Alfonso María de Ligorio (Nápoles, 27 de septiembre de 1696 – Nápoles, 1º de agosto de 1787), quien fue un obispo de la Iglesia católica, canonizado en 1839, es el patrono de los abogados católicos, de los moralistas y de los confesores. Escribió más de ciento once obras, entre las cuales cabe destacar el Tratado de Teología Moral (1753 a 1755).
Sus grandes cualidades y capacidades le permitieron comenzar sus estudios universitarios a la edad de doce años, terminando a los dieciséis. Un decreto real prohibía conceder el título a menores de edad, pero fue dispensado y admitido ante el Consejo Universitario para presentar su Memoria.
Se le otorgó el título de Doctor en Derecho y Abogado del foro de su ciudad natal, comenzando una carrera en la que jamás perdió un juicio, defendiendo causas de gran relieve. Redactó entonces lo que se ha dado en llamar su “decálogo”, aunque son doce reglas de conducta, que demuestra lo delicado de su conciencia y el concepto que tiene de los tribunales donde se aplica la justicia. Este es el texto:
I. Jamás es lícito aceptar causas injustas porque es peligroso para la conciencia y la dignidad.
II. No se debe defender causa alguna con medios ilícitos.
III. No se debe imponer al cliente pagos que no sean obligatorios, bajo pena de devolución.
IV. Se debe tratar la causa del cliente con el mismo cuidado que las cosas propias.
V. Es preciso entregarse al estudio de los procesos a fin de que de ellos se puedan deducir los argumentos útiles para la defensa de las causas que le son confiadas.
VI. Las demoras y negligencias de los abogados son perjudiciales a los intereses de los clientes. Los perjuicios así causados deben, pues, ser reembolsados al cliente. Si no se hace así, se peca contra la justicia.
VII. El abogado debe implorar el auxilio de Dios en las causas que tiene que defender, pues Dios es el primer defensor de la justicia.
VIII. No es aceptable que el abogado acepte causas superiores a su talento, a sus fuerzas o al tiempo que muchas veces le faltará para preparar adecuadamente su defensa.
IX. El abogado debe ser siempre justo y honesto, dos cualidades que debe cuidar como a las niñas de sus ojos.
X. Un abogado que pierde una causa por su negligencia es deudor de su cliente y debe reembolsarte los perjuicios que le ocasione.
XI. En su informe debe el abogado ser veraz, sincero, respetuoso y razonador, y;
XII. Por último, las partes de un abogado han de ser la competencia, el estudio, la verdad, la fidelidad y la justicia.