Derecho laboral guatemalteco

  • 1. DERECHO DE TRABAJO I CONTENIDO PRIMERA PARTE CONCEPTOS GENERALES
  • NOCION DEL DERECHO DEL TRABAJO: TERMINOLOGIA: En un principio, y en función de su origen, se le llamo Legislación Industrial o leyes del Trabajo Industrial; años mas tarde, algunos profesores hablaron de Derecho Obrero. Todas estas denominaciones sirvieron para hacer saber que las leyes y normas nuevas tenían como campo único de aplicación el trabajo en la industria.
  • Los empleados del comercio y demás actividades económicas se regían por los códigos civiles y mercantiles y por leyes especiales; una limitación que se fue borrando paulatinamente, al grado de que ya es posible afirmar que el derecho del trabajo de nuestros días tiene la pretensión de regir la totalidad del trabajo que se presta a otro. La única denominación que aún quiere hacer concurrencia al término propuesto es la de Derecho Social, usada, entre otros, por laboralistas brasileños, pero no podemos fundir los dos términos porque la denominación Derecho Social posee múltiples significados, en tanto el vocablo: Derecho del Trabajo, tiene una connotación precisa.PRINCIPIOS: Antes de referirnos a los principios del derecho de trabajo en la legislación guatemalteca,consideramos apropiado hacer un esbozo general del tema. Es así como, siguiendo el discurso del autor de la obra: “Los Principios del Derecho de Trabajo”, Américo Plá Rodríguez, debe aclararse que en relación al número de principios que sustentan a esta rama del derecho, consultados catorce autores, se contabilizan veinticinco principios diferentes, destacando que ninguno de los autores reconoce más de siete y, en algunos casos, se engloban varios en uno mismo. Por otra parte se sostiene que los principios generales del derecho no pueden identificarse con los principios propios de cada disciplina. En relación a una noción general que defina qué son los principios del derecho de trabajo, Plá Rodríguez, nos dice que son: “Las líneas directrices que informan algunas normas e inspiran directa o indirectamente una serie de soluciones por lo que pueden servir para promover y encauzar la aprobación de nuevas normas, orientar la interpretación de las existentes y resolver los casos no previstos”. Para el mismo jurista uruguayo, más importante que cualquier definición resulta la descripciónde los principios que -aceptando la tesis de Juan Rivero Lamas- son jurídicos, normativos y derelajamiento. Luego recalca tres elementos sobre dicha noción, así: “a) Son enunciados básicos que contemplan, abarcan, comprenden una serie indefinida desituaciones. Un principio es algo más general que una norma porque sirve para inspirarla, para entenderla, para suplirla…De allí que se hable de principios básicos o fundamentales, porque sirven de cimiento a toda la estructura jurídico-normativa laboral. b) Por ser propios del derecho del trabajo son distintos de los que existen en otras ramas del derecho. Sirven para justificar su autonomía y su peculiaridad. Por eso, tienen que ser especiales,diferentes de los que rigen en otras zonas del derecho…no tienen por qué ser absolutamente exclusivos. Pero como conjunto, deben configurar un elenco que no se reproduce, en la misma forma, en las demás disciplinas jurídicas.

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[slideshare id=7629543&doc=derecholaboralguatemalteco-110414114829-phpapp02&type=d]

http://es.slideshare.net/INTERNET_KD_EVOLUTION/derecho-laboral-guatemalteco

Que es el Estado de derecho?

La Constitución de Guatemala fue promulgada por la Asamblea Nacional Constituyente en 1985 y fue reformada luego de un referéndum en 1993. De acuerdo con la misma Guatemala es un Estado de Derecho, se organiza para proteger a la persona y a la familia, su fin supremo es la realización del bien común y su sistema de Gobierno es republicano, democrático y representativo. La soberanía reside en el pueblo y se encuentra conformado por diversos grupos étnicos entre los que figuran los grupos indígenas de ascendencia maya.
El territorio de la República se estructura en departamentos y se dividen a su vez en municipios, pero sólo estos últimos gozan de autonomía y poseen un Gobierno elegido por el pueblo.
El Estado de Derecho es aquel en donde sus autoridades se rigen, permanecen y están sometidas a un derecho vigente en lo que se conoce como un estado de derecho formal.
Éste se crea cuando toda acción social y estatal encuentra sustento en la norma; es así que el poder del Estado queda subordinado al orden jurídico vigente por cumplir con el procedimiento para su creación y es eficaz cuando se aplica en la realidad con base en el poder del estado a través de sus órganos de gobierno, creando así un ambiente de respeto absoluto del ser humano y del orden público.
Sin embargo, no basta con que exista una autoridad pública sometida al derecho. Para estar en presencia de un verdadero y auténtico Estado de derecho, el ordenamiento jurídico del respectivo estado, debe reunir una serie de características que dan origen a un estado de derecho real o material. El concepto de estado de Derecho se explica por dos nociones: El Estado de Derecho en sentido formal y el Estado de Derecho en sentido material.
PRINCIPIOS GENERALES
Debe cumplir una serie de normas:
Ley como mandato fundamental. Sobre Estado de Derecho implica el sometimiento de todos a la Ley. En el Estado de Derecho se considera que la Ley nace del Poder Legislativo y que dicho poder esta aparte del resto de poderes del Estado
Derechos y Libertades fundamentales garantizados. Cuando están especificados en la norma máxima del Estado quedan reconocidos y garantizados en un Estado de Derecho.
La Administración limitada y sujeta por la Ley. Se divide en dos cuerpos; el Gobierno de la Nación y la Administración como elemento no político compuesto por los funcionarios que la integran.
Separación de los Poderes del Estado. Los tres poderes fundamentales son:
Poder Legislativo.
Poder Ejecutivo
Poder Judicial
El término ‘Estado de derecho’ tiene su origen en la doctrina alemana del Rechtsstaat. El primero que lo utilizó como tal fue el libro La ciencia de política alemana en conformidad con los principios de los Estados de derecho (del alemán Die deutsche Polizeiwissenschaft nach den Grundsätzen des Rechtsstaates), sin embargo, la mayoría de los autores alemanes ubican el origen del concepto en la obra de Immanuel Kant. En la tradición anglosajona, el término más equivalente en términos conceptuales es el rule of law.

Fuentes: wwwestuderecho.com http://estadodederecho.blogspot.es/1259781360/principios-generales/ www.wikipedia.com

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Información de área Pre-Especialización o área específica

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Interciclo Junio 2013

El área específica esta dirigida a estudiantes del 6to Semestre en adelante.

Asignación de cursos: Por Internet del 27 al 02 de Junio del 2013. (Menú Principal –> Control Académico Virtual –> Area Específica)

Jornadas habilitadas: Nocturna, vespertina

Inicio de clases: Lunes 3 de Junio. (lunes a viernes).

Lugar: campus central, Edificio S-12, tercero y cuarto nivel.

Nota Importante:

  • No llevar cursos de escuela de vacaciones simultáneamente (misma jornada).

Calendarización de actividades de Escuela de Vacaciones!

Generación de Boleta y Asignación de Cursos:

Asignación Ordinaria: Del 27 de Mayo al 02 de Junio 2013

Vía de Generación de Orden de Pago y Asignación: Por Internet – Sitio Web de la Facultad ( Menú Principal –>Control Académico Virtual –> Escuela de Vacaciones Junio/2013)

Inicio de clases: Lunes 3 de Junio

Observaciones:

Luego de generar la boleta de pago con el(los) curso(s) y sección seleccionado y efectuado el pago en el banco del sistema, es necesario retornar al sitio web para realizar la asignación de los cursos que se pagaron. El hecho de realizar el pago NO SIGNIFICA ASIGNACIÓN AUTOMÁTICA, es obligatorio hacer el paso final de asignarse.

Feliz día del Estudiante Universitario

“Esta ciudad te pertenece, edifica en ella tu presente, para que las generaciones futuras puedan aquí colmar su espíritu de sabiduría.  Que tu vida académica sea sagrada, fecunda y hermosa.  No entres a esta ciudad del espíritu sin bien probado amor a la verdad y a la libertad.”

Dr. Carlos Martínez Durán

Sumario Diario de Centroamérica, miércoles 15 de mayo de 2013

La Secretaría Nacional de Administración de Bienes en Extinción de Dominio –SENABED-, en cumplimiento con lo establecido en la Ley de Acceso a la Información Pública, presenta su INFORME sobre el funcionamiento y finalidad del Archivo General, sistemas de registro, categorías de información, procedimientos y facilidades de acceso al mismo.
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Acuerdo 138-2013 del Ministerio de Energía y Minas, Ajusta el precio de mercado del petróleo crudo nacional determinado provisionalmente para el mes de MARZO de 2013
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Acuerdo 139-2013 del Ministerio de Energía y Minas. Fija provisionalmente el precio de mercado del petróleo crudo nacional para el mes de MAYO de 2013
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Acuerdo 412-2013 del Ministerio de Cultura y Deportes. Reforma el Acuerdo Ministerial 321-2007, que validó el funcionamiento y el Perfil Institucional de la Escuela Municipal de Danza Clásica, en sus artículos: 7 (asignaturas por grado de Danza Clásica) y 14 (requisitos de graduación).
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Acuerdo Gubernativo 195-2013Acepta la donación de derechos posesorios que a título gratuito hace la municipalidad de Villa Canales, departamento de Guatemala y aprueba las diligencias de inscripción de posesión a favor del Estado, sobre una fracción de terreno de la finca ubicada en la Aldea Los Llanos, Villa
Canales, Guatemala, la que adscribe al Ministerio de Cultura y Deportes, para que se construya la
cancha polideportiva de esa Aldea.
@estuderecho
169-2013 05/04/2013 Acuerdo del Ministerio de Gobernación. Reconoce la personalidad jurídica de la IGLESIA EVANGÉLICA LA VOZ PROFÉTICA DE DIOS HOY.
178-2013 23/04/2013 Acuerdo del Ministerio de Gobernación. Reconoce la personalidad jurídica de la IGLESIA EVANGÉLICA BÍBLICA ROCA DE SALVACIÓN.
196-2013 23/04/2013 Acuerdo del Ministerio de Gobernación. Reconoce la personalidad jurídica de la IGLESIA MISIÓN EVANGÉLICA PENTECOSTÉS PACTO ETERNO CENTRAL.
197-2013 23/04/2013 Acuerdo del Ministerio de Gobernación. Reconoce la personalidad jurídica de la IGLESIA EVANGÉLICA FAMILIA CRISTIANA NUEVA JERUSALEM.

205-2013 30/04/2013 Acuerdo del Ministerio de Gobernación. Reconoce la personalidad jurídica de la IGLESIA EVANGÉLICA ROCA INCONMOVIBLE.
217-2013 03/05/2013 Acuerdo del Ministerio de Gobernación. Reconoce la personalidad jurídica de la IGLESIA CASA DE ORACIÓN, FAMILIAS LLENAS DEL ESPÍRITU SANTO.

Sumario Diario de Centroamérica, martes 14 de mayo de 2013

31/01/2013 Instrumento de Ratificación del Acuerdo por Canje de Notas con el Gobierno de la República Federal de Alemania para el Cambio de Nombre de la Agencia Alemana de Cooperación Deutsche Gesellschaft Für Technische Zusammenarbeit (GTZ) por Deutsche Gesellschaft Für Internationale Zusammenarbeit (GIZ).
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15/11/2012 Acuerdo por Canje de Notas entre el Gobierno de la República de Guatemala y el Gobierno de la República Federal de Alemania para el Cambio de Nombre de la Agencia Alemana de Cooperación Deutsche Gesellschaft Für Technische Zusammenarbeit (GTZ) por Deutsche Gesellschaft Für Internationale Zusammenarbeit (GIZ).
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207-2013 30/04/2013 Acuerdo Gubernativo.  Desmiembra a favor del Estado una fracción de terreno de la finca rústica ubicada en la zona 1 del municipio de Ixcán, departamento de Quiché, la que adscribe a la Municipalidad de Ixcán, Quiché, para el funcionamiento del Coliseo Deportivo de esa localidad
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174-2013 23/04/2013 Acuerdo del Ministerio de Gobernación. Reconoce la personalidad jurídica
de la IGLESIA MISIÓN EVANGÉLICA PENTECOSTÉS “PACTO DE SANTIDAD”.
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186-2013 23/04/2013 Acuerdo del Ministerio de Gobernación. Reconoce la personalidad jurídica de la
IGLESIA EVANGÉLICA MINISTERIOS EL TABERNÁCULO CASA DE DIOS.
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191-2013 23/04/2013 Acuerdo del Ministerio de Gobernación. Reconoce la personalidad jurídica de
la IGLESIA CRISTIANA AMIGOS DE DIOS
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3-2013 PUNTO SEXTO. 03/05/2013 Acuerdo de la Municipalidad de Pajapita, departamento de San Marcos. Aprueba la Tasa Municipal de Q.2.00 al Transporte Extraurbano, cada vez que ingresen al parqueo municipal EL CRUCERO LA VIRGEN.
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10-2013 PUNTO VIGÉSIMO PRIMERO. 11/03/2013 Acuerdo de la Municipalidad de El Tumbador, departamento de San Marcos. Con el objeto de prevenir que las personas sigan botando o tirando la basura en las calles, o botar basura en un lugar de la finca San Luis, El Tumbador, y orinar en las calles y lugares públicos, a la que sea sorprendida, se le impondrá una sanción administrativa pecuniaria, por las cantidades que se indican.