Cuestionario de la Prueba Específica de Derecho

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Hola amigos, algunos pasamos por la famosa prueba de conocimientos básicos que es el primer requisito para ingresar a la Tricentenaria Universidad de San Carlos de Guatemala, y también debimos realizar la prueba de conocimientos específicos, buenos recuerdos los que nos quedan, sin embargo no todos tuvieron la suerte de ingresar a la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales, por que no existían cuestionarios, resumenes ni nada, las guias de estudio eran diferentes y teníamos que irnos a la Biblioteca Central a consultar para armar nuestro resumen, y así fue como logramos nuestros objetivos de ingresar, cerrar Pensum y graduarnos!

Sin embargo, las nuevas generaciones (amigos, hermanos, primos, etc.) se encuentran con un procedimiento un tanto diferente, no podemos decir más fácil ni más difícil,  pero tienen a su disposición nuevas herramientas de estudio como el Internet y los resumenes, por esta razón compartimos este resumen para apoyar a su aprendizaje, a reforzar conocimientos y a que se formen como profesionales de las Ciencias Jurídicas!

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Cuadros de Jurisdicción Voluntaria

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La Jurisdicción Voluntaria, es la competencia delegada a los notarios, para tramitar aquellos procesos en los cuales no existe litis. Aquí presento los caudros, y una valiosa explicación en cada uno de los procesos. Es algo como un diagrama de Flujo.


En el siguiente link se encuentran los cuadros: https://www.scribd.com/doc/5545894/JURISDICCION-VOLUNTARIA-CUADROS

JURISDICCIÓN VOLUNTARIA CUADROS by donkrr

Esquemas de Derecho Procesal Civil Guatemalteco

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Esquemas de Derecho Civil Guatemalteco


Buenos días,  el equipo de Estudiantes por Derecho agradece a todos los visitantes de este post, si tuvieran problema para descargar el contenido pueden mandarnos un correo a estuderecho@gmail.com y con gusto les mandamos de vuelta el archivo adjunto! De igual manera si ustedes tienen documentos por favor compartanlos por la misma via para seguir ayudando a otros compañeros, muchas gracias y esperamos que sea de utilidad este y todos nuestros contenidos!

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Resumen de Derecho Civil Guatemalteco

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Contiene un resumen de los cursos de Derecho Civil I, II, III y IV, conforme a los Programas de Estudio de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad de San Carlos de Guatemala.


Origen y evolución: En Roma, de acuerdo con el carácter de la raza y de la cultura el derecho positivo asumió una forma muy clara y concreta, y tomó el nombre de derecho civil (jus civile), es decir, derecho de la ciudad (civitas), o mejor dicho, de los ciudadanos (civiles). Esto equivalía a lo que ahora llamaríamos derecho nacional, pues el concepto de ciudad correspondía allí al de nación y Estado. El derecho civil (jus civile), por su carácter práctico y coercitivo se oponía al derecho de gentes (jus gentium) y al derecho natural (jus naturale). Comprendía, no solamente lo que hoy apellidamos derecho civil, sino también el público, el penal, el mercantil, etc., o sea, todo el conjunto del derecho positivo. Los romanos distinguieron dos categorías en el derecho civil: el público (publicum) y el privado (privatum), pero esto no motivó la formación de dos ramas diferentes, tanto público como privado, el derecho civil era todo uno. En la Edad Media, la expresión jus civile ya no significó el derecho de una ciudad, de un pueblo, sino que significó, nada más y estrictamente, derecho romano o, mejor dicho, el derecho común de cada pueblo (contemplándose siempre lo público y lo privado). En la Edad Moderna, el derecho civil dejó de comprender lo público y lo privado, en sentido unitario, separándose paulatinamente, las ramas que en fechas más o menos recientes constituyeron el derecho público, hasta quedar el derecho civil como derecho esencialmente privado.


 

Definición y ubicación: El derecho civil es el conjunto de normas e instituciones destinadas a la protección y defensa de la persona, de la familia y de la propiedad, de las cosas o bienes, y de los fines que son propios de éstas, así como del régimen de las sucesiones y de las obligaciones y contratos, además de cierto número de nociones generales y comunes a todas esas instituciones especiales. Consta de las siguientes grandes ramas: 1) Derecho de la persona: capacidad, estados civiles, derechos de la personalidad, nacimiento, muerte y domicilio, entre otras materias. 2) Derecho de familia: matrimonio, unión de hecho, parentesco, filiación, adopción, patria potestad, alimentos entre parientes, tutela, patrimonio familiar, Registro Civil. 3) Derechos reales: bienes, propiedad, posesión, usucapión, usufructo, uso, habitación, servidumbres, hipoteca, prenda, Registro de la Propiedad. 4) Derecho de sucesiones: testamento, herencia, legados, sucesión intestada. 5) Derecho de obligaciones y contratos: teoría general de las obligaciones y de los contratos, contratos en particular (promesa, opción, mandato, sociedad civil, compraventa, permuta, donación entre vivos, arrendamiento, mutuo, comodato, depósito, obra o empresa, servicios profesionales, fianza, renta vitalicia, loterías y rifas, apuestas y juegos, transacción, compromiso). Por 2 consiguiente, al derecho civil lo podemos ubicar dentro la sistemática jurídica como perteneciente al Derecho Privado.

Códigos Civiles de 1877, 1933 y 1963: El derecho civil de Guatemala se ha inspirado fundamentalmente en las ideas del plan romano – francés, contenidas en su mayoría en el Código de Napoleón (24-03-1804), con determinadas variantes. El Código Civil de 1877 estaba dividido así: Libro I (De las personas), que se quiso sustituir el 30-06-1926 mediante el decreto número 921, lo cual no ocurrió; Libro II (De las cosas, del modo de adquirirlas y de los derechos que las personas tienen sobre ellas); y, Libro III (De las obligaciones y contratos). El Código Civil de 1933 estaba dividido así: Libro I (Personas); Libro II (Los bienes); Libro III (Modos de adquirir la propiedad); y, Libro IV (De las obligaciones y contratos), que no era más que el Libro III del Código de 1877 que quedó íntegramente vigente. El Código Civil de 1963, que actualmente nos rige, está dividido así: Libro I (De las personas y de la familia); Libro II (De los bienes, de la propiedad y demás derechos reales); Libro III (De la sucesión hereditaria); Libro IV (Del Registro de la Propiedad); y, Libro V (Del derecho de obligaciones –de las obligaciones en general y de los contratos en particular–).


Persona. a) Definición: Se dice que la palabra persona (latín: per = mucho, y sono = sonar) originalmente significaba máscara, representación, investidura, relacionada siempre con las representaciones teatrales. La mayoría de autores coinciden en atribuirle origen romano. En suma, persona es el reconocimiento que las normas jurídicas hacen del ser humano o de los entes resultantes de su asociación, otorgándoles capacidad para el goce y ejercicio de sus derechos y obligaciones. b) Clasificación: Desde el punto de vista jurídico existen dos clases de personas: 1) La persona jurídica individual (natural o física); y, 2) La persona jurídica colectiva (sociales, morales, colectivas o abstractas). La primera consiste en el conjunto de deberes jurídicos y de derechos subjetivos atribuidos o imputados a un determinado sujeto humano. La segunda la veremos más adelante (punto 9 del presente trabajo).


 

 

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Sabes que es el Codex Alimentarius?

Para la FAO, el Codex Alimentarius, o código alimentario, se ha convertido en un punto de referencia mundial para los consumidores, los productores y elaboradores de alimentos, los organismos nacionales de control de los alimentos y el comercio alimentario internacional. Su repercusión sobre el modo de pensar de quienes intervienen en la producción y elaboración de alimentos y quienes los consumen ha sido enorme. Su influencia se extiende a todos los continentes y su contribución a la protección de la salud de los consumidores y a la garantía de unas prácticas equitativas en el comercio alimentario es incalculable. Sitio Web: www.codexalimentarius.net

La importancia del Codex Alimentarius para la protección de la salud de los consumidores fue subrayada por la Resolución 39/248 de 1985 de las Naciones Unidas; en dicha Resolución se adoptaron directrices para elaborar y reforzar las políticas de protección del consumidor. En las directrices se recomienda que, al formular políticas y planes nacionales relativos a los alimentos, los gobiernos tengan en cuenta la necesidad de seguridad alimentaria de todos los consumidores y apoyen y, en la medida de lo posible, adopten las normas del Codex Alimentarius o, en su defecto, otras normas alimentarias internacionales de aceptación general.

El presente folleto se publicó por primera vez en 1999 con el objeto de promover una mayor comprensión de un código alimentario en evolución y de las actividades de la Comisión del Codex Alimentarius, el órgano competente para la compilación de normas, códigos de prácticas, directrices y recomendaciones que constituyen el Codex Alimentarius. Desde la primera publicación el modo de funcionamiento del Codex ha sufrido numerosas modificaciones. Por ello, la nueva edición de este folleto divulgativo es oportuna y necesaria para comprender el Codex Alimentarius en el siglo XXI.

ftp://ftp.fao.org/codex/Publications/understanding/Understanding_ES.pdf

La publicación “Que es el Codex” está disponible en inglés, francés, español, árabe,chino y ruso.

Tipos de Sociedades en Guatemala

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En Guatemala, el término “Sociedades”  según Eregulations.Org se utiliza para aquellas entidades que actúan con personalidad jurídica propia y distinta de la de sus socios. La sociedad inscrita en el Registro Mercantil y constituida bajo los parámetros y normativa del Código de Comercio están dotadas de personalidad jurídica. Cuentan también con capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones. En Guatemala no se permiten sociedades unipersonales, deben comparecer por lo menos dos o más a socios a constituír la sociedad. En éste sitio se utilizan los términos SOCIEDADES y COMPAÑIAS como sinónimos.

• Sociedad Colectiva (General Partnership)

• Sociedad en Comandita Simple (General and Limited Company)

• Sociedad en Comandita por Acciones (Joint-Stock Company)

• Sociedad de Responsabilidad Limitada (Limited Partnership)

• Sociedad Anónima (Corporation, Stock Company)

 

“CONSECUENCIAS DERIVADAS DE LA NO IMPLEMENTACIÓN DE NORMATIVOS JURíDICOS, ANTE DIFERENTES ILÍCITOS PENALES EN LAS REDES SOCIALES EN INTERNET EN GUATEMALA

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Hablar de delitos informáticos resulta aún difícil en Guatemala, la mayoría de guatemaltecos aún no visualizan este tipo de actividad como un crimen de lesa humanidad, que t¡ene como víctima a miles de niños, niñas y adolescentes en el mundo, el marco jurídico penal vigente, aún no contempla la creación de nuevos tipos penales.

La importancia de la presente investigación, radica en las redes sociales de Internet y los alcances de éstas en su ámbito jurídico y la necesidad de crear un marco legal sobre delitos informáticos, que contemple, respete y tutele derechos inherentes a la persona como derecho de privacidad, intimidad, derechos de autor’ propiedad intelectual e industrial que pueda prevenir y tipificar delitos contra el honor entre otros’ En la planificación de la presente investigación la hipótesis planteada fue: La importancia de una nueva legislación en materia penal, en virtud que el ordenamiento jurídico v¡gente, carece de un sustento legal específico que garantice la protección personal de datos y privacidad de los usuarios.

Y por último la fase expositiva al real¡zar la prueba de la hipótesis, y exponer los resultados en el informe final Esta investigación llevada a cabo específicamente en el Departamento de Guatemala, tuvo como objetivo determinar los ilícitos penales que inciden dentro de las redes sociales en Internet, constituyendo la misma una pequeña guía para aproximarse a la grave problemática de la seguridad en Internet, además, se analiza de manera sintética, los principales inconvenientes que debe afrontar la legislación nacional para penal¡zar este tipo de actividad delictual y el desafío tecnológico que presenta Internet como medio intimamente relacionado con la comisión de delitos informáticos cometidos dentro de las redes sociales en Internet a través de sus diferentes modalidades y demostrar la necesidad de fortalecer las normas jurídicas que actualmente existen en diversos cuerpos legales.

Se utilizó el método cientifico, aplicado en sus tres fases: la recolección de la información o fase indagadora, donde se procuró obtener toda la información necesaria: la demostrativa, a través del planteamiento de la hipótesis, mediante la revisión de los datos y la información recolectada, como método particular se utilizó el analítico-sintético, para el análisis de los aspectos científicos del estudio, los fundamentos legales y doctrinarios así como los resultados de campo y el planteamiento de las conclusiones, conseguido de las técnicas documentales, como lectura de libros, folletos, revistas y análisis de leyes.

El presente trabajo se estructura en cuatro capítulos: En el capítulo I investiga a fondo las redes sociales en Internet de una manera general, tipos, clasificaciones, elementos, estructuras, causas y efectos jurídicos para comprender los usos y alcances de estas herramientas tecnológicas al ser usadas en la comisión de hechos delictivos; el capitulo ll, describe a la red social Facebook, generando un análisis directo a ios servicios que ofrece a los usuarios, en cuanto al tratamiento de la información personal, la privacidad, configuración de la cuenta, medidas de control, medidas de protección, Legislación internacional sobre redes sociales y la diferencia sobre privacidad existente en Europa y Estados Un¡dos; el capítulo lll, aborda la temática del delito informático, el cual incluye diferentes modalidades y categorías que se analizan a través de sus elementos personales y esenciales, recopilando los delitos informáticos reconocidos por Naciones Un¡das, del mismo modo se analizan otro tipo de ilícitos penales que nacen a Ia vida a través de las redes sociales, El capítulo lV aborda la problemática jurídica de las redes sociales en Guatemala, analizando la naturaleza jurídica de los servicios de las redes sociales, características, formas, y de distintas actividades delictivas, además de aspectos relativos a la seguridad de la información, la privacidad en Internet y protección de datos personales y derechos de autor.

Sirva el presente trabajo para acercar al lector a una mejor comprensión de los delitos informáticos y los posibles riesgos, además de obtener información sobre diferentes conceptos vertidos por expertos en la mater¡a, y tener una visión actual de esta problemática en Guatemala.

Visualizar el estudio completo (texto)

Decreto Número 93-2000 Ley de Aviación Civil

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Le permite al ciudadano tener la información del Reglamento, regulaciones y disposiciones de aviación civil, así también las Leyes que apoyan el ejercicio de las actividades de aeronáutica civil de una manera eficiente y seguro del espacio aéreo, teniendo como fundamento la Constitución Política de la República de Guatemala.

La Ley de Aviación Civil de Guatemala tiene como objetivo normar el ejercicio de las actividades de aeronáutica civil, en apoyo al uso racional, eficiente y seguro del espacio aéreo, con fundamento en lo preceptuado en la Constitución Política de la República, los convenios y tratados internacionales ratificados por Guatemala, los reglamentos emitidos para el efecto y demás normas complementarias.

Es aplicable a todas las personas individuales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que realicen actividades de aviación civil dentro del territorio nacional y su espacio aéreo.

Ley de Aviación!

 

Interpretación de los versos del Himno Nacional de Guatemala

En el portal del Ministerio de Educación se encuentra una interpretación al Himno Nacional de Guatemala, del cual compartimos un extracto:

Guatemala feliz!… que tus aras no profane jamás el verdugo… ¡Guatemala! Te soñamos dichosa, queremos que seas siempre feliz; tenemos para ti un altar (aras) que no debería ser manchado jamás con la sangre de tus hijos, ni con actos indignos que empañen la gloria de tu nombre.

Ni haya esclavos que laman el yugo, ni tiranos que escupan tu faz… Que nadie sea humillado (lamer tu yugo), que ningún dictador insulte a tus hijos (escupir el rostro de la patria), que se respete la vida, la integridad física y la libertad de las personas.

El contenido completo puede ser visualizado en el link siguiente: http://www.mineduc.gob.gt/portal/contenido/menu_principal/inicio/documents/AnunciosInteres/INTERPRETACI%C3%93N_DE_LOS_VERSOS_DEL_HIMNO_NACIONAL_DE_GUATEMALA.pdf