Glosario sobre contrataciones del Estado en Guatemala

Buen dia estimados lectores!

Para quienes día a día hacemos vida en materia de contrataciones del Estado en los ámbitos tecnico y/ jurídico, nos es necesario ampliar nuestro vocabulario para una mejor interpretación y aplicación de la Ley de Contrataciones del Estado y sus reformas así como su Reglamento y otras disposiciones complementarias emitidas por la Dirección General de Adquisiciones del Estado. Por lo anterior, compartimos este glosario para que puedan ampliar sus conocimiento o interpretación al consultar las bases de procesos de cotización, licitación, compras directas, etc.

ACLARACIÓN: Son las respuestas que brindan las unidades ejecutoras a las solicitudes de aclaración que efectúan las personas interesadas sobre el contenido de las bases de un concurso público.

ADJUDICACIÓN APROBADA: Es la aprobación de la actuación de la Junta, realizada por la autoridad máxima.

ADJUDICACIÓN DEFINITIVA: Se entenderá que la adjudicación es definitiva, cuando ha transcurrido el plazo señalado en el artículo 101 de la Ley de Contrataciones del Estado sin que se hubiera interpuesto recurso alguno, o habiéndose interpuesto éste, fue resuelto y debidamente notificado.

ADJUDICATARIO: Oferente a quien se le ha adjudicado la negociación.

BASES: Es el presente documento, mediante el cual se establecen los requisitos técnicos, financieros, legales y demás condiciones de la negociación, que, conforme a la ley, deberá cumplir los oferentes para presentar sus ofertas en el proceso de contratación pública.

CONTRATISTA: Persona individual o jurídica, nacional o extranjera, debidamente inscrita y precalificada en el Registro General de Adquisiciones del Estado -RGAE-, según corresponda; con quien se suscribe un contrato…

CONTRATO: Instrumento legal escrito, en el cual se estipulan los derechos y obligaciones que rigen la contratación y las relaciones entre “la entidad contratante” y el contratista, que surgen de los documentos técnicos y legales que integran el proceso de contratación.

DISPOSICIONES ESPECIALES: Es el documento que contiene las características específicas, necesidades, estructura u objetivos adicionales que requiera la entidad según el objeto de la negociación, utilizados para complementar las bases, especificaciones técnicas y/o términos de referencia.

DOCUMENTOS DE COTIZACIÓN O LICITACIÓN (DOCUMENTOS DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN): Son los documentos a que hace referencia el artículo 18 de la Ley de Contrataciones del Estado, necesarios para llevar a cabo la cotización o licitación pública, según corresponda e incluyen, según el caso, lo siguiente: bases, especificaciones generales, especificaciones técnicas, disposiciones especiales y planos de construcción, podrán elaborarse según su naturaleza y objeto de la contratación, debiendo en todo caso ser congruentes con las necesidades que motivan la contratación.

 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS: Es el documento en el que se establecen las características, requisitos, normas, exigencias o procedimientos de tipo técnico que debe reunir un producto, servicio o sistema, requeridos en los procesos de contratación para:

  1. El diseño, construcción, mantenimiento u operación de obras;
  2. La adquisición de bienes o suministros; o
  3. La prestación de servicios.

ESPECIALIDAD: Es la calificación que otorga el Registro General de Adquisiciones del Estado, mediante el cual se acredita un contratista o proveedor del Estado, para participar en las modalidades de Licitación, Cotización, Subasta Electrónica Inversa, Contrato Abierto y los casos de excepción contemplados en la Ley de Contrataciones de Estado, con base en la Clasificación Industrial Internacional Uniforme -CIIU- de la Organización de Naciones Unidas -ONU-.

EXPERIENCIA: Es el criterio de calificación de ofertas contenido en las bases, consistente en un conjunto de conocimientos, preparación técnica o habilidades comprobables, generales o específicas, para determinar la oferta más favorable para los intereses del Estado según el objeto de contratación.

JUNTA DE COTIZACIÓN O LICITACIÓN: Único órgano competente para recibir, calificar ofertas y adjudicar el negocio, se integra por 3 miembros titulares y 2 suplentes; actúa en forma colegiada y es autónoma en sus decisiones; es nombrada por el Comité Técnico, y dentro del presente documento se le denominará la Junta.

MODIFICACIÓN: Documento presentado por el solicitante, en el curso de la cotización o licitación, según sea el caso; y antes de la presentación de ofertas, el cual se da por iniciativa propia o derivado de una solicitud de aclaración recibida; dicho documento modifica y/o amplía el contenido de las bases y debe ser aprobado por la Autoridad Superior; a partir de la publicación de la modificación, las personas interesadas contarán con un plazo no menor de 8 días hábiles para presentar sus ofertas.

MONTO O VALOR TOTAL DE LA NEGOCIACIÓN: Es el valor de contratación de obras, bienes, suministros o servicio con el Impuesto al Valor Agregado (IVA) incluido.

OFERENTE: Persona individual o jurídica, nacional o extranjera, que presenta una oferta.

OFERTA: Propuesta presentada por cada oferente, la cual deberá incluir los aspectos técnicos, económicos y legales, de acuerdo con lo solicitado en las presentes bases.

OFERTA ECONÓMICA: Es la propuesta económica expresada a través de un precio o de un valor, que realiza un proveedor en toda modalidad de adquisición regulada en la ley.

PLAZO CONTRACTUAL: Período computado en días calendario, meses o años de que dispone el contratista para el cumplimiento del objeto del contrato.

PLICA: Sobre cerrado y sellado en que se reserva algún documento que no debe publicarse hasta fecha u ocasión determinada.

PRECIO CERRADO: Es el valor pecuniario de una negociación, que no está sujeto a variaciones del monto contratado de conformidad con los requisitos y condiciones establecidos por la entidad contratante en las bases y en el contrato respectivo.

REGISTRO GENERAL DE ADQUISICIONES DEL ESTADO: Registro adscrito al Ministerio de Finanzas Públicas, que tiene por objeto registrar a las personas individuales o jurídicas, nacionales o extranjeras, para poder ser habilitadas como contratistas o proveedores del Estado, en las modalidades de adquisición pública establecidas en la ley de la materia.  Es responsable del control, actualización, vigencia, seguridad, certeza y publicidad de la información y derechos de las personas inscritas.

SISTEMA GUATECOMPRAS: Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, para la transparencia y eficiencia de las adquisiciones públicas, en el cual se publica la información relativa a todas las fases del proceso de adquisición pública, proveyendo la herramienta necesaria para que dicha información sea publicada y suministrada en forma completa y oportuna; el cual funciona a través de la dirección de internet www.guatecompras.gt.

SOLICITANTE: Dirección, Coordinación, Departamento, etc., que requiere una adquisición pública. Es el responsable de elaborar los documentos de adquisición y verificar que exista disponibilidad presupuestaria y que el objeto de la contratación esté incluido dentro del Plan Operativo Anual -POA- y el Plan Anual de Compras -PAC-, así como de supervisar y dar seguimiento al cumplimiento del contrato, debiendo implementar las actividades de control y monitoreo que correspondan, nombrando para el efecto al personal idóneo.

SUPERVISOR : Persona con experiencia o conocimiento suficiente sobre el objeto de la contratación, nombrado por la Dirección solicitante y es el responsable de velar por el cumplimiento de lo establecido en el contrato y demás documentos de cotización o licitación, según corresponda.

VIGENCIA DEL CONTRATO: Período comprendido de la fecha de aprobación del contrato a la fecha de aprobación de la liquidación del mismo.

Material de Cortesía por.

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