CAUCA IV y su Reglamento

El Código Aduanero Uniforme Centroamericano IV (CAUCA) fue  aprobado por medio de la Resolución número 223-2008 del Consejo de Ministros de Integración Económica (COMIECO), el 25 de abril de 2008.  (Si desea consultar la resolución dar clic sobre el nombre de la misma)

Puede consultarlos acá:

  • Código Aduanero Uniforme Centroamericano IV  -CAUCA IV-
  • Reglamento del Código Aduenro Uniforme Centroamericano IV  -RECAUCA IV-

Fuente: http://portal.sat.gob.gt/sitio/index.php/tramites-o-gestiones/aduanas/30-legislaci-normativa-aduanera/7867-cauca-iv-y-su-reglamento.html

Qué es Aduana sin Papeles de la SAT?

Es el proyecto desarrollado por SAT, que incorpora nuevas tecnologías para la digitalización de documentos de soporte de las declaraciones de mercancías, logrando la eliminación progresiva del uso de papel.

En su primera fase se implementará en los procesos de despacho de las Aduanas del País,

Objetivos

  • Reducir tiempos en procesos de despacho aduaneros.
  • Eliminar el uso de papel en un 90%.
  • Fortalecer la capacidad de gestión del Servicio Aduanero.
  • Integrar los documentos digitalizados.
  • Dar autenticidad a los documentos electrónicos.
  • Mejorar en la recaudación a través procesos eficientes.
  • Contribuir con la competitividad del país a través de procesos de comercio exterior ágiles.

 

Sus pilares:

  • Procesos y procedimientos
  • Uso de tecnología
  • Cambio cultural (Visión ecológica de reciclado y disminución del uso del papel)
  • Relación Aduana-Empresa
  • Relación Aduana-Otras instituciones públicas

 

Alcance:

La primera etapa del proyecto “Aduanas sin papeles” iniciará en la Aduana Puerto Barrios, en el proceso de despacho de declaraciones de mercancías régimen 23-ID, clases 10 y 36.  Progresivamente se incorporarán los demás regímenes.

Es un proyecto que se implementará progresivamente en todos los procesos y en todas las aduanas del país.

Cualquier duda al respecto, pueden escribir un correo electrónico a: aduanasinpapeles@sat.gob.gt

Para conocer más acerca del Proyecto Aduana Sin Papeles, lo invitamos a descargar:

¿Qué es la Aduana sin Papeles? 

Resolución de Intendencia de Aduanas que da vida a la Aduana Sin Papeles

Guía para el Registro y Consulta de Documentos Digitalizados

Instructivo para el Despacho de Mercancías con Documentos Digitalizados

Requerimientos técnicos para digitalización de documentos

 

Pasos para inscribirte a Clínicas y pasantías del Bufete Popular de la USAC!

(hacemos la aclaración que este es un artículo informativo, no tenemos ninguna relación ni vinculo con el Bufete Popular de la Universidad de San Carlos de Guatemala)

  • Inscripción en el área Civil:
  • Dirigirse a la oficina número # 5
  • Presentar el recibo de Q5.00 del área civil
  • Presentar fotografía reciente
  • Presentar el Certificado de Cursos Aprobados de Derecho Procesal Civil I y Derecho Procesal Civil II
  • Llenar el formulario correspondiente
  • Si es inscripción para clínica: asignarse un caso civil
  • Con el recibo de Q5.00 debidamente razonado (sello del área) sacar copia del recibo de los 2 lados
  • Dirigirse a la oficina número # 14; presentar en dicha oficina los siguientes requisitos:
  •  Fotografía reciente
  • Fotocopia de Cédula de Vecindad completa
  • Fotocopia de recibo de la Universidad de San Carlos del año correspondiente (Q.91.00)
  • Recibo de inscripción del ramo correspondiente (Q.5.00)
  • Fotocopia de Certificación de Cursos Aprobados (cursos procesales y civiles aprobados)
  • Pasantía diaria: Presentar constancia de no tener casos asignados. Dirigir la carta hacia el Lic. Otto Arenas Hernández, Director del Bufete Popular
  • Pasantía diaria: Si no es inscripción por convocatoria, presentar oficio del juzgado o lugar donde realizará la pasantía que lo aceptaron en dicho lugar.
  • Clínica: Presentar copia del caso asignado
  • Inscripción en el área Laboral:
  • Dirigirse a la oficina número # 15
  • Presentar el recibo de Q5.00 del área laboral
  • Presentar fotografía reciente
  • Presentar certificado de cursos con los cursos aprobados de Derecho Procesal del Trabajo I y Derecho Procesal del Trabajo II
  • Llenar formulario correspondiente proporcionado por la oficina
  • Si es inscripción para clínica: asignarse un caso laboral
  • Con el recibo de Q5.00 debidamente razonado (sello del área) sacar copia del recibo de los 2 lados
  • Dirigirse a la oficina número # 14; presentar en dicha oficina los siguientes requisitos:
  •  Fotografía reciente
  • Fotocopia de cédula completa
  • Fotocopia de recibo de la Universidad de San Carlos del año correspondiente (Q.91.00)
  • Recibo de inscripción  del área laboral (Q.5.00)
  • Fotocopia de Certificación de Cursos Aprobados (cursos procesales del trabajo aprobados)
  • Pasantía diaria: Presentar constancia de no tener casos asignados. Dirigir la carta hacia la licenciada Ana María Artola
  • Pasantía diaria: Si no es inscripción por convocatoria, presentar oficio del juzgado o lugar donde realizará la pasantía que lo aceptaron en dicho lugar.
  • Clínica: Presentar copia del caso asignado.
  • Inscripción en el área Penal:
  • Dirigirse a la oficina # 13
  • Requisitos para inscripción de clínicas:

Fotografía reciente
Fotocopia de Cédula de Vecindad
Fotocopia del recibo de los Q5.00 del área penal
Fotocopia de Certificación de Cursos Aprobados

  • Requisitos para inscripción de pasantías:

Fotografía reciente
Fotocopia de cedula
Fotocopia del recibo de los Q5.00 del área penal
Fotocopia de certificación de cursos

Pasantías: acta del juzgado donde realizará la pasantía

  • Dirigirse a la oficina número # 14 en el caso de que realice pasantía y presentar en dicha oficina los siguientes requisitos:
    • Fotografía reciente
    • Fotocopia de cédula completa
    • Fotocopia de recibo de la Universidad de San Carlos del año correspondiente (Q.91.00)
    • Recibo de inscripción del área penal (Q.5.00)
    • Fotocopia de Certificación de Cursos Aprobados (cursos procesales penales aprobados)
  • Pasantía diaria: Si no es inscripción por convocatoria, presentar oficio del juzgado o lugar donde realizará la pasantía que lo aceptaron en dicho lugar.
  • Fuente: http://bufetepopular.usac.edu.gt/inscripciones_bufetepopular.html

Para consultar las instituciones del Estado

haga click en los íconos siguientes

Ministerio Público

Procuraduría General de la Nación

Corte Suprema de Justicia

Corte de Constitucionalidad

Procuraduría de los Derechos Humanos

Ministerio de Relaciones Exteriores

Ministerio de Trabajo y Prevision Social

Renap

Ministerio de Educación

Ministerio de Gobernación

Defensoría Pública Penal

inacif

Que es el DMCA? (Digital Millennium Copyright Act)

El tema de Derecho de autor sigue en auge y ello conlleva nuevas medidas de protección, El Acta de derechos de autor digitales del milenio (en inglés Digital Millennium Copyright Act o DMCA) es una de estas medidas, consiste en una ley de copyright (derechos de reproducción)  Esta ley sanciona, no sólo la infracción de los derechos de reproducción en sí, sino también la producción y distribución de tecnología que permita sortear las medidas de protección del copyright (comúnmente conocidas como DRM); además incrementa las penas para las infracciones al derecho de autor en Internet.

Ante la necesidad de adaptarse y comprender la nueva realidad de la sociedad de la información, la OMPI (Organización Mundial de la Propiedad Intelectual) pretende mediar entre los derechos de los autores y los intereses de los usuarios. Producto de esta intención nace el Tratado de la OMPI sobre Derecho de Autor, y como consecuencia de este tratado, en Estados Unidos surge la Digital Millennium Copyright Act, y en Europa la correspondiente Directiva de la UE, faltando sólo que los países miembros modifiquen sus legislaciones para armonizarlas con respecto a la Directiva Europea.

El día 28 de octubre de 1998, el presidente estadounidense Bill Clinton firmó la ley de derechos de autor “Milenio Digital”, que en inglés se denomina “The Digital Millenium Copyright Act (DMCA)”. La ley está diseñada para implementar dos de los tratados firmados en diciembre de 1996 en la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI): el Tratado de la OMPI sobre Derecho de Autor y el Tratado de la OMPI sobre Interpretación o Ejecución y Fonogramas. La DMCA también trata de abarcar y dar solución a otros varios problemas relacionados a los derechos de autor.

La ley de derechos de autor “Milenio Digital”

La DMCA está dividida en cinco títulos:

DMCA Título I: Ley sobre la implementación del Tratado de la OMPI sobre Derecho de Autor y del Tratado de la OMPI sobre Interpretación o Ejecución y Fonogramas[editar]

En inglés: WIPO Copyright and Performances and Phonograms Treaties Implementation Act. Este título se puede clasificar en dos partes: La primera, incluye el trabajo de varios tratados de leyes sobre la prevención de copia, Y, la segunda, que usualmente se conoce como las provisiones para no dejar “pasar por alto” la DMCA, en inglés “DMCA anti-circumvention provisions”. Esta última, da lugar a la creación de muchos requisitos mínimos, como por ejemplo, que todos los grabadores de video análogo tengan incluidos sistemas para la prevención a la copia.

DMCA Título II: Acta sobre las limitaciones y responsabilidades a la violación de los derechos de autor en línea

En inglés: Online Copyright Infringement Liability Limitation Act. Este título crea un “puerto seguro” para los proveedores de servicios en línea, incluyendo a los proveedores de servicios de Internet (OPSs e ISPs).

DMCA Título III: Acta sobre el seguro en el mantenimiento de ordenadores

En inglés: Computer Maintenance Competition Assurance Act. Este título modifica la sección 117 del título sobre derechos de autor que aprueba la copia temporal de archivos de un ordenador al que se le está efectuando mantenimiento o reparación.

DMCA Título IV: Provisiones Misceláneas

En inglés: Miscellaneous Provisions. Este título se puede dividir en estas provisiones principales:

  • El primero clarifica y agrega responsabilidades de la oficina de derechos de autor.
  • Sobre la educación a distancia
  • Asiste a la excepción a las bibliotecas en dejarles que copien grabaciones de sonido.
  • Respecto a la transferencia de derechos de películas.

DMCA Título V: Acta de protección de los diseños de los cascos de buques

En inglés: Vessel Hull Design Protection Act. Este título agregó las secciones de la 1301 a la 1332 para agregar la protección a los diseños de los cascos de barcos.

Anteriormente, dichos diseños no se encontraban protegidos ya que no se encontraban clasificados en ningún acta sobre derechos de autor.

La Controvertida Sección 1201

La sección 1201 de la DMCA tiene como objetivo penalizar como infractores de los derechos de autor a todos aquellos que facilitaran los medios o métodos para evitar las protecciones anticopia.

Según sus detractores, el DMCA puede impedir la competencia y la innovación. Centrándose en la copia no autorizada, muchos propietarios del copyright se han recurrido al DMCA para obstaculizar a sus competidores legítimos. Por ejemplo, el DMCA se ha utilizado para bloquear la competencia en el mercado de accesorios de cartuchos de toner de impresoras láser, puertas de garaje, y servicios de mantenimiento de ordenador.[cita requerida] De igual manera, la compañía Apple Computer invocó el DMCA para enfriar los esfuerzos de la compañía RealNetworks de vender música a los propietarios del iPod.

La prohibición del “acto”, precisada en la sección 1201(a)(1), prohíbe el acto de eludir una medida tecnológica usada por los propietarios del copyright para controlar el acceso a sus trabajos (“controles de acceso”). Así pues, por ejemplo, esta disposición refuerza la ilegalidad de descifrar el contenido de una película en DVD. En Estados Unidos, donde no existe la excepción de copia privada contemplada en la mayor parte de la legislación europea, es ilegal hacer una copia digital de un DVD que uno posee para luego pasarla a un iPod video. La única excepción se aplica a las grabaciones de audio, contempladas en el Home Audio Recording Act, que graba con un canon a las máquinas y soportes destinados a este uso.

La prohibición de “herramientas”, precisadas en las secciones 1201(a)(2) y 1201(b), proscribe la fabricación, la venta, la distribución o el tráfico de herramientas o de tecnologías que hagan posible eludir las protecciones anticopia. Esto incluye tecnologías que derroten controles de acceso, y que restringen tecnología que impusieron los propietarios del copyright, tales como controles de copia. Por ejemplo, estas previsiones prohíben la distribución del software destinado a hacer copias de seguridad de “DVD’s”.

Reforma

Actualmente hay esfuerzos en el congreso de Estados Unidos para modificar esta ley. Rick Boucher, un congresista demócrata de Virginia, lidera uno de dichos esfuerzos en su intento de introducir el DMCRA, por sus siglas en inglés “Digital Media Consumers’ Rights Act”, que en español significa acta de derechos del consumidor de medios digitales.[cita requerida]

Fuente: http://es.wikipedia.org/wiki/Digital_Millennium_Copyright_Act

Decreto Número 8-2014 ordena liberar 3 mil 785 túmulos de las carreteras de Guatemala

Guatemala, el país de los 3 mil 785 túmulos que ahora debe remover

Por Ximena Villagrán

Este viernes se ha publicado el Decreto Número 8-2014 que ordena liberar las carreteras de Guatemala de los 3 mil 785 túmulos. Si colocarlos fue un proceso discrecional y antojadizo, la remoción no lo será tanto. En Guatemala hay túmulos donde quiera: en los ingresos a los cascos urbanos, cruces a fincas, y en las rutas de tránsito de decenas de poblaciones.

El Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda (CIV) presentó al Congreso una iniciativa de ley para regular su construcción, la cual fue aprobada y según el Decreto ya publicado en el diario oficial, entra en vigencia mañana sábado 16 de marzo.

Según la ley, el CIV se hará cargo de quitar todos los obstáculos que no tengan autorización de la Dirección General de Caminos. Esto implica un costo por eliminar el túmulo y además volver a asfaltar el área.

Según Rubén Mejía, Viceministro de Comunicaciones, el costo estará entre 500 y 600 quetzales por cada túmulo que sea removido, aunque se haga dentro del plan de mantenimiento de carreteras que ya existe.

Por destruir los 3 mil 785 túmulos que existen se tendrían que gastar 1 millón 892 mil 500 quetzales.

Pero, según el funcionario, el plan del CIV va más allá de solo eliminar los túmulos. Planean construir pasarelas e instalar reductores de velocidad en los lugares donde sea necesario.

Una ruta lenta y tortuosa

La iniciativa de ley presentada por el CIV y que fue aprobada por el congreso, estuvo motivada por la baja velocidad a la que deben transitar los vehículos que transportan mercadería y que deben hacer una tortuosa ruta entre 17 y 40 kilómetros por hora, lo que reduce la competitividad económica del país comparado con otros países deCentroamérica donde la velocidad llega hasta 90 kilómetros por hora.

Según Mejía, el problema va más allá de la competitividad porque “los túmulos son una respuesta social a problemas de inseguridad y falta de educación vial”.

La planificación para remover los obstáculos tiene un período de 3 años de duración y se prevé que cause problemas en varios municipios.

Las interpretaciones de la ley

Claudia Samayoa, coordinadora de la Unidad de Protección de Defensoras y Defensores de Derechos Humanos, lanzó una campaña en internet para solicitar al presidente Otto Pérez Molina que vete la “ley para la circulación de carreteras libre de cualquier tipo de obstáculo”.

Samayoa considera que el artículo 6 que impone multas que van desde los 1 mil a 5 mil quetzales o una sanción de un año de cárcel a quien “coloque o construya talanqueras, garitas, barandas, vallas, túmulos, toneles u otros obstáculos en las carreteras sin autorización de la Dirección General de Caminos” busca evitar las manifestaciones y es una manera de limitar el derecho constitucional a reunirse y manifestarse.

El Viceministro de Comunicaciones afirma que la ley no se hizo con esa intención y que es “una interpretación errónea”.

09:32 a.m.
Fuente: La Gente

21 Aduanas de Guatemala eliminarán el uso de papel

Ferdy Montepeque/

La Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) eliminará este año en un 90 por ciento el uso de papel en las 21 aduanas de Guatemala, con el fin de reducir los tiempos y mejorar los controles sobre las mercancías que ingresan a este país centroamericano.

El primer paso para concretar la nueva estrategia será poner en marcha un plan piloto para la transmisión, por vía electrónica, al sistema informático del servicio aduanero, el cual se iniciará en Puerto Barrios, en el caribeño departamento de Izabal, explicó el jefe del Departamento Normativo de la Intendencia de Aduanas, César Estrada.

La fuente precisó que además de la eliminación del papel, los objetivos del proyecto “Aduanas sin papeles” serán fortalecer la capacidad de gestión del servicio aduanero, integrar los documentos digitalizados, autenticar los documentos electrónicos, reducir el tiempo de despacho aduanero y mejorar la recaudación.

“Los agentes aduaneros únicamente imprimirán una boleta que tendrá un código QR, que contendrá detalles de la mercancía que pase por las aduanas. Vamos a reducir el número de documentos almacenados y también el tiempo de despacho, de dos días a dos horas, dependiendo de la clase de mercadería”, sostuvo Estrada.

Según la SAT, actualmente los aspectos que dificultan el ingreso de mercancías en los puestos fronterizos son los procesos burocráticos y redundantes, aplicación de criterios distintos para realizar los trámites y pérdida de documentación por falta de control.

Nuevas propuestas

Mientras tanto, la Corporación de Agentes Aduaneros de Guatemala anunció que propondrá a la Intendencia de Aduanas una nueva propuesta que permitirá disminuir la “discrecionalidad” de los funcionarios aduaneros.

“Vamos a proponer la tercera herramienta que permite disminuir la discrecionalidad del funcionario aduanero, que tarda hasta ocho o 10 días para resolver los procesos, y con el prevalidador de precios de mercancías, se reducirán a uno o dos días las gestiones en las aduanas”, indicó el presidente de la Corporación, Víctor Rivera.

El proyecto de “Aduanas sin papeles” irá de la mano con la implementación de la Ventanilla Ágil de Importaciones (VAI), que beneficiará a más de 40.000 importadores, reducirá en más del 65 por ciento la cantidad de pasos para la importación, es decir que el tiempo de duración disminuirá de 17 a 7 días.

08:25 a.m.
Fuente: Noticias Terra

Legislativo crea Municipio 338

Con 129 votos a favor se aprobó la creación del municipio 338, San José la Maquina es el municipio No. 338, el mismo se separa de Cuyotenango, Suchitepequez.

 

Según el código municipal entre los requisitos que debe llenar una localidad en el país para ser declarada municipio están: tener mas de 10,000 habitantes, contar con los recursos naturales y financieros que les permitan la prestación de servicios publicos a sus habitantes y poseer fuentes de ingresos constantes.  Además de obtener el dictamen favorable de Gobernación departamental jurisdiccional del Instituto Geografico Nacional, y del Ministerio de Gobernación.

Próximamente nuevos materiales de estudio para los privados 2014

Hola amigos estudiosos del derecho, queremos comentarles que esta semana nos harán la donación de nuevos materiales académicos para el estudio del privado para la fase pública en formato digital , los cuales iremos subiendo en los próximos días, por lo que les invitamos a estar pendientes de esta página!

Ye hemos revisado los primeros materiales y les podemos adelantar que están bastante completos! Por lo que será todo un gusto compartirlo con la comunidad de Derecho Guatemalteco! hasta pronto!