Organiza tus actividades escolares desde Chrome

My Study Life es una interesante alternativa a tener en cuenta para organizar las actividades, tareas y pendientes escolares. Tanto si somos estudiantes o profesores, esta aplicación para Google Chrome puede convertirse en nuestra agenda académica.

Esta aplicación permite organizar, de manera simple, todas las actividades escolares desde Chrome. Tanto para estudiantes como para profesores, podemos utilizar esta herramienta como una especie de agenda con la que planificar en red todo nuestro trabajo: tareas, exámenes, clases, responsabilidades… todo ello de manera personalizada, concretando un horario concreto y desde nuestro navegador Web.

My Study life

35 aplicaciones 2.0 para Estudiantes

Del proyecto Escuela 2.0, una nueva educación para todos, compartimos con ustedes esta interesante información para simplificarte la vida!

¡Organízate!
  • myHomework(Android y iPhone/iPad)
  • Remember the Milk
  • Jorte (Agenda completa y gratuita)
  • Pomodroido (Técnicas de estudio para tiempos de exámenes: bit.ly/Ocqr0g)
  • HootSuite (gestiona tus redes sociales)
HERRAMIENTAS
Todos tus documentos, sincronizados
  • Dropbox
  • Evernote
  • Google Drive

A leer
  • Aldiko Book Reader (Android)
  • iBooks (iOS)
  • Calibre (para gestionar los ebooks y convertir documentos a este formato desde tu PC)
  • Kindle
Referencia y diccionarios
  • iTranslator (iPhone y iPodTouch)
  • Wordrefference
  • RAE (Diccionario de la Real Academia Española)
  • The World Factbook
  • wikiHow
  • Google Earth
  • Google Académico (¿buscas un artículo?)
  • Wikipedia
  • TED (una enorme biblioteca de conferencias)
Androides seguros
  • AVG Antivirus Free (Android)
  • Avast (Android)
  • Galery Lock Pro (Android)
Cajón de sastre
  • AnkiDroid Flashcards (Android)
  • Instapaper
  • Writer (Android)
  • KingSoft Office (Android)
  • Algeo Graphing Calculator (Android)
  • Free Graphing Calculator (iOS)
  • Star Walk(iOS)
  • Sky Map (Android)
  • The Elements (iOS)
  • Periodic Droid (Android)
  • SketchBook Mobile Express (iOS y Android): posiblemente, la mejor herramienta de dibujo gratuita que has probado

Organízate, mantén todos tus documentos sincronizados!

Ahora puedes tener tus documentos en la nube, sincronizados con tus dispositivos móviles
Nuestras recomendaciones del mes son:
  • Dropbox: Dropbox es un servicio de alojamiento de archivos multiplataforma en la nube,
  • Evernote: Evernote es una aplicación informática destinada a la organización de información personal a través de guardar notas. Está preparado para guardar texto, imagen, vídeo y portales Web de referencia, reconoce la escritura y los textos inmersos en imágenes. Esta aplicación nos permite crear notas en vídeo y audio que luego se pueden enviar vía correo electrónico para sincronizarse con las partes implicadas.
  • Google Drive: es un servicio gratuito que te permite almacenar online todos tus archivos, incluidos documentos, fotos, vídeos y documentos de Google Docs.

Utilízalas y simplifica tu estilo de vida!

Necesitas cambiar formato a un documento gratis y rapido?

Te ha sucedido alguna vez que deseas convertir un documento de Word a PDF o viceversa? Te traemos una recomendación para que puedas convertir tus documentos a distintos formatos, tales como: video, audio, JPG, Docx, pdf, epub, etc.

Sigue estos sencillos pasos

1. Ingresa a: http://www.elconvertidor.com/

2. Selecciona de tu disco duro el archivo que deseas convertir al formato que deseas exportarlo

3. Exporta al formato que desees!

Esta utlilería te permitirá exportar tus documentos a multiples formatos, enzipar archivos, publicar libros de PDF a libros electrónicos (E-pub) y lo mejor de todo de forma gratuita!

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http://www.elconvertidor.com/

Información de área Pre-Especialización o área específica

Información de área Pre-Especialización o área específica

Interciclo Junio 2013

El área específica esta dirigida a estudiantes del 6to Semestre en adelante.

Asignación de cursos: Por Internet del 27 al 02 de Junio del 2013. (Menú Principal –> Control Académico Virtual –> Area Específica)

Jornadas habilitadas: Nocturna, vespertina

Inicio de clases: Lunes 3 de Junio. (lunes a viernes).

Lugar: campus central, Edificio S-12, tercero y cuarto nivel.

Nota Importante:

  • No llevar cursos de escuela de vacaciones simultáneamente (misma jornada).

Los conceptos en el código de trabajo

DERECHO DE TRABAJO
Artículo 1o.  El presente Código regula  los derechos y obligaciones de patronos y trabajadores, con ocasión del trabajo y crea instituciones para resolver sus conflictos.

EL PATRONO
Artículo   2o.  Patrono   es   toda   persona   individual   o   jurídica   que   utiliza   los   servicios   de   uno   o  más trabajadores, en  virtud de un  contrato o relación de trabajo.  Sin embargo, no quedan  sujetas a  las disposiciones de este Código, las personas jurídicas de derecho público a que se refiere el artículo 119 de la Constitución de la República.
EL TRABAJADOR
Artículo 3o.  Trabajador es toda persona individual que presta a un patrono sus servicios materiales, intelectuales o de ambos géneros, en virtud de un contrato o relación de trabajo.
EL REPRESENTANTE DEL PATRONO
Artículo 4o.  Representantes del patrono son las personas individuales que ejercen a nombre de éste funciones de dirección o de administración, tales como gerentes, directores, administradores, reclutadores y  todas   las  que  estén   legítimamente  autorizadas  por  aquél.  Los  representantes  del  patrono en  sus relaciones con los trabajadores, obligan directamente al patrono. Dichos representantes en sus relaciones con el patrono, salvo el caso de los mandatarios, están ligados con este por un contrato o relación de trabajo.

EL INTERMEDIARIO
Artículo 5o. Intermediario es toda persona que contrata en nombre propio los servicios de uno o más trabajadores para que ejecuten algún trabajo en beneficio de un patrono. Este último queda obligado solidariamente por la gestión de aquél para con él o los trabajadores, en cuanto se refiere a los efectos legales que se deriven de la Constitución, del presente Código, de sus reglamentos y demás disposiciones aplicables. No tiene carácter de intermediario y sí de patrono, el que se encargue, por contrato, de trabajos que ejecute con equipos o capitales propios.

CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO
Artículo 18.  Contrato individual de trabajo, sea cual fuere su denominación, es el vínculo económico­ jurídico mediante el que una persona (trabajador), queda obligada a prestar a otra (patrono), sus servicios personales o a ejecutarle una obra, personalmente, bajo la dependencia continuada y dirección inmediata o delegada de esta última, a cambio de una retribución de cualquier clase o forma. En el caso de los gerentes, directores, administradores, superintendentes, jefes generales de empresa, técnicos y demás
trabajadores de categoría análoga a las enumeradas, dicha delegación puede incluso recaer en el propio trabajador. La exclusividad para la prestación de los servicios o ejecución de una obra no es característica esencial   de   los   contratos   de  trabajo,   salvo  el   caso  de   incompatibilidad  entre   dos   o más  relaciones laborales, y sólo puede exigirse cuando así se haya convenido expresamente en el acto de la celebración del contrato. La circunstancia de que el contrato de trabajo se ajustare en un mismo documento con otro contrato de índole diferente o en concurrencia con otro u otros, no le hace perder su naturaleza y por lo tanto a la respectiva relación le son aplicables las disposiciones de este Código.
CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO
Artículo   38.  Contrato   colectivo   de   trabajo   es   el   que   se   celebra   entre   uno   o   varios   sindicatos   de trabajadores y uno o varios patronos, o uno o varios sindicatos de patronos, por virtud del cual el sindicato o  sindicados de trabajadores   se  comprometen, bajo  su responsabilidad, a que algunos  o todos  sus miembros   ejecuten   labores   determinadas,   mediante   una   remuneración   que   debe   ser   ajustada individualmente para cada uno de éstos y percibida en la misma forma.
PACTO COLECTIVO DE CONDICIONES DE TRABAJO
Artículo 49. Pacto colectivo de condiciones de trabajo es el que se celebra entre uno o varios sindicatos de   trabajadores   y   uno   o   varios   patronos,   o   uno   o   varios   sindicatos   de   patronos,   con   el   objeto   de reglamentar las condiciones en que el trabajo deba prestarse y a las demás materias relativas a éste. El pacto   colectivo   de   condiciones   de   trabajo   tiene   carácter   de   ley   profesional   y   a   sus   normas   deben adaptarse todos los contratos individuales o colectivos existentes o que luego se realicen en las empresas, industrias o regiones que afecte. Las disposiciones del Artículo 45 al Artículo 52 inclusive, son aplicables al pacto colectivo de condiciones de trabajo en lo que fueren compatibles con la naturaleza esencialmente normativa de éste.
REGLAMENTO INTERIOR DE TRABAJO
Artículo 57. Reglamento interior de trabajo es el conjunto de normas elaborado por el patrono de acuerdo con las leyes, reglamentos, pactos colectivos y contratos vigentes que b afecten, con el objeto de precisar y regular  las normas a que obligadamente se deben  sujetar él y sus trabajadores con motivo de  la ejecución o prestación concreta del trabajo. No es necesario incluir en el reglamento las disposiciones contenidas en la ley.
SUSPENSIÓN DE LOS CONTRATOS DE TRABAJO
Artículo 65. Hay suspensión de contratos de trabajo cuando una o las dos partes que forman la relación laboral deja  o  dejan  de   cumplir parcial o totalmente, durante  un  tiempo, alguna  de  sus  respectivas obligaciones fundamentales (prestación del trabajo y pago del salario), sin que por ello terminen dichos contratos ni se extingan los derechos y obligaciones que emanen de los mismos. La suspensión puede ser: a) Individual parcial, cuando afecta a una relación de trabajo y una de las partes deja de cumplir sus
obligaciones fundamentales; b) Individual total, cuando afecta a una relación de trabajo y las dos partes dejan de cumplir sus obligaciones fundamentales; c) Colectiva parcial, cuando por una misma causa se afectan la mayoría o la totalidad de las relaciones de trabajo vigentes en una empresa o lugar de trabajo, y el patrono y sus trabajadores dejan de  cumplir sus obligaciones fundamentales; y d) Colectiva total, cuando por una misma causa se afectan la mayoría o la totalidad de las relaciones de trabajo vigentes en una empresa o  lugar de trabajo,  y el patrono y  sus trabajadores dejan de  cumplir  sus obligaciones
fundamentales.
TERMINACIÓN DE LOS CONTRATOS DE TRABAJO
Artículo 76.  Hay terminación de los contratos de trabajo cuando una o las dos partes que forman la relación laboral le ponen fin a ésta, cesándola efectivamente, ya sea por voluntad de una de ellas, por mutuo consentimiento o por causa imputable a la otra, o en que ocurra lo mismo, por disposición de la ley, en cuyas circunstancias se extinguen los derechos y obligaciones que emanan de dichos contratos.
SALARIO O SUELDO
Artículo 88.  Salario o sueldo es la retribución que el patrono debe pagar al trabajador en virtud del cumplimiento   del   contrato   de   trabajo   o   de   la   relación   de   trabajo   vigente   entre   ambos.   Salvo   las excepciones   legales,   todo   servicio   prestado   por   un   trabajadora   su   respectivo   patrono,   debe   ser remunerado por éste. El cálculo de esta remuneración, para el efecto de su pago puede pactarse: a) Por unidad de tiempo (por mes, quincena, semana, día u hora); b) Por unidad de obra (por pieza, tarea, precio alzado o a destajo; Ver Artículo 93. c) Por participación en las utilidades, ventas o cobros que haga el patrono; pero en ningún caso el trabajador deberá asumir los riesgos de pérdidas que tenga el patrono.

lea y descargue el documento completo aquí

https://www.dropbox.com/s/2lg9l63whju0bhr/los%20conceptos%20del%20codigo%20de%20trabajo.doc

Aún no has pagado el impuesto de circulación?

Hola amigos, el 31 de Julio vence el pago del impuesto de circulación, creo que a muchos nos pasa que por la situación económica y por las benditas gracias de este gobierno ahora tenemos que pagar más por la calcomania, sea como sea hay que pagarla, existe un nuevo arancel, sin embargo podemos hacer la consulta directamente en la web de la SAT.

1. Ingresa a la sección Consultas electrónicas de vehiculos  http://sat.gob.gt/sitio/index.php/esat/autoconsultas-vehiculos.html

2. Ahora ingresa a Impuesto de Circulación http://sat.gob.gt/sitio/index.php/consulta-electronica-calcomania

3. Ingresa tu NIT. el tipo de placa de tu vehiculo y el codigo captcha, luego das click en el botón verificar (Este servicio permite verificar por NIT, uso y placa del vehículo, el monto a pagar del Impuesto Sobre Circulación de Vehículos a la fecha consultada. )

4. ahora verificas la información en el desplegado electrónico y puedes hacer el pago en linea o en una agencia bancaria. saludos!

Los sistemas de ejecución de sentencias extranjeras y el ordenamiento jurídico guatemalteco

El ordenamiento jurídico guatemalteco cuenta con escasas normas que regulan el proceso a seguir para ejecutar sentencias extranjeras, el Código Procesal Civil y Mercantil, Decreto Ley 107, contempla en tres artículos un trámite breve y sin mayor complicación.
La Ley de Arbitraje, Decreto número 67-95 del Congreso de la República, regula de igual manera brevemente, la ejecución de sentencias arbitrales extranjeras, pero a la vez remite a la Convención sobre el Reconocimiento y Ejecución de Sentencias Arbitrales Extranjeras de Nueva York de 1958 y la Convención Interamericana de Arbitraje Comercial Internacional de Panamá de 1975. Ambos tratados han sido ratificados por Guatemala y el primero regula el proceso que debe seguirse para la ejecución de laudos arbitrales extranjeros.
Estos son los principales cuerpos normativos a los que Guatemala se debe ceñir al momento de ejecutar sentencias provenientes del extranjero y por lo tanto son los que determinan el sistema que Guatemala adopta respecto al reconocimiento y ejecución de sentencias provenientes del extranjero.
Diversos son los sistemas utilizados a nivel mundial al momento de reconocer la validez y ejecutar sentencias extranjeras, que van desde la negativa rotunda a reconocer fallos que no sean los emanados de los propios tribunales del país, hasta aquellos países cuyos tribunales llegan a realizar un análisis de fondo y forma a las sentencias extranjeras para determinar su aplicabilidad dentro de su territorio.

Los más conocidos son: a. el sistema de inejecución absoluta, b. la ejecución mediante cláusula de reciprocidad, c. la ejecución previo examen del fondo de la sentencia, d. la ejecución previo examen de la forma de la sentencia y e. la ejecución previo examen del fondo y forma de la sentencia.
Aún así los avances logrados en materia de cooperación internacional, hacen inconcebible, la existencia de un país que irrespete las sentencias dictadas por órganos jurisdiccionales que no sean los de su territorio, más que un procedimiento la ejecución de sentencias extranjeras se ha convertido en una necesidad para la comunidad internacional, y en ello radica la importancia de un estudio concienzudo del papel que Guatemala está desempeñando al momento de presentársele un caso de ejecución de sentencia extranjera.
La comunidad de Estados ha ido convirtiéndose en una multiforme comunidad internacional. La organización de la comunidad internacional en la actualidad cobra matices nunca antes pensados, el derecho regional y comunitario, se muestran como solución a muchos de los problemas económicos del planeta, la falta de colaboración de un Estado puede traducirse en terribles sanciones de tipo político y económico.

en el documento usted encontrará:

Las sentencias extranjeras ………………………………………………………………………………………….. 1

1.1. Antecedentes .…………………………………………………………………………………………………….. 1

1.1.1. Los conceptos de jurisdicción, competencia y el elemento territorial del

Estado …………………………………………………………………………………………………….. 1

1.2. La sentencia ……………………………………………………………………………………………………….. 4

1.2.1. Importancia de la sentencia como documento ………………………………………………… 5

1.3. Contenido y estructura de la sentencia …………………………………………………………………… 6

1.3.1. Los requisitos de fondo ………………………………………………………………………………. 6

1.3.2. Requisitos de forma …………………………………………………………………………………… 7

1.3.3. El preámbulo o encabezado………………………………………………………………………. 7

1.3.4. El resultando o examen prima facie …………………………………………………………….. 8

1.3.5. El considerando ………………………………………………………………………………………… 8

1.3.6. El fallo o parte declarativa ………………………………………………………………………….. 8

1.4. Efectos de la sentencia ………………………………………………………………………………………… 9

1.4.1. Fuerza probatoria ………………………………………………………………………………………. 9

1.4.2. Fuerza de cosa juzgada ……………………………………………………………………………… 10

1.4.2.1. Inimpugnabilidad ………………………………………………………………………… 11

1.4.2.2. Inmutabilidad ………………………………………………………………………………. 11

1.4.2.3. Coercibilidad ……………………………………………………………………………….. 11

1.4.2.4. Non bis in idem …………………..….…………………………………………………. 11

1.4.3. Fuerza ejecutoria ……………………………………………………………………………………….. 12

1.5. Clases de sentencias ……………………………………………………………………………………………. 12

1.5.1. Por su contenido ………………………………………………………………………………………… 12

1.5.1.1. Sentencias declarativas …………………………………………………………………. 13

1.5.1.2. Sentencias constitutivas ………………………………………………………………… 13

1.5.1.3. Sentencias condenatorias ………………………………………………………………. 13

1.5.1.4. Sentencias cautelares …………………………………………………………………….. 14 Pág.

1.5.1.5. Sentencias absolutorias ………………………………………………………………… 15

1.5.1.6. Laudo arbitral o sentencia arbitral ………………………………………………….. 15

1.5.2. Clases de sentencias según el lugar en el que han de surtir efectos …………………. 16

1.5.2.1. Laudo arbitral dictado en el ámbito nacional …………………………………… 16

1.5.2.2. Laudo arbitral extranjero ……………………………………………………………….. 17

1.5.3.3. Laudo arbitral internacional ………………………………………………………….. 17

1.5.2.4. Sentencias extranjeras …………………………………………………………………… 18

1.5.2.5. Sentencias internacionales …………………………………………………………….. 19

1.5.3. Clasificación de las sentencias según la materia o rama del derecho ………………… 19

1.5.4. Sentencias que requieren de ejecución y reconocimiento ……………………………….. 20

1.6. La sentencia extranjera ………………………………………………………………………………………. 22

1.6.1. Justificación de la sentencia extranjera: la cooperación internacional………………. 22

1.6.2. Caracteres de la sentencia extranjera …………………………………………………………… 26

1.6.2.1. El principio de extraterritorialidad y la sentencia extranjera ………………. 26

1.6.2.2. Efectos de la sentencia extranjera …………………………………………………… 27

1.7. Diferencia entre la sentencia extranjera y la sentencia internacional …………………………. 28

1.7.1. Por los principios en que se fundamentan …………………………………………………… 28

1.7.2. Por las partes que intervienen en el proceso que les da origen y los efectos

que para éstas producen ……………………………………………………………………………. 32

1.7.3. Por los métodos que pueden utilizarse para verificar su efectiva ejecución ..

Los sistemas de ejecución de sentencias  extranjeras  y el ordenamiento jurídico guatemalteco

Feliz día del Estudiante Universitario

“Esta ciudad te pertenece, edifica en ella tu presente, para que las generaciones futuras puedan aquí colmar su espíritu de sabiduría.  Que tu vida académica sea sagrada, fecunda y hermosa.  No entres a esta ciudad del espíritu sin bien probado amor a la verdad y a la libertad.”

Dr. Carlos Martínez Durán