por que piedras lleva”  Los últimos días han mostrado tensión ante especulaciones sobre la ampliación de un mandato presidencial o como otros lo llaman una “Reelección” y todo cabe dentro de lo posible, pues el Pueblo es el último en enterarse de todo, como siempre, así que en las manos de nuestros representantes está el futuro de Guatemala con los sorpresivos prestamos y ahora con el tema de la ampliación del periodo presidencial, objeto del presente artículo.

 

Más allá de la opaca (pésimo trabajo) administración presidencial, y ante la premisa que no se le puede dar continuidad a los proyectos o políticas de gobierno, surge el planteamiento de una ampliación, pero este proceso tiene repercusiones a todo nivel, social, cultural, político, mercantil/financiero, y por ende serios focos de pobreza y endeudamiento, es decir un gasto para cada guatemalteco, y un posible soborno para los que forman parte del organismo legislativo, para el efecto citamos una entrevista realizada a la congresista Delia Bac.

 

Al preguntarle su opinión acerca de la posibilidad de que se presente una iniciativa de ley para ampliar el período presidencial, la diputada Delia Bac, indicó que lo primero que desea es que Pérez Molina se vaya, ya que su gobierno es nefasto y corrupto, y sus ministros y secretarios son un “atajo de ladrones”.

Al conversar acerca de las pretensiones del gobierno actual de reelegirse o de prolongar el período, respondió que a cada diputado le están ofreciendo un millón de dólares para que voten por la reelección; la Diputada Bac, de la bancada LIDER, le manda un mensaje al diputado Fernández Chenal, sub jefe de la bancada del Partido Patriota: “yo no me voy a vender por un millón de dólares, ni le voy a hacer esto al pueblo de Guatemala que está llorando sangre”.

Pide que los diputados oficialistas se retiren ya que no han cumplido con ninguna política de estado.

Dice la diputada Bac que el gobierno ha lanzado varios “globos al aire” y esto podría ser uno más, pero es necesario estar atentos porque podemos estar frente a un auto golpe de estado. Alejandra Castillo, Rubén Escalante, Luis Echeverría

Fuente:http://lanoticiaenguatemala.com/diputada-delia-bac-de-lider-dice-que-ofrecen-un-millon-de-dolares-cada-diputado-por-voto-favor-de-prolongacion-de-periodo/

Juzgue usted la veracidad o autenticidad de las declaraciones, al igual que como el poder puede cegar a ciertas personas para afianzarse en el poder y vaciar las arcas del estado, además le invito a dar lectura a los siguientes Extractos del Código Penal.

TITULO XII
DE LOS DELITOS CONTRA EL ORDEN INSTITUCIONAL
CAPITULO I
DE LOS DELITOS CONTRA LA CONSTITUCIÓN
VIOLACIÓN A LA CONSTITUCIÓN
ARTICULO 381. Será sancionado con prisión de tres a diez años:
 
1o. Quien ejecutare actos que tiendan directamente a variar, reformar o sustituir, total o parcialmente la Constitución de la República por medios no autorizados por el ordenamiento constitucional.
 
2o. Quien ejecutare actos no autorizados por el ordenamiento constitucional que tiendan directamente a limitar o reducir, en todo o en parte, las facultades que la Constitución otorga a los organismos del Estado.
 
3o. Quien mediante actos de similar naturaleza indicados en los dos incisos anteriores, tienda a variar el régimen establecido en la Constitución de la República, para la sucesión en el cargo de Presidente de la República.
 
 
CAPITULO III
DE LOS DELITOS CONTRA EL ORDEN POLITICO INTERNO DEL ESTADO
SEDICIÓN
ARTICULO 387. Cometen el delito de sedición quienes, sin desconocer la autoridad del Gobierno constituido, se alzaren pública y tumultuariamente para conseguir con violencia, cualquiera de los objetos siguientes:
 
1o. Deponer a alguno o algunos de los funcionarios o empleados públicos o impedir que tomen posesión de su cargo quienes hayan sido legítimamente nombrados o electos.
 
2o. Impedir, por actos directos, la promulgación o ejecución de las leyes o de resoluciones judiciales o administrativas.
 
3o. Ejercer actos de odio o venganza en la persona o bienes de alguna autoridad o de sus agentes.
 
4o. Ejercer, con fines políticos o sociales, algún acto de coacción contra los particulares, contra una clase social o contra las pertenencias del Estado o de alguna entidad pública.
 
5o. Allanar los centros penales o lugares de detención o atacar a quienes conducen presos o detenidos de un lugar a otro, para liberarlos o maltratarlos.
Los instigadores, dirigentes o cabecillas del delito de sedición, serán sancionados con prisión de uno a cinco años y multa de cien a dos mil quetzales.
Los meros ejecutores de la sedición serán sancionados por prisión de seis meses a dos años.

Deuda Interna y Externa del país

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A solicitud de algunos amigos lectores, publicamos los datos de la deuda pública de Guatemala. Datos del Banco de Guatemala.

Deuda Pública

Qué son las Capitulaciones Matrimoniales?

¿Qué son las Capitulaciones Matrimoniales?

Las capitulaciones matrimoniales son los pactos que otorgan los contrayentes para establecer y regular el régimen económico del matrimonio.

¿Cuáles son los requisitos de Inscripción de Capitulaciones Matrimoniales?

  • Testimonio de la Escritura Pública de Capitulaciones Matrimoniales
  • Duplicado firmado y sellado

¿Cuáles son los requisitos de Inscripción de Modificación del Régimen Económico del Matrimonio?

  • Testimonio de la Escritura Pública de modificación de Capitulaciones Matrimoniales
  • Duplicado firmado y sellado en original

Inscripción de Matrimonio Consular a través del Ministerio de Relaciones Exteriores

Normas específicas
  • Se realizará únicamente en la oficina del Registro Civil de las Personas Metropolitano, por medio del Formulario enviado por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
  • El matrimonio de guatemaltecos celebrado en el extranjero, deberá notificarse al Consulado o Misión Diplomática de Guatemala del país o estado en el cual se celebró.
  • El Ministerio de Relaciones Exteriores por medio de la Dirección de Asuntos Consulares, debe remitir al Registro Civil de las Personas Metropolitano, los listados y formularios de solicitud de inscripción de matrimonios.
  • La solicitud de inscripción de matrimonio consular deberá contar con las firmas de los contrayentes y la del Cónsul o el funcionario responsable.
Requisitos
  1. Listado en original y duplicado que contiene el detalle de los formularios adjuntos.
  2. Formularios remitidos por Servicios Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Inscripción de Matrimonio

¿Qué es el Matrimonio?

Según el Artículo 78 del Decreto Ley No. 106 Código Civil: Es una Institución social por la que un hombre y una mujer se unen legalmente, con ánimo de permanencia y con el fin de convivir juntos, procrear, alimentar y educar a sus hijos y auxiliarse entre sí.

El matrimonio visto como un contrato, constituye un acuerdo de voluntades entre dos personas a esta teoría es que el contrato crea derechos y obligaciones de carácter económico, mientras que el matrimonio genera derechos y obligaciones de carácter moral.

Normas específicas para la Inscripción de Matrimonio

Matrimonio entre menores de edad debe cumplir con lo siguiente:

  • La autorización de los padres para la celebración del acto
  • Certificación de nacimiento del o la menor de edad
  • Documento Personal de Identificación o cédula de vecindad de los padres de los menores
  • En el aviso circunstanciado, el notario hará constar que comparecieron los padres, quienes autorizaron el matrimonio.
  • Inscripción de Matrimonio Notarial y por Ministro de Culto o Iglesia

    Normas específicas
    • El notario debe presentar para efectos de su registro, el aviso circunstanciado de matrimonio en el Registro Civil de las Personas de la circunscripción municipal donde se haya celebrado el mismo, en un plazo no mayor a 30 días, en original y duplicado.
    • En el aviso debe consignarse si se celebraron capitulaciones matrimoniales
    Requisitos:
    1. Aviso Circunstanciado, en original y copia
    2. Debe consignarse en el aviso, si se celebraron o no capitulaciones matrimoniales y si fuera el caso, identificar el documento en el cual se celebraron.
    3. En caso de matrimonio de menores de edad, debe consignarse el tipo de autorización obtenida para la celebración del acto.
    4. Realizarlo dentro del plazo que establece la ley

    Sí se realiza la inscripción de fuera del tiempo establecido debe pagarse una multa de Q.1.00

  • Inscripción de Matrimonio Municipal

  • Inscripción de Matrimonio Extemporáneo Notarial o de Ministro de Culto

    • Inscripción de Matrimonio Consular a través del Ministerio de Relaciones Exteriores

    • Inscripción de Matrimonio Consular por la vía Notarial

  • Fuente: RENAP: http://www.renap.gob.gt/inscripcion-de-matrimonio