Derecho Romano

Derecho romano II Cargado por  LIBNI JUÁREZ  el 16 de julio de 2008

Derecho romano II:
Conceptos de obligación
“Obligatio est juris vinculum quad necessitate adstringimu r alicujus sonvendae vei secundum nostras civitatis jura”. La obligación es un vinculo jurídico que necesariamente constiñe a hacer algo a favor de otra según las leyes de nuestra ciudad. Elementos de la definición de obligación a) Debito-deber de cumplir la obligación ( b) Responsabilidad – sujeción que se deriva del incumplimiento (es 1 artículo sub.) En toda obligación debe tener una relación jurídica en la que se da un sujeto acreedor, sujeto deudor ligado por una cosa. Evolución de las fuentes de las obligaciones a) Para las fuentes de las obligaciones de dos años: contratos y delitosb) Justiniano DEBIDO a la veneración mística Que Tenia por el numero 4 agrego Como fuentes los quasicontra tos y Los quasidelitos (EJEMPLO: homicidio imprudencial): Además de las 2 funtes de Galyo (contrato y Delitos). c) Fuentes de las obligaciones en el derecho bizantino, votum promesa unilateral que se dirigen hacia Dios o algo considerado sagrado (ej: mandas a la villa), la política también es una promesa unilateral que se dirige hacia los muros de la ciudad. d) Para el derecho francés en el código de Napoleón de 1804 se agregó la sentencia a los contratos, delitos, quasicontratos, quasidelitos. e) Para el derecho mexicano.-con tratos, manifestación unilateral de la voluntad, hechos y actos médicos, gestión de negocios, enriquecimiento ilícito, hecho lícito.
Clases de obligaciones
-Ob li gacio ne s un estaría permitido a una sola de las partes es decir una parte plenamente feliz y la otra es plenamente deudora. -Ob li gacio ne s sinalagmaticas Establecen tanto deberes y derechos recíprocos como cada una de las partes. –Ob lig acion es stricti Juris (estricto derecho) En ella el sujeto pasivo (deudor, está estrictamente obligado de manera unilateral a lo que pactó y en el cual el sentido literal de las cláusulas no podrá manifestarse o alterarse y no lo permita tampoco el sentido común o los principios de igualdad de las respuestas atenuarlo en cuantoal cumplimiento de su deber  . Obligaciones Bonae Fidei En el cual el deber del sujeto pasivo debe interpretarse de acuerdo con las circunstancias del caso y esto da lugar a las prácticas comerciales que originaron la compensación o la indemnización. -O bligacione Abstra CTA Estas establecen Deberes pecado HACER Referencia al origen de las Mismas, Surgen en el Campo de las stricti Juris y dan origen a Las Obligación cambiarias es. –O b li gaciones  Civiles Estas propician al acreedor un derecho de acción para reclamar procesalmente lo que se debe. -Obligaciones Naturales … seguir leyendo …

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Laboratorio de Derecho Romano!

OBJETIVO DE APRENDIZAJE.
Que el alumno/a identifique y explique conceptos fundamentales del Derecho Romano derivado del estudio del material de apoyo proporcionado para el efecto.
TEMÁTICA: El presente laboratorio abarca la Primera Unidad del curso de Derecho Romano.
INSTRUCCIONES:
Derivado del análisis del texto del Curso de Derecho Romano, de otros textos y materiales de apoyo proporcionados a las diferentes secciones de la asignatura de Derecho Romano, responda las preguntas que se le plantean a continuación.

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CURSO DE DERECHO ROMANO

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Derecho Romano

Según Alvaro D´Ors se entiende por Derecho Romano a todos aquellos escritos que escribieron quienes eran considerados como autoridades en el discernimiento de lo justo o injusto (Iuris Prudentes), especialmente la colección realizada por Justiniano, quien recopiló las leyes emitidas con anterioridad y adhirió las suyas propias. Dicha compilación es llamada en el siglo XII Corpus Iuris civilis.

Eugéne Petit en su obra “Tratado Elemental de Derecho romano” lo define como el conjunto de los principios del Derecho que han regido la sociedad romana en las diversas épocas de sus existencia desde su origen hasta la muerte del Emperador Justiniano (565 dC). Este ordenamiento romano rigió desde el S VIII aJ hasta el S VI dC (750 a.C al 565 dC).

Para el profesor Torrent el Derecho romano es un derecho histórico, o sea, no vigente, integrado no solo por un conjunto de normas o reglas precisas  sino  también por otros muchos aspectos éticos , sociales , religiosos , políticos, todos los cuales componen un ordenamiento juridico.

Su importancia reside en constituir uno de los pilares fundamentales de la civilización europea y en general de la cultura occidental. La gran compilación legislativa , Corpus Iuris Civilis, Cuerpo Jurídico Civil, hecha por el Emperador Justiniano hacia la primera mitad del S. VI d.C. y que fue redescubierta en Bolonia a fines del S. XI dC , constituye la base del Derecho Privado de los pueblos de Europa occidental.  Desde entonces y hasta el año 1900 , en que el ultimo Código Civil Alemán lo ha conceptuado como un derecho histórico que estuvo como derecho vigente hasta 1900.

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