Congreso de Estado de Derecho y Justicia Democrática Nuevas Tendencias en la Administración de Justicia Penal de Guatemala

Congreso de Estado de Derecho y Justicia Democrática Nuevas Tendencias en la Administración de Justicia Penal de Guatemala

El Decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales Lic. Avidán Ortíz les invita a asistir al “Congreso de Estado de Derecho y Justicia Democrática Nuevas Tendencias en la Administración de Justicia Penal de Guatemala“.

Evento dirigido especialmente a los estudiantes de los cursos de Derecho Penal, Derecho Procesal Penal y público en general.

Quedan pocos cupos para Guatemala (estudiantes y profesionales), pero para Xela y Cobán todavía hay bastante disponibilidad. más información en: http://www.avidanortiz.com/blog/?p=296

@estuderecho  FB:estudiantesporderecho

Preinscripción en línea en el siguiente link:
  • Admisión gratuita
  • Cupo Limitado, por lo que deben reservar su asistencia hasta el viernes 10 de mayo.
  • Incluye diploma de participación y café.

El proceso penal en Guatemala

SUMARIO: 1. Introducción. 2. Situación actual de los derechos humanos. 3. Principios
constitucionales que informan el proceso penal. 3.1. Juicio previo. 3.2. Inocencia. 3.3.
Defensa. 3.4. Ne bis in idem. 3.5. Publicidad. 3.6. Límites formales para la averiguación
de la verdad. 3.7. La independencia e imparcialidad de los jueces. 4. Derechos humanos
y legislación procesal. 4.1. El juicio previo. 4.2. Presunción de inocencia. 4.3. Derecho de
defensa. 4.4. Publicidad y oralidad. 4.5. Límites del estado para el ejercicio de la
persecución penal. 4.6. Límites a la coerción del imputado. 4.7. Derecho a ser juzgado
dentro de un tiempo razonable. 4.8. Independencia judicial. 5. Características del Código
Procesal Penal. 5.1. Oficialidad y legalidad. 5.2. Oportunidad. 5.3. Investigación a cargo
del Ministerio Público. 5.4. El juez como contralor de garantías. 5.5. Control judicial de la
ejecución de la pena. 5.6. Excepcionalidad de la prisión preventiva y medidas
substitutivas. 5.7. Oralidad. 6. Principales problemas para la implementación del nuevo
Código Procesal Penal. 6.1. Defensa pública. 6.2. La víctima en el proceso penal. 6.3.
Prisión preventiva. 6.4. Jurisdicción militar. 6.5. Organismo judicial, situación de la
reforma procesal penal guatemalteca. 6.6. El Ministerio Público. 7. Reformas al Código
Procesal Penal. 7.1. Reformas que atentan contra los principios constitucionales y los
tratados y convenios en materia de derechos humanos. 7.2. Reformas que pueden
producir saturación o ineficiencia en el sistema de administración de justicia. 7.3.
Reformas innecesarias. 7.4. Reformas que ameritan su estudio y aprobación. 8.
Conclusiones.
1. INTRODUCCIÓN
La propuesta de esta investigación se centra en la administración de justicia como
garantizadora de los derechos humanos, y esta segunda parte en el proceso penal. Ello induce a
realizar una reflexión sobre la ausencia del sector justicia en la protección de los derechos humanos
en Guatemala. Esta reflexión debe enfatizar necesariamente en su falta de protagonismo para ejercer
el poder durante el período del terrorismo de Estado, e especial en la década de los ochenta; también
debe destacar su falta de acción en estos momentos, cuando se pretende instaurar una democracia y
existe un clamor generalizado para que la administración de justicia asuma un papel protagónico.
Diferentes coyunturas locales y presiones internacionales, principalmente de Naciones
Unidas, provocaron un proceso de transformación en la administración de justicia. Este proceso se
inició con la entrada en vigencia del nuevo Código Procesal Penal, que configura, no solo un cambio
de legislación, sino principalmente una transformación cultural: de un sistema inquisitivo a uno
acusatorio formal.
Este cambio cultural se basa en una preocupación seria por la implementación de las
garantías constitucionales en la legislación procesal, de manera de tal que se haga realidad la
afirmación de que el proceso penal es derecho constitucional aplicado. Y sobre todo, implica una
preocupación por que la administración de justicia asuma el papel que le compete en la prevención y
deducción de responsabilidad de las graves violaciones a los derechos humanos.
Este cambio debe ser entendido como un proceso, en el cual es necesario tener siempre
* Investigadores del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales de Guatemala. presente la capacidad de rehacer el sistema inquisitivo por medio de la cultura organizacional de los
diferentes operadores del sistema. Sin embargo, lo anterior no implica que debamos preocuparnos
únicamente por el retorno del sistema inquisitivo; también hemos de incorporar la crítica constante al
sistema de justicia para dotarlo de capacidad evolutiva.
El presente trabajo pretende incorporar algunos elementos al debate sobre la administración
de justicia. La situación de los derechos humanos parece un punto necesario de referencia global
sobre la situación del país. El ámbito de protección de los derechos humanos en la Constitución y los
tratados en esa materia ratificados por Guatemala, así como sus implicaciones doctrinarias, sirven
como un punto de partida para analizar cualquier legislación procesal; la forma como las garantías
constitucionales se desarrollan en el proceso penal y las características generales de ese proceso en
Guatemala, proporcionan el centro del análisis del presente trabajo. Este marco de referencia: la
situación de los derechos humanos y la situación doctrinaria de las garantías en el proceso penal, se
complementa con análisis de los principales problemas para la aplicación del nuevo Código Procesal
Penal.

SUMARIO: 1. Introducción. 2. Situación actual de los derechos humanos. 3. Principios constitucionales que informan el proceso penal. 3.1. Juicio previo. 3.2. Inocencia. 3.3. Defensa. 3.4. Ne bis in idem. 3.5. Publicidad. 3.6. Límites formales para la averiguación de la verdad. 3.7. La independencia e imparcialidad de los jueces. 4. Derechos humanos y legislación procesal. 4.1. El juicio previo. 4.2. Presunción de inocencia. 4.3. Derecho de defensa. 4.4. Publicidad y oralidad. 4.5. Límites del estado para el ejercicio de la persecución penal. 4.6. Límites a la coerción del imputado. 4.7. Derecho a ser juzgado dentro de un tiempo razonable. 4.8. Independencia judicial. 5. Características del Código Procesal Penal. 5.1. Oficialidad y legalidad. 5.2. Oportunidad. 5.3. Investigación a cargo del Ministerio Público. 5.4. El juez como contralor de garantías. 5.5. Control judicial de la ejecución de la pena. 5.6. Excepcionalidad de la prisión preventiva y medidas substitutivas. 5.7. Oralidad. 6. Principales problemas para la implementación del nuevo Código Procesal Penal. 6.1. Defensa pública. 6.2. La víctima en el proceso penal. 6.3. Prisión preventiva. 6.4. Jurisdicción militar. 6.5. Organismo judicial, situación de la reforma procesal penal guatemalteca. 6.6. El Ministerio Público. 7. Reformas al Código Procesal Penal. 7.1. Reformas que atentan contra los principios constitucionales y los tratados y convenios en materia de derechos humanos. 7.2. Reformas que pueden producir saturación o ineficiencia en el sistema de administración de justicia. 7.3. Reformas innecesarias. 7.4. Reformas que ameritan su estudio y aprobación. 8. Conclusiones.

INTRODUCCIÓN

La propuesta de esta investigación se centra en la administración de justicia como garantizadora de los derechos humanos, y esta segunda parte en el proceso penal. Ello induce a realizar una reflexión sobre la ausencia del sector justicia en la protección de los derechos humanos en Guatemala. Esta reflexión debe enfatizar necesariamente en su falta de protagonismo para ejercer el poder durante el período del terrorismo de Estado, e especial en la década de los ochenta; también debe destacar su falta de acción en estos momentos, cuando se pretende instaurar una democracia y existe un clamor generalizado para que la administración de justicia asuma un papel protagónico. Diferentes coyunturas locales y presiones internacionales, principalmente de Naciones Unidas, provocaron un proceso de transformación en la administración de justicia. Este proceso se inició con la entrada en vigencia del nuevo Código Procesal Penal, que configura, no solo un cambio de legislación, sino principalmente una transformación cultural: de un sistema inquisitivo a uno acusatorio formal. Este cambio cultural se basa en una preocupación seria por la implementación de las garantías constitucionales en la legislación procesal, de manera de tal que se haga realidad la afirmación de que el proceso penal es derecho constitucional aplicado. Y sobre todo, implica una preocupación por que la administración de justicia asuma el papel que le compete en la prevención y deducción de responsabilidad de las graves violaciones a los derechos humanos. Este cambio debe ser entendido como un proceso, en el cual es necesario tener siempre * Investigadores del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales de Guatemala. presente la capacidad de rehacer el sistema inquisitivo por medio de la cultura organizacional de los diferentes operadores del sistema. Sin embargo, lo anterior no implica que debamos preocuparnos únicamente por el retorno del sistema inquisitivo; también hemos de incorporar la crítica constante al sistema de justicia para dotarlo de capacidad evolutiva. El presente trabajo pretende incorporar algunos elementos al debate sobre la administración de justicia. La situación de los derechos humanos parece un punto necesario de referencia global sobre la situación del país. El ámbito de protección de los derechos humanos en la Constitución y los tratados en esa materia ratificados por Guatemala, así como sus implicaciones doctrinarias, sirven como un punto de partida para analizar cualquier legislación procesal; la forma como las garantías constitucionales se desarrollan en el proceso penal y las características generales de ese proceso en Guatemala, proporcionan el centro del análisis del presente trabajo. Este marco de referencia: la situación de los derechos humanos y la situación doctrinaria de las garantías en el proceso penal, se complementa con análisis de los principales problemas para la aplicación del nuevo Código Procesal Penal.

Leer el documento completo:

http://unpan1.un.org/intradoc/groups/public/documents/icap/unpan028378.pdf

Acuerdo Gubernativo No. 188-2013

ACUERDO GUBERNATIVO No. 188-2013.

REGLAMENTO QUE RIGE EL PROCESO DE SELECCIÓN PARA EL NOMBRAMIENTO DEL PERSONAL
DOCENTE EN LOS NIVELES DE EDUCACIÓN PREPRIMARIA, PRIMARIA Y MEDIA DE CENTROS
EDUCATIVOS PÚBLICOS.

https://dl-web.dropbox.com/get/Leyes%20escaneadas/ACUERDO%20GUBERNATIVO%20188-2013.pdf?w=AABZqtoe_jAMjhpJAZAg3u7DGs1Vcm7F-xsquFuP3N7ivQ

Sumario del Diario de Centroamérica, martes 07 de mayo 2013

———————————————————————————————————————————–205-2013 30/04/2013 Acuerdo Gubernativo. Aprueba la subvención de Cooperación Internacional (Donación) que la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID) concedió al Estado de Guatemala, a través de la Secretaría de Seguridad Alimentaria y Nutricional de la Presidencia de la República (SESAN), para el Proyecto “Validar la estrategia de Intervención del Pacto Hambre Cero en los municipios priorizados a través de la implementación de herramientas de monitoreo y evaluación de impacto”.

————————————————————————————————————————————

211-2013 30/04/2013 Acuerdo Gubernativo en Consejo de Ministros. Declara de interés nacional la contratación para la adquisición de libretas para pasaportes las cuales serán utilizadas por el Ministerio de Gobernación, a través de la Dirección General de Migración.
————————————————————————————————————————————
144-2013 07/03/2013 Acuerdo del Ministerio de Gobernación. Reconoce la
personalidad jurídica de la IGLESIA EVANGÉLICA “CASA DE MI GLORIA”.
————————————————————————————————————————————
183-2013 23/04/2013 Acuerdo del Ministerio de Gobernación. Reconoce la
personalidad jurídica de la IGLESIA EVANGÉLICA CAMINO, VERDAD Y VIDA
————————————————————————————————————————————
187-2013 23/04/2013 Acuerdo del Ministerio de Gobernación. Reconoce la
personalidad jurídica de la IGLESIA MISIÓN EVANGÉLICA PENTECOSTÉS “PAN DE
VIDA”.
————————————————————————————————————————————
189-2013 23/04/2013 Acuerdo del Ministerio de Gobernación. Reconoce la
personalidad jurídica de la IGLESIA EVANGÉLICA DEL ESPÍRITU SANTO “AGUA DE
VIDA”.
————————————————————————————————————————————

Maestrías en Derecho 2013

Maestrías en Derecho 2013, Universidad Mariano Gálvez de Guatemala,