Diccionario Jurídico elemental. Guillermo Cabanellas

Diccionario Jurídico elemental. Guillermo Cabanellas.  Un recurso mas para fortalecer tus conocimientos en el mundo del Derecho, este diccionario jurídico elemental de Guillermo cabanellas no puede faltar en tu USB!

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Hola Amigos, quiero compartirles mi biblioteca privada de libros digitales (e-books)  de derecho en PDF, esta compilación cuenta con mas de 100 títulos de Derecho Penal, civil, mercantil, notarial, DDHH, Informático, criminalistica y otras disciplinas jurídicas, semanalmente voy actualizando mi estante, por lo que si pasas seguido por el vinculo que te comparto abajo podrás ir incluyendo a tu biblioteca estos contenidos!

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Instructivo aviso de conversión de Acciones

CONVERSIÓN DE ACCIONES AL PORTADOR A ACCIONES NOMINATIVAS.

1- Cancelar en las ventanillas del Banco de Desarrollo Rural, Sociedad Anónima, ubicadas en el Registro Mercantil, la cantidad de Q 75.00.

2- Presentar en las ventanillas de atención al público el Aviso de Conversión de Acciones, en el que se identifique la fecha y el número de registro del (o de los) aviso (s) de emisión de acciones al portador que la sociedad haya inscrito en este Registro, junto con la boleta de pago a que se refiere el numeral anterior.

3- Adjuntar al aviso, copia de la resolución adoptada por el órgano de la sociedad que haya dispuesto la conversión de acciones (asamblea general, consejo de administración, administrador único), fotocopia del nombramiento del representante legal que da el aviso.

FORMATO DE AVISO DE CONVERSION DE ACCIONES DE -AL PORTADOR- A -NOMINATIVAS-

EXPEDIENTE NO.

SEÑOR REGISTRADOR MERCANTÍL GENERAL DE LA REPUBLICA:

Yo ________________________________, de ___ años de edad, de nacionalidad __________, estado civil __________, profesión____________, con domicilio en ____________, me identifico con ________________ extendido por _________________señalando para recibir notificaciones en _________________, actuando en mi calidad de _____________ y Representante Legal de la entidad mercantíl denominada _________________ que acredito con la fotocopia de mi nombramiento que adjunto al presente memorial, atentamente

AVISO:

I- Con fecha ________________ mi representada dio a ese Registro el (o los) aviso (s) de emisión de acciones que quedó (quedaron) inscrito (s) en el Registro Mercantil con el (los) número (s) _________ folio (s)_______ del libro (s) ________de Acciones, en el (los) que se consignó que éstas habían sido emitidas al portador (o nominativas y al portador a elección del accionista).

II- De conformidad con lo establecido por el artículo 74 de La Ley de Extinción De Dominio, contenida en el Decreto número 55-2010 del Congreso de la República, mi representada procedió a convertir las acciones que se habían emitido al portador en nominativas, por lo que los títulos que habían sido emitidos al portador y entregados a los socios, fueron anulados, entregándoseles títulos de acciones nominativas.

III- En tal virtud y para que se efectúe en el (los) libro (s) de acciones a que se ha hecho referencia, la anotación de que las acciones al portador de las que se dio aviso a ese Registro el ______, se convirtieron con fecha ____________en acciones nominativas, doy el presente aviso, para cuyo efecto adjunto fotocopia de la disposición de (Asamblea General Ordinaria o Extraordinaria, Sesión del Consejo de Administración, Resolución del Administrador Único), en la que se dispuso efectuar la conversión de acciones al portador en nominativas a la que me he referido.
Guatemala, de de 201__

DECRETO NUMERO 51-92 CODIGO PROCESAL PENAL

Una publicación a cargo del Centro Nacional de Análisis y Documentación Judicial (CENADOJ)

INTRODUCCIÓN

El apoyo a la actividad jurisdiccional con la selección, ordenamiento, análisis y tratamiento, edición, publicación y difusión de información jurídica legislativa, jurisprudencial y doctrina, permanente actualizada, es la función global del Centro Nacional de Análisis y Documentación Judicial (CENADOJ), por lo que reproduce una copia fiel y actualizada del Código Procesal Penal, Decreto 51-92 del Congreso de la República, y para su efecto, fue confrontado con el Diario de Centro América (Diario Oficial de Guatemala), Número 31, del Tomo 245, en donde fue publicado el 14 de diciembre de 1992; y sus modificaciones

contenidas en: Decretos del Congreso de la República 45-93, 32-96, 41-96, 103-96, 114-96, 79-97, 129-97, 56-2000, 57-2000, 30-2001, 51-2002, 37-2008, 17-2009, 18-2010 y 7-2011; y sentencias de la Corte

de Constitucionalidad siguientes: a) 26/01/1995, Expediente 296-94; b) 24/02/1997, Expediente 929-96 c) 16/12/1999, Expediente 105-99; d) 18/11/2002, Expediente 1555-2001, e) 09/12/2002, Expediente

890-2001 y f) 12/04/2011, Expediente 939-2008.

Se hace énfasis en que se ha respetado la publicación oficial (en forma y en fondo), esto es, las letras mayúsculas sin tilde, las sangrías de cada párrafo y los signos de puntuación.

A manera de explicación, indicamos que el Código Procesal Penal, a través del Decreto 7-2011 del Congreso de la República, sufre modificaciones, que para su implementación se necesita más recursos Presentación humanos y físicos por parte de las instituciones del sistema de justicia, que por las limitaciones presupuestarias es difícil de cumplir; por lo que el artículo 14, del relacionado Decreto, contempla la posibilidad de hacerlo de manera progresiva (lo relacionado al Procedimiento por Delitos Menos Graves en los juzgados de paz) mediante acuerdos interinstitucionales que determinen las circunscripciones territoriales de aplicación; como es el caso del Acuerdo celebrado entre la Corte Suprema de Justicia, el Ministerio Público y el Instituto de la Defensa Pública Penal, el 13 de julio y su Addendum Uno del 28 de julio, ambos del 2011; así como el Acuerdo 26-2011 de la Corte Suprema de Justicia, del 24 de agosto de 2011 que regula la Implementación del procedimiento para delitos menos graves en los Juzgados de Paz, de conformidad con el Decreto 7-2011 del Congreso de la República.

Además, como información de soporte, la presente publicación del  Código Procesal Penal, cuenta con un ANEXO que contiene: el Acuerdo Interinstitucional y su Addendum y el Acuerdo de la Corte Suprema de

Justicia, que se identificaron en el párrafo anterior, así como Circulares de la Cámara Penal, Acuerdos de la Corte Suprema de Justicia y otras normativas de importancia y de utilidad en la materia.

De esta manera, ofrecemos la presente publicación, con el propósito de proporcionar a los órganos jurisdiccionales, comunidad jurídica y sociedad en general, un texto legal confiable y actualizado.

Atentamente,

-Centro Nacional de Análisis y Documentación Judicial (CENADOJ)

Guatemala, enero de 2012.Click aquí para visualizar y descargar el documento!

http://www.oj.gob.gt/es/QueEsOJ/EstructuraOJ/UnidadesAdministrativas/CentroAnalisisDocumentacionJudicial/cds/CDs%20codigos/CODIGO_PROC_PENAL/CodigoProcesalPenal_CENADOJ.pdf

Exoneración del 50% y 25% en multas de transito y administrativas Municipalidad de Guatemala

Buenas noticias amigos, la Municipalidad de ciudad Guatemala, ha publicado el día de hoy en el diario de Centroamérica el Acuerdo Com-9-2013,  el cual concede por esta única vez y dentro del período de vigencia de este acuerdo, la exoneración del 50% de valor de las multas de tránsito y de multas administrativas correspondientes a los años 2009, 2010 y 2011 y la exoneración del 25% de valor de las multas de tránsito y de multas administrativas correspondientes a los años 2012 y 2013, así mismo, exoneración de intereses por mora de multas de los años anteriores, todo esto es aplicable entre quienes cancelen las multas en el periodo comprendido del quince de abril al quince junio de 2013. Para mas información visualiza el documento que contiene el Acuerdo COM-9-2013

Reflexión filosófica de la semana!

“Una persona usualmente se convierte en aquello que él cree que es. Si yo sigo diciéndome a mí mismo que no puedo hacer algo, es posible que yo termine siendo incapaz de hacerlo. Por el contrario si yo tengo la creencia que si puedo hacerlo, con seguridad yo adquiriré la capacidad aunque no la haya  tenido al principio.”    Mahatma Gandhi


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Bunker Roy: Lecciones de un movimiento de descalzos

Universidad de los descalzos: donde no aceptan a quien posea un título de cualquier tipo. Un video que enseña e inspira

En Rajastán, en la India, una escuela extraordinaria prepara a mujeres y hombres del campo –muchos de ellos analfabetos– para que lleguen a ser ingenieros solares, artesanos, dentistas y médicos en sus propias aldeas. Se llama Barefoot College (Escuela de descalzos) y su fundador, Bunker Roy, explica cómo funciona.

Sanjit “Bunker” Roy is the founder of Barefoot College, which helps rural communities becomes self-sufficient.

Artículo compartido por Saul Guerra Gutierrez