Resumen sobre la Corte Internacional de Justicia

Buenas tardes estimados estudiantes!

En relación  a la clase en linea a través del Facebook Live que se llevó a cabo el día de ayer, en los comentarios muchos estudiantes solicitaban que se compartiera documentación complementaria a lo que ya habían leído del Estatuto de la Corte Internacional de Justicia. No obstante se les hizo el comentario que la clase fue un complemento a lo que ya habían leído, les comparto el extracto de lo que se abordó en la clase.

La Corte Internacional de Justicia (CIJ, también llamada Tribunal Internacional de Justicia) es el principal órgano judicial de las Naciones Unidas. Fue establecida en 1945 en La Haya (Países Bajos), siendo la continuadora, a partir de 1946, de la Corte Permanente de Justicia Internacional.

  • Sus funciones principales son resolver por medio de sentencias las disputas que le sometan los Estados (procedimiento contencioso) y emitir dictámenes u opiniones consultivas para dar respuesta a cualquier cuestión jurídica que le sea planteada por la Asamblea Generalo el Consejo de Seguridad, o por las agencias especializadas que hayan sido autorizadas por la Asamblea General de acuerdo con la Carta de las Naciones Unidas (procedimiento consultivo).
  • El Estatuto de la Corte Internacional de Justiciaforma parte integral de dicha Carta, situada en su capítulo XIV. En virtud del artículo 30 del Estatuto, la Corte adoptó el 14 de abril de 1978 un reglamento mediante el cual se determinó la manera de ejercer sus funciones y, en particular, sus reglas de procedimiento.
  • La jurisprudencia internacional no es una fuente del Derecho, es decir, no crea derecho, sino que es sólo un «medio auxiliar para la determinación de las reglas de derecho» (art. 38, 1, d) del Estatuto de la CIJ). Los dictámenes, junto con las decisiones en asuntos contenciosos, forman parte de esta jurisprudencia internacional, que tiene como principal función la de servir como elemento de interpretación del Derecho Internacional. La CIJ ha hecho en la práctica un uso indistinto como precedentes de sus dictámenes y sentencias, tratando a ambos tipos de resoluciones en pie de igualdad. Ambas, por tanto, son igualmente jurisprudencia. Ello se producía ya en la Corte Permanente de Justicia Internacional, que también podía dictar tanto dictámenes como sentencias.
  • Legitimación de las partes
  • Existen dos tipos de procedimientos dentro de la Corte Internacional de Justicia de la HAYA:
  • el contencioso (via diplomática y administrativa)(para disputas entre Estados) y
  • el consultivo (para aclaraciones jurídicas a órganos de la ONU).
  • Quienes pueden recurrir a la CIJ?

Pueden recurrir a la Corte de justicia, en materia contenciosa, todos los Estados que sean parte en su Estatuto, lo que incluye automáticamente a todos los Miembros de las Naciones Unidas.

  • Ustedes consideran que un Estado que no sea Miembro de las Naciones Unidas puede llegar a ser parte en el Estatuto de la Corte?
  • Un Estado que no sea Miembro de las Naciones Unidas puede llegar a ser parte en el Estatuto de la Corte en las condiciones que en cada caso determine la Asamblea General, por recomendación del Consejo de Seguridad.
  • Otros Estados, no Miembros de las Naciones Unidas y no partes en el Estatuto, pueden encomendarle casos en las condiciones que establezca el Consejo de Seguridad según la Resolución 9 del 15 de octubre de 1946. Además, el Consejo puede recomendar que un litigio se remita a la Corte.
  • La resolución 9 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, fue aprobada por unanimidad el 15 de octubre de 1946, determinó que una nación que no fuese miembro de la Corte Internacional de Justicia, voluntariamente podría llevar un caso ante la misma, siempre y cuando esa nación se comprometiese a acatar la sentencia del Tribunal.
  • Es lo mismo Corte Penal Internacional , Corte Internacional de Justicia y Corte Interamericana de derechos humanos?
  • ¿Qué es la Corte Penal Internacional? La Corte Penal Internacional (CPI) es la primera Corte permanente, independiente, con la capacidad de investigar y llevar ante la justicia a quienes cometan las violaciones más graves en contra del derecho internacional humanitario, a saber crímenes de guerra, crímenes de lesa humanidad y genocidio.
  • La Corte tiene sede en La Haya, Países Bajos y fue establecida en acuerdo con el Estatuto de Roma, el tratado fundacional de la CPI, el 1 de julio de 2002. A la fecha, el Estatuto de la CPI ha sido ratificado por 121 Estados, representando a cada región del mundo.
  • Corte Penal Internacional Esta institución se dedica solo a investigar a personas que hayan cometido crímenes graves como genocidio, crímenes de lesa humanidad, de guerra y de agresión. Así, este tribunal ha revisado casos como lo de la exYugoslavia, Ruanda, entre otros, pero lo más relevante de este es que solo persigue individuos, no ve asuntos de Estados.
  • Corte Interamericana de Derechos Humanos(acrónimo: Corte IDH) es un órgano judicial autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), que tiene su sede en San José de Costa Rica. Su propósito es aplicar e interpretar la Convención Americana sobre Derechos Humanos y otros tratados de derechos humanos a los cuales se somete el llamado Sistema Interamericano de Derechos Humanos.
  • Corte Internacional de Justicia Forma parte de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y se encarga de dirimir las diferencias entre los países basada en los tratados y acuerdos internacionales firmados entre ellos.

Cinco peleas latinoamericanas que llegaron hasta la justicia internacional

  • 4 de los 10 casos actualmente pendientes en la CIJ involucran a países latinoamericanos.
  • Entre ellos se cuentan Perú y Chile, cuya disputa por la demarcación de aguas está siendo considerada por el tribunal. (l caso de Perú y Chile se remonta al 16 de enero de 2008, cuando Perú presentó una demanda contra Chile ante la Corte Internacional de Justicia por considerar que los límites marítimos no están definidos y pidió establecer una frontera.
  • Chile, por su parte, asegura que no hay tema pendiente, pues la demarcación fue definida en acuerdos en 1952 y 1954.)
  • Nicaragua y Colombia también por una cuestión de límites marítimos.
  • El gobierno de Colombia reaccionó negativamente ante el fallo de la CIJ.Si bien la sentencia confirmó la soberanía de Colombia sobre las islas y cayos del archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina – que incluyen los cayos de Albuquerque, Este Sudeste, Roncador, Serrana, Quitasueño, Serranilla y Bajonuevo -, el tribunal anunció que ahora corresponden a Nicaragua extensas zonas de las aguas que rodean a los cayos de Quitasueño y Serrana.
  • El fallo no satisfizo a las autoridades colombianas y el gobierno del presidente Juan Manuel Santos comunicó que su país se retiraba del Pacto de Bogotá, el acuerdo regional que le da jurisdicción a la CIJ sobre los asuntos de su competencia.
  • Costa Rica y Nicaragua, una frontera conflictiva
  • Costa Rica y Nicaragua han recurrido a la CIJ en diversas ocasiones para resolver sus conflictos fronterizos. Actualmente, tienen abiertos dos casos.
  • En uno de ellos, iniciado en diciembre de 2011, Nicaragua demandó a Costa Rica por lo que considera “una violación de la soberanía nicaragüense y graves daños medioambientales a su territorio”.
  • Image captionCosta Rica y NIcaragua se han visto varias veces ante la Corte Internacional de Justicia de La Haya.Según Nicaragua, Costa Rica está realizando obras de gran calado a lo largo de la frontera entre lso dos países con serias consecuencias ecológicas.
  • Por su parte, Costa Rica inició un proceso contra Nicaragua en noviembre de 2010 por una supuesta “incursión, ocupación y uso por parte del ejército nicaragüense del territorio de Costa Rica”. Los costarricenses consideran que los nicaragüenses no respetan las obligaciones contempladas en una serie de tratados y convenciones internacionales.
  • El 31 de marzo de 2008, Ecuador presentó una demanda contra Colombia por la fumigación aérea con glifosato en localidades cerca de, en y a través de la frontera con Ecuador.
  • Según las autoridades ecuatorianas, las fumigaciones colombianas causan daños a las personas, los cultivos, los animales y el medioambiente en el lado ecuatoriano de la frontera y suponen un grave riesgo de mayores problemas en el futuro.
  • El caso se encuentra todavía en la fase de presentación de documentos por parte de ambos países.
  • La pastera de la discordia
  • Quizá el caso más sonado de los últimos años, resuelto por la CIJ en abril de 2010, fue el que enfrentó durante casi 4 años a Argentina y Uruguay por la instalación de una planta de celulosa en territorio uruguayo, cerca de la frontera con Argentina.
  • La planta uruguaya UPM (exBotnia) generó un prolongado conflicto bilateral que comenzó a zanjarse cuando hace dos años la CIJ emitió un fallo en el que consideró que la pastera no contaminaba, pero ordenó supervisiones periódicas de ambos países.
  • Que ha pasado con Guatemala?
  • Guatemala ya fue parte de un caso ante la Corte Internacional de Justicia. Es el llamado “caso Nottebohm” y su contraparte fue el Estado de Liechtenstein. El caso fue resuelto en 1955 a favor de Guatemala.
  • El prestigio de la Corte Internacional de Justicia se basa en que no se ha cuestionado su imparcialidad e independencia en sus siete décadas de existencia y a lo largo de los más de 120 casos que han resuelto y las más de 20 opiniones consultivas que han emitido.
  • Guatemala y Belice dirimirán ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) su antigua disputa fronteriza que empezó hace más de dos siglos.
  • En 2008 los dos países centroamericanos decidieron llevar el caso ante ese tribunal de la ONU pero ambos países tenían que esperar hasta organizar sendos referendos sobre la cuestión.
  • Guatemala reclama a Belice unos 11 mil 030 km² de territorio, así como centenares de islas e islotes, casi la mitad del territorio beliceño.
  • La CIJ confirmó en un comunicado que analizará la disputa pero no dio fechas para las audiencias, en un caso que podría tardar años en resolverse.
  • La disputa se remonta a 1783, cuando España –que entonces colonizaba lo que hoy es Guatemala– dio a esos territorios en concesión a Inglaterra para que explotara madera.
  • El 8 de diciembre de 2008, los dos Estados firmaron un compromiso “para presentar el reclamo terrestre, insular y marítimo de Guatemala a la Corte Internacional de Justicia”, posteriormente enmendado por un protocolo concluido el 25 de mayo de 2015.
  • Las partes solicitan a la Corte que se pronuncie, de conformidad con las normas aplicables de derecho internacional según lo especificado en el párrafo 1 del artículo 38 de su Estatuto, sobre todas las reclamaciones legales que Guatemala mantiene contra Belice en ciertos territorios terrestres e insulares y en cualquier espacio marítimo generado por ellos, y decida cuáles son los derechos de las dos partes en estos territorios y espacios, determinando sus respectivos límites”, señalan los dos primeros artículos del acuerdo entre ambas naciones.
  • El acuerdo establece que el procedimiento “constará de dos etapas, una que trata de la presentación de comunicaciones escritas y la otra sobre la celebración de audiencias”. Además, especifica los plazos para la exposición de alegaciones.
  • Además, las partes se comprometen a aceptar “la decisión del Tribunal como definitiva y vinculante” y “a cumplirla y ejecutarla de manera plena y de buena fe”.
  • En particular, acuerdan establecer, dentro de los tres meses posteriores a la fecha de la sentencia de la Corte, la composición y los términos de referencia de una comisión binacional para demarcar sus fronteras de acuerdo con la decisión de la Corte. Si no llegan a un acuerdo de este tipo dentro de tres meses, las partes pueden solicitar al Secretario General de la Organización de los Estados Americanos que designe a los miembros de la comisión binacional y que defina los términos de referencia para ese panel.

Antes de someter su disputa a la Corte, Guatemala y Belice organizaron referendos entorno a la siguiente pregunta: “¿Está de acuerdo en que cualquier reclamo legal de Guatemala contra Belice relacionado con territorios terrestres e insulares y cualquier área marítima generada por ellos se presente a la Corte Internacional de Justicia para su solución definitiva y que esto delimita definitivamente los respectivos territorios y espacios de las partes?

 

Saludos cordiales

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Aproximación legislativa de los delitos informáticos en Centroamérica

Compartimos un extracto de una Ponencia presentada en el II Congreso Internacional de Criminología y Derecho Penal,  2009, denominada “APROXIMACIÓN LEGAL A LOS DELITOS INFORMÁTICOS UNA VISIÓN DE DERECHO COMPARADO”  por parte de la profesional Heidy Balanta, Abogada de la Universidad Santiago de Cali. Especialista en Derecho Informático y Nuevas tecnologías de la Universidad Externado de Colombia y Complutense de Madrid. Candidata a Doctora en Derecho de la Universidad Complutense de Madrid (España), Certificada por la Organización de Estados Americanos (OEA) en la Formulación de Estrategias de Gobierno Electrónico, la cual se encuentra publicada en el portal Scribd en el siguiente link: https://es.scribd.com/doc/34849363/Aproximacion-legal-al-tratamiento-de-los-Delitos-informaticos-en-Colombia  

En tal sentido compartimos este análisis de la situación de Centroamérica

“Se prefiere por parte de la doctrina la utilización de “criminalidad informática”, porque a pesar de los esfuerzos legislativos de algunos países, que tipifica un amplio número de conductas relativas al fenómeno informático, no es factible cobijar en una sola ley todos los posibles comportamientos referentes a esta clase de delitos, ni pueden tener adecuación en las figuras tradicionales.
a) Costa Rica
En costa rica, se empezó a legislar, en el año 2001, por medio dela Ley 8148 de la Gaceta oficial 9.11.2001. Podemos decir que fue un intento del legislador en tipificar este tipo de conductas delictivas, sin embargo es una legislación carente de una adecuada tipificación del delito informático, puesto que se limita a sancionar aquellas conductas que ya tienen protección de la legislación penal, simplemente que cometen por medios informáticos y telemáticos, pero en ninguna parte se protege la información
 per se.
b) Guatemala
En el caso de Guatemala, podemos decir que cuenta con una legislación adecuada en materia de tipificación de Delitos informáticos,la cual se encuentra incorporada en el Código Penal de dicho país, el patrón común que se ve en la sanción de este tipo de delitos, es que las penas impuestas son muy insignificantes, van desde los seis meses hasta los cuatro años, en algunas casos de dos años, si tenemos en cuenta que son delitos los cuales dejan perdidas millonarias, claro esta que faltó la incorporación de otros delitos informáticos, como es el sabotaje informático, la interceptación de datos, sin embargo no es característica de este solo país, muchos otros países veremos que se repite el mismo patrón.
c) Nicaragua
Nicaragua igual que otros países del continente americano, no posee una regulación especial en materia de tipificación de delitos informáticos, ni por medio de una ley especial, ni por el mismo Código penal, solo en un artículo (197) se refiere a los delitos cometidos contra la vida privada y la inviolabilidad del domicilio; “El que sin autorización de ley promueva, facilite, autorice, financie, cree o comercialice un banco de datos o un registro informático con datos que puedan afectar a las personas naturales o jurídicas, será penado con prisión de dos a cuatro años y de trescientos a quinientos días multa”.
d) El salvador 
En el Código Penal de El Salvador se encuentra regulado las violaciones en las comunicaciones privadas, la pornografía infantil, y fraude en las comunicaciones. Vemos entonces que también en estepaís se hace un intento por legislar, sin embargo los vacios legislativos siguen siendo enormes al no contemplar una norma completa que tipifique los delitos informáticos.
e) Panamá
En Panamá, se encuentra tipificado los delitos informáticos en el digo Penal, en este caso, encontramos una legislación muy completa en el tema de la regulación de los delitos informáticos,imponiendo como sanción penas de prisión de uno a seis años, regula las conductas que van desde la manipulación, alteración, sustracción de la información, hasta sanciones para aquellas personas que enseñen a construir bombas o reclutar personal por medio de la internet para fines terroristas, norma que no vemos en ninguna otra legislación”.
si desea ver la ponencia completa puede hacerlo a través del siguiente paper:

Requisitos para ser Diputado en algunos países de América

Hola amigos, compartimos este cuadro que refiere la forma y requisitos en que son elegidos los diputados en algunos países de América.

Requisitos para ser Diputado

GUATEMALA
Artículo 162.–  Para ser electo diputado se requiere ser guatemalteco de origen y estar en el ejercicio de sus derechos ciudadanos.


ARGENTINA
Artículo 48.– Para ser diputado se requiere haber cumplido la edad de veinticinco años, tener cuatro años de ciudadanía en ejercicio y ser natural de la provincia que lo elija, o con dos años de residencia inmediata en ella.


BOLIVIA
Artículo 61.– Para ser Diputados se requiere:

  1. Ser boliviano de origen y haber cumplido los deberes militares.
  2. Tener veinticinco años de edad cumplidos al día de la elección.
  3. Estar inscrito en el Registro Electoral.
  4. Ser postulado por un partido político o por agrupaciones cívicas representativas de las fuerzas vivas del país, con personalidad jurídica reconocida, formando bloques o frentes con los partidos políticos.
  5. No haber sido condenado a pena corporal, salvo rehabilitación concedida por el Senado; ni tener pliegos de cargo o auto de culpa ejecutoriados; ni estar comprendido en los casos de exclusión y de incompatibilidad establecidos por ley.

BRASIL
Art. 14. (*)

  • § 3.º São condições de elegibilidade, na forma da lei:
    1. – a nacionalidade brasileira;
    2. – o pleno exercício dos direitos políticos;
    3. – o alistamento eleitoral;
    4. – o domicílio eleitoral na circunscrição;
    5. – a filiação partidária;
    6. – a idade mínima de:…
      • c) vinte e um anos para Deputado Federal, Deputado Estadual ou Distrital, Prefeito,

(*) Emenda Constitucional de Revisão Nº 4, de 1994

(*) Emenda Constitucional Nº 16, de 1997


CHILE
Artículo 44.– Para ser elegido diputado se requiere ser ciudadano con derecho a sufragio, tener cumplidos veintiún años de edad, haber cursado la Enseñanza Media o equivalente y tener residencia en la región a que pertenezca el distrito electoral correspondiente durante un plazo no inferior a dos años, contando hacia atrás desde el día de la elección.


COLOMBIA
Artículo 177.– Para ser elegido representante se requiere ser ciudadano en ejercicio y tener más de veinticinco años de edad en la fecha de la elección.

COSTA RICA
Artículo 108.– Composición del Congreso y reglamentos de sesiones ordinarias.

ECUADOR
Artículo 127.– Composición del Congreso y reglamentos de sesiones ordinarias.


MÉXICO
Artículo 55. Para ser diputado se requieren los siguientes requisitos:

I. Ser ciudadano mexicano, por nacimiento, en el ejercicio de sus derechos.II. Tener veint y un años cumplidos el día de la elección;

III. Ser originario del estado en que se haga la elección; o vecino de el con residencia efectiva de mas de seis meses anteriores a la fecha de ella.

Para poder figurar en las listas de las circunscripciones electorales plurinominales como candidato a diputado, se requiere ser originario de alguna de las entidades federativas que comprenda la circunscripción en la que se realice la elección, o vecino de ella con residencia efectiva de mas de seis meses anteriores a la fecha en que la misma se celebre. La vecindad no se pierde por ausencia en el desempeño de cargos publicos de elección popular;

IV. No estar en servicio activo en el ejercito federal ni tener mando en la policia o gendarmeria rural en el distrito donde se haga la elección, cuando menos noventa días antes de ella;

V. No ser Secretario o Subsecretario de Estado, ni ministro de la Suprema Corte de Justicia de la nación, a menos que se separe definitivamente de sus funciones noventa días antes de la elección, en el caso de los primeros y dos años, en el caso de los ministros;

Los gobernadores de los estados no podrán ser electos en las entidades de sus respectivas jurisdicciones durante el periodo de su encargo, aun cuando se separen definitivamente de sus puestos.

Los secretarios de gobierno de los estados, los magistrados y jueces federales o del estado, no podrán ser electos en las entidades de sus respectivas jurisdicciones si no se separan definitivamente de sus cargos noventa días antes de la elección.

VI. No ser ministro de algun culto religioso, y

VII. No estar comprendido en alguna de las incapacidades que señala el Artículo 59.


NICARAGUA
Artículo 134.-

  1. Para ser Diputado se requieren las siguientes calidades:
    1. Ser nacional de Nicaragua. Quienes hayan adquirido otra nacionalidad deberán haber renunciado a ella al menos cuatro años antes de verificarse la elección.
    2. Estar en pleno goce de sus derechos civiles y políticos.
    3. Haber cumplido veintiún años de edad.
    4. Haber residido en forma continuada en el país los cuatro años anteriores a la elección, salvo que durante dicho período cumpliere Misiones Diplomáticas, o trabajare en Organismos Internacionales o realizare estudios en el extranjero. Además, haber nacido o haber residido durante los últimos dos años en el Departamento o Región Autónoma por el cual se pretende salir reelecto.

PARAGUAY
Artículo 221.- DE LA COMPOSICIÓN 
… Para se electo diputado titular o suplente se requiere la nacionalidad paraguaya natural y haber cumplido veinticinco años.


PERÚ
Artículo 90.– Composición del Congreso y reglamentos de sesiones ordinarias.

REPÚBLICA DOMINICANA
Artículo 25.-Para ser Diputado se requiere las mismas condiciones que para ser Senador.

Párrafo.- Los naturalizados no podrán ser elegidos Diputados sino diez años después de haber adquirido la nacionalidad y siempre que hubieren residido dentro de la jurisdicción que los elija durante los cinco años que precedan a su elección.


UNITED STATES OF AMERICA
Composición de la Camara de Diputados.

URUGUAY
Artículo 90.- Para ser Representante se necesita ciudadanía natural en ejercicio, o legal con cinco años de ejercicio, y, en ambos casos, veinticinco años cumplidos de edad.


VENEZUELA
Artículo 188.– Elección, reelección y renuncia del mandato de los legisladores


 

 

Códigos de derecho colombianos

Navegando en la red nos encontramos con una importante colección de códigos de derecho colombiano, la cual es recopilada por la web y tienda online Encolombia.com (https://encolombia.com/derecho/codigos/)

 

CÓDIGOS COLOMBIANOS

Calendario y horarios del Mundial de Fútbol para Guatemala

Indudablemente el Fútbol despierta las pasiones de millones de personas en el mundo, y Guatemala no es la excepción, haciendo a un lado los problemas nacionales, políticos y sociales nos volcamos a disfrutar la  fiesta del fútbol (no obstante estaremos vigilantes de los movimientos de los diputados del Congreso de la república). Por esa razón por que somos estudiantes, somos pueblo y nos apasiona el fútbol les compartimos los horarios y calendario del Mundial de Futbol! y tu a quien le vas en este Mundial?

Grupo A

  • Rusia vs Arabia Saudita, 14 de junio a las 09:00 horas
  • Egipto vs Uruguay, 15 de junio a las 06:00 horas
  • Rusia vs Egipto, 19 de junio a las 12:00 horas
  • Uruguay vs Arabia Saudita, 20 de junio a las 09:00 horas
  • Arabia Saudita vs Egipto, 25 de junio a las 08:00 horas
  • Uruguay vs Rusia, 25 de junio a las 08:00 horas

Grupo B

  • Marruecos vs Irán, 15 de junio a las 09:00 horas
  • Portugal vs España, 15 de junio a las 12:00 horas
  • Portugal vs Marruecos, 20 de junio a las 06:00 horas
  • Irán vs España, 20 de junio a las 12:00 horas
  • España vs Marruecos, 25 de junio a las 12:00 horas
  • Irán vs Portugal, 25 de junio a las 12:00 horas

Grupo C

  • Francia vs Australia, 16 de junio a las 04:00 horas
  • Perú vs Dinamarca, 16 de junio a las 10:00 horas
  • Francia vs Perú, 21 de junio a las 06:00 horas
  • Dinamarca vs Australia, 21 de junio a las 09:00 horas
  • Australia vs Perú, 26 de junio a las 08:00 horas
  • Dinamarca vs Francia, 26 de junio a las 08:00 horas

Grupo D

  • Argentina vs Islanda, 16 de junio a las 07:00 horas
  • Croacia vs Nigeria, 16 de junio a las 13:00 horas
  • Argentina vs Croacia, 21 de junio a las 12:00 horas
  • Nigeria vs Islandia, 22 de junio a las 09:00 horas
  • Islandia vs Croacia, 26 de junio a las 12:00 horas
  • Nigeria vs Argentina, 26 de junio a las 12:00 horas

Grupo E

  • Costa Rica vs Serbia, 17 de junio a las 06:00 horas
  • Brasil vs Suiza, 17 de junio a las 12:00 horas
  • Brasil vs Costa Rica, 22 de junio a las 06:00 horas
  • Serbia vs Suiza, 22 de junio a las 12:00 horas
  • Suiza vs Costa Rica, 27 de junio a las 12:00 horas
  • Serbia vs Brasil, 27 de junio a las 12:00 horas

Grupo F

  • Alemania vs México, 17 de junio a las 09:00 horas
  • Suecia vs Corea del Sur, 18 de junio a las 06:00 horas
  • Alemania vs Suecia, 23 de junio a las 09:00 horas
  • Corea del Sur vs México, 23 de junio a las 12:00 horas
  • México vs Suecia, 27 de junio a las 06:00 horas
  • Corea del Sur vs Alemania, 27 de junio a las 08:00 horas

Grupo G

  • Bélgica vs Panamá, 18 de junio a las 09:00 horas
  • Túnez vs Inglaterra, 18 de junio a las 12:00 horas
  • Bélgica vs Túnez, 23 de junio a las 06:00 horas
  • Inglarerra vs Panamá, 24 de junio a las 06:00 horas
  • Panamá vs Túnez, 28 de junio a las 12:00 horas
  • Inglaterra vs Bélgica, 28 de junio a las 12:00 horas

Grupo H

  • Polonia vs Senegal, 19 de junio a las 06:00 horas
  • Colombia vs Japón, 19 de junio a las 09:00 horas
  • Japón vs Senegal, 24 de junio a las 09:00 horas
  • Polonia vs Colombia, 24 de junio a las 12:00 horas
  • Senegal vs Colombia, 28 de junio a las 08:00 horas
  • Japón vs Polonia, 28 de junio a las 08:00 horas

Octavos de final

  • Primero del Grupo C vs segundo del Grupo D, 30 de junio a las 12:00 horas
  • Primero del Grupo A vs segundo del Grupo B, 30 de junio a las 12:00 horas
  • Primero del Grupo B vs segundo del Grupo A, 1 de julio a las 08:00 horas
  • Primero del Grupo D vs segundo del Grupo C, 1 de julio a las 12:00 horas
  • Primero del Grupo E vs segundo del Grupo F, 2 de julio a las 08:00 horas
  • Primero del Grupo G vs segundo del Grupo H, 2 de julio a las 12:00 horas
  • Primero del Grupo F vs segundo del Grupo E, 3 de julio a las 08:00 horas
  • Primero del Grupo H vs segundo del Grupo G, 3 de julio a las 12:00 horas

Cuartos de final

  • Ganador del partido 2 vs ganador del partido 3, 6 de julio a las 08:00 horas
  • Ganador del partido 5 vs ganador del partido 6, 6 de julio a las 12:00 horas
  • Ganador del partido 7 vs ganador del partido 8, 7 de julio a las 08:00 horas
  • Ganador del partido 3 vs ganador del partido 4, 7 de julio a las 12:00 horas

Semifinales

  • Ganador del partido A vs ganador del partido B, 10 de julio a las 12:00 horas
  • Ganador del partido D vs ganador del partido C, 11 de julio a las 12:00 horas

Tercer lugar

  • Perdedores de las semifinales, 14 de julio a las 08:00 horas

Final

  • Ganadores de las semifinales, 15 de julio a las 9:00 horas

Visualiza/descarga el Calendario y los horarios del Mundial de Fútbol con horario de Guatemala!

Entrevista a @RaymondOrta sobre Falsificación de Firmas de Presidentes en Latinoamérica

Buenas tardes, el tema de la grafología es una disciplina que ha tomado importancia y relevancia en los últimos años, ha llegado a abarcar falsificaciones de firmas en diferentes ámbitos, el Dr. Raymon Orta presenta una entrevista en el canal de noticias internacional RCN, en la cual explica que ha estudiado las firmas de expresidentes como Manuel Zelaya, les dejamos el podcast!

III Convención Centroamericana de Centros de Arbitraje

 

Feliz Día Internacional del Hombre!

El Día Internacional del Hombre (DIH) se celebra el 19 de noviembre.1 Fue inaugurado en 1999 en Trinidad y Tobago; luego se extendió a Chile, Alemania, Argentina, Australia,2 Austria, Bolivia, Brasil, Canadá, China, Colombia, Costa Rica, Dinamarca, Ecuador, Escocia, España, Estados Unidos, Georgia, Ghana, Guatemala, Guyana, Haití, Holanda, Honduras, Hungría, India, Inglaterra, Irlanda, Italia, Jamaica, Malta, Moldavia, México, Noruega, Nueva Zelanda, Pakistán, Paraguay, Perú, Portugal, Rusia, Singapur, Sudáfrica, Suecia, Uruguay y Vietnam. Ingeborg Breines, directora de Women and Culture of Peace Programme (Unesco) afirmó “esta es una excelente idea y dará un poco de balance entre géneros”.3

Sus objetivos son, como lo establece el comité organizador, abordar temas de salud de varones jóvenes y adultos, resaltar el rol positivo y las contribuciones que los varones hacen diariamente tanto a su comunidad como a la sociedad, promover la igualdad de género y celebrar la masculinidad.

Con todo, el nivel de reconocimiento de este día es mucho menor al del análogo Día de la Mujer, que tiene carácter oficial en muchos países.

Objetivos del Día Internacional del Hombre

En noviembre de 2009, el Dr. Teelucksingh y otros miembros del Comité de Coordinación DIH formalmente ratificaron los principales objetivos del Día Internacional del Hombre con la idea de proteger sus valores centrales y ofrecer un punto de referencia fiable para los futuros celebrantes.

Los «6 pilares» del Día Internacional del Hombre son:4

  1. Promover modelos masculinos positivos: hombres de la vida cotidiana, que viven vidas decentes y honestas.
  2. Celebrar las contribuciones positivas de los hombres a la sociedad, comunidad, familia, matrimonio, cuidado de niños y el medio ambiente.
  3. Centrarse en la salud y el bienestar social, emocional, físico y espiritual de los hombres.
  4. Poner de relieve la discriminación contra los hombres, en las áreas de servicios sociales, las actitudes y expectativas sociales, y la ley.
  5. Mejorar las relaciones de género y promover la igualdad de género.
  6. Crear un mundo más seguro y mejor, donde la gente puede estar segura y crecer para alcanzar su pleno potencial.

Fuente: http://es.wikipedia.org/wiki/D%C3%ADa_Internacional_del_Hombre

Carta Iberoamericana de Gobierno Electrónico

Objetivos
La Carta Iberoamericana de Gobierno Electrónico persigue los objetivos siguientes:a. Determinar las bases conceptuales y los componentes que constituyen el Gobierno Electrónico para Iberoamérica .b. Definir los contenidos del derecho de los ciudadanos a relacionarse de forma electrónica con sus Gobiernos y Administraciones Públicas. c. Conformar un marco genérico de principios rectores,políticas y mecanismos de gestión llamado a constituir un lenguaje común sobre el Gobierno Electrónico en los países de la comunidad iberoamericana.d. Servir como orientación para el diseño, regulación,implantación, desarrollo, mejora y consolidación de modelos nacionales de Gobierno Electrónico en la gestión pública.
Finalidades
Los objetivos previstos en el apartado anterior se orientan a múltiples fines:a. Aproximar los Gobiernos y sus respectivas Administraciones a los ciudadanos al facilitar la comunicación y relación con los mismos por medios electrónicos. b. Incrementar la calidad de los servicios y productos públicos que el Estado tiene que suministrar a los ciudadanos al mejorar la eficiencia, la eficacia y una mayor transparencia de la gestión pública, aprovechando la utilización de las TIC en el Gobierno y en la Administración Pública. c. Contribuir a que los países iberoamericanos accedan en plenitud a la sociedad de la información y del conocimiento mediante el impulso que, para la misma,supone el efectivo establecimiento del Gobierno

Constituciones Nacionales de todos los países de América Latina

PRESENTACIÓN

Esta página ofrece las versiones íntegras de las Constituciones Nacionales de todos los países de América Latina, reproduciendo, en cada caso, la versión vigente a julio de 2004. El objetivo de su reproducción es permitir a los interesados la posibilidad de disponer de un instrumento central para dar cuenta de la institucionalización político-jurídico definida por cada país

INDICE

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Costa Rica Cuba Dominicana Ecuador El Salvador
Guatemala Haití Honduras México Nicaragua
Panamá Paraguay Perú Puerto Rico Uruguay
Venezuela

Fuente: facultad de Ciencias Sociales, Universidad de Buenos Aires, Argentina. -UBA-