Inscripción de Matrimonio Consular a través del Ministerio de Relaciones Exteriores

Normas específicas
  • Se realizará únicamente en la oficina del Registro Civil de las Personas Metropolitano, por medio del Formulario enviado por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
  • El matrimonio de guatemaltecos celebrado en el extranjero, deberá notificarse al Consulado o Misión Diplomática de Guatemala del país o estado en el cual se celebró.
  • El Ministerio de Relaciones Exteriores por medio de la Dirección de Asuntos Consulares, debe remitir al Registro Civil de las Personas Metropolitano, los listados y formularios de solicitud de inscripción de matrimonios.
  • La solicitud de inscripción de matrimonio consular deberá contar con las firmas de los contrayentes y la del Cónsul o el funcionario responsable.
Requisitos
  1. Listado en original y duplicado que contiene el detalle de los formularios adjuntos.
  2. Formularios remitidos por Servicios Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores.

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