Glosario sobre contrataciones del Estado en Guatemala

Buen dia estimados lectores!

Para quienes día a día hacemos vida en materia de contrataciones del Estado en los ámbitos tecnico y/ jurídico, nos es necesario ampliar nuestro vocabulario para una mejor interpretación y aplicación de la Ley de Contrataciones del Estado y sus reformas así como su Reglamento y otras disposiciones complementarias emitidas por la Dirección General de Adquisiciones del Estado. Por lo anterior, compartimos este glosario para que puedan ampliar sus conocimiento o interpretación al consultar las bases de procesos de cotización, licitación, compras directas, etc.

ACLARACIÓN: Son las respuestas que brindan las unidades ejecutoras a las solicitudes de aclaración que efectúan las personas interesadas sobre el contenido de las bases de un concurso público.

ADJUDICACIÓN APROBADA: Es la aprobación de la actuación de la Junta, realizada por la autoridad máxima.

ADJUDICACIÓN DEFINITIVA: Se entenderá que la adjudicación es definitiva, cuando ha transcurrido el plazo señalado en el artículo 101 de la Ley de Contrataciones del Estado sin que se hubiera interpuesto recurso alguno, o habiéndose interpuesto éste, fue resuelto y debidamente notificado.

ADJUDICATARIO: Oferente a quien se le ha adjudicado la negociación.

BASES: Es el presente documento, mediante el cual se establecen los requisitos técnicos, financieros, legales y demás condiciones de la negociación, que, conforme a la ley, deberá cumplir los oferentes para presentar sus ofertas en el proceso de contratación pública.

CONTRATISTA: Persona individual o jurídica, nacional o extranjera, debidamente inscrita y precalificada en el Registro General de Adquisiciones del Estado -RGAE-, según corresponda; con quien se suscribe un contrato…

CONTRATO: Instrumento legal escrito, en el cual se estipulan los derechos y obligaciones que rigen la contratación y las relaciones entre “la entidad contratante” y el contratista, que surgen de los documentos técnicos y legales que integran el proceso de contratación.

DISPOSICIONES ESPECIALES: Es el documento que contiene las características específicas, necesidades, estructura u objetivos adicionales que requiera la entidad según el objeto de la negociación, utilizados para complementar las bases, especificaciones técnicas y/o términos de referencia.

DOCUMENTOS DE COTIZACIÓN O LICITACIÓN (DOCUMENTOS DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN): Son los documentos a que hace referencia el artículo 18 de la Ley de Contrataciones del Estado, necesarios para llevar a cabo la cotización o licitación pública, según corresponda e incluyen, según el caso, lo siguiente: bases, especificaciones generales, especificaciones técnicas, disposiciones especiales y planos de construcción, podrán elaborarse según su naturaleza y objeto de la contratación, debiendo en todo caso ser congruentes con las necesidades que motivan la contratación.

 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS: Es el documento en el que se establecen las características, requisitos, normas, exigencias o procedimientos de tipo técnico que debe reunir un producto, servicio o sistema, requeridos en los procesos de contratación para:

  1. El diseño, construcción, mantenimiento u operación de obras;
  2. La adquisición de bienes o suministros; o
  3. La prestación de servicios.

ESPECIALIDAD: Es la calificación que otorga el Registro General de Adquisiciones del Estado, mediante el cual se acredita un contratista o proveedor del Estado, para participar en las modalidades de Licitación, Cotización, Subasta Electrónica Inversa, Contrato Abierto y los casos de excepción contemplados en la Ley de Contrataciones de Estado, con base en la Clasificación Industrial Internacional Uniforme -CIIU- de la Organización de Naciones Unidas -ONU-.

EXPERIENCIA: Es el criterio de calificación de ofertas contenido en las bases, consistente en un conjunto de conocimientos, preparación técnica o habilidades comprobables, generales o específicas, para determinar la oferta más favorable para los intereses del Estado según el objeto de contratación.

JUNTA DE COTIZACIÓN O LICITACIÓN: Único órgano competente para recibir, calificar ofertas y adjudicar el negocio, se integra por 3 miembros titulares y 2 suplentes; actúa en forma colegiada y es autónoma en sus decisiones; es nombrada por el Comité Técnico, y dentro del presente documento se le denominará la Junta.

MODIFICACIÓN: Documento presentado por el solicitante, en el curso de la cotización o licitación, según sea el caso; y antes de la presentación de ofertas, el cual se da por iniciativa propia o derivado de una solicitud de aclaración recibida; dicho documento modifica y/o amplía el contenido de las bases y debe ser aprobado por la Autoridad Superior; a partir de la publicación de la modificación, las personas interesadas contarán con un plazo no menor de 8 días hábiles para presentar sus ofertas.

MONTO O VALOR TOTAL DE LA NEGOCIACIÓN: Es el valor de contratación de obras, bienes, suministros o servicio con el Impuesto al Valor Agregado (IVA) incluido.

OFERENTE: Persona individual o jurídica, nacional o extranjera, que presenta una oferta.

OFERTA: Propuesta presentada por cada oferente, la cual deberá incluir los aspectos técnicos, económicos y legales, de acuerdo con lo solicitado en las presentes bases.

OFERTA ECONÓMICA: Es la propuesta económica expresada a través de un precio o de un valor, que realiza un proveedor en toda modalidad de adquisición regulada en la ley.

PLAZO CONTRACTUAL: Período computado en días calendario, meses o años de que dispone el contratista para el cumplimiento del objeto del contrato.

PLICA: Sobre cerrado y sellado en que se reserva algún documento que no debe publicarse hasta fecha u ocasión determinada.

PRECIO CERRADO: Es el valor pecuniario de una negociación, que no está sujeto a variaciones del monto contratado de conformidad con los requisitos y condiciones establecidos por la entidad contratante en las bases y en el contrato respectivo.

REGISTRO GENERAL DE ADQUISICIONES DEL ESTADO: Registro adscrito al Ministerio de Finanzas Públicas, que tiene por objeto registrar a las personas individuales o jurídicas, nacionales o extranjeras, para poder ser habilitadas como contratistas o proveedores del Estado, en las modalidades de adquisición pública establecidas en la ley de la materia.  Es responsable del control, actualización, vigencia, seguridad, certeza y publicidad de la información y derechos de las personas inscritas.

SISTEMA GUATECOMPRAS: Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, para la transparencia y eficiencia de las adquisiciones públicas, en el cual se publica la información relativa a todas las fases del proceso de adquisición pública, proveyendo la herramienta necesaria para que dicha información sea publicada y suministrada en forma completa y oportuna; el cual funciona a través de la dirección de internet www.guatecompras.gt.

SOLICITANTE: Dirección, Coordinación, Departamento, etc., que requiere una adquisición pública. Es el responsable de elaborar los documentos de adquisición y verificar que exista disponibilidad presupuestaria y que el objeto de la contratación esté incluido dentro del Plan Operativo Anual -POA- y el Plan Anual de Compras -PAC-, así como de supervisar y dar seguimiento al cumplimiento del contrato, debiendo implementar las actividades de control y monitoreo que correspondan, nombrando para el efecto al personal idóneo.

SUPERVISOR : Persona con experiencia o conocimiento suficiente sobre el objeto de la contratación, nombrado por la Dirección solicitante y es el responsable de velar por el cumplimiento de lo establecido en el contrato y demás documentos de cotización o licitación, según corresponda.

VIGENCIA DEL CONTRATO: Período comprendido de la fecha de aprobación del contrato a la fecha de aprobación de la liquidación del mismo.

Material de Cortesía por.

LIBRO DE JURISDICCION VOLUNTARIA RICARDO ALVARADO

Buen día, navegando por la red hemos encontrado la página http://9nosemestreusac.blogspot.com/2018/02/libro-de-jurisdiccino-voluntaria.html, en la cual encontramos este interesante artículo, el cual indica lo siguiente: “el libro de Jurisdicción Voluntaria por el autor Ricardo Alvaro, para su lectura y estudio en la cátedra Derecho Notarial III. https://drive.google.com/file/d/15sFHJVYj9eW-3EKs_7aojrHa4v5Vd9Df/view?usp=sharing

Sabes quien vota para elegir decano de derecho en la usac?

Hola, como cada 4 años se lleva a cabo la elección del Decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad de San Carlos de Guatemala; en el año 2020 se avizoraba que se llevaría a cabo dicho proceso, sin embargo por el COVID-19 la convocatoria fue cancelada; ahora para el año 2021 el Consejo Superior Universitario ha lanzado la convocatoria a elección para los 3 cuerpos electorales, es decir, Estudiantes, Docentes y Profesionales;

De esa cuenta, las fechas han quedado establecidas siendo las siguientes:

Profesionales: Viernes 12 de febrero de 2021.

Estudiantes: 12, 13 y 14 de abril de 2021.

Docentes titulares: Pendiente de confirmar dato.

En las siguientes imáagenes te compartimos de una forma breve toda la información y las convocatorias, esperamos sea de tu utilidad esta información!

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La imagen puede contener: texto que dice "EXCELENCIA Juridica Forma Parte Del Cambio Generacional PROFESIONALES EGRESADOS DE LA FACULTAD DE DERECHO Y ESCUELA DE CIENCIA POLÍTICA DE LA USAC *COLEGIADO ACTIVO HENRY ENRY //ARRIAGA Decano 2021-2025 PARA UNA NUEVA REALIDAD, UNA NUEVA FACULTAD"La imagen puede contener: texto que dice "EXCELENCIA Juridica Forma ParteDel Cambio Generacional ESTUDIANTES DE LA FACULTAD DE DERECHO DE LA USAC CON PRIMER AÑO APROBADO INSCRITOS EN EL CICLOVIGENTE LA ELECCIÓN VOTAN ESTUDIANTES CAMPUS CENTRALY SECCIÓN DE ANTIGUA GUATEMALA ENRY ARRIAGA RRIAGA Decano 2021-2025 PARA UNA NUEVA REALIDAD, UNA NUEVA FACULTAD"La imagen puede contener: texto que dice "EXCELENCIA Juridica FormaParteDe/CambioGeneraciona Generacional Cambio DOCENTES TITULARES DE LA FACULTAD DE DERECHO DE LA USAC IHENRY RRIAGA Decano 2021-2025 PARA UNA NUEVA REALIDAD, UNA NUEVA FACULTAD"La imagen puede contener: texto que dice "EXCELENCIA Juridica Forma ParteDe Cambio Generacional PROFESIONALES EGRESADOS DE LA FACULTAD DEDERECHO ESCUELA CIENCIA POLÍTICA USAC COLEGIADO ACTIVO DE FACULTAD DOCENTESTTULARESDELAFACULTADE DE DERECHO USAC ESTUDIANTES DE LA FACULTAD DERECHO SAC CON PRIMER APROBADO OSEN CAMPUSC ANTIGUA TEMALA SECCION IHENRY// Decano 2021-2025 PARA UNA NUEVA REALIDAD, UNA NUEVA FACULTAD"La imagen puede contener: texto que dice "conformidad JUNTA DIRECTIVA DEL COLEGIO ABOGADOS NOTARIOS GUATEMALA artículos 3literal Carlos Carlos 6literalc) Guatemala;y, colegiados Sesion Abogadosy GUATEMALA, Estatutos Colegio Guatemala, eglamento Elecciones Asamblea General Extraordinaria, para siguiente, FACULTAD DEL NIVERSIDAD 2025 Los.colegiados FECHA: VIERNES 8:00 FEBRERO LUGARES: VUELTA: No. Localidad Centro GUATEMALA Votación ELECCION: SACATEPÉQUEZ elNo.32 SANTAROSA Bartlo TOTONICAPÁN QUETZALTENANGO SUCHITEPEQUEZ RETALHULEU 10 Mazatenango 12 QUICHE ALTAVERAPAZ 6a.Avenida4-08 CHIQUIMULA 20 REQUISITOSE Guatemala, COCEGIO-BEA5GADO MASAYA GAMBOA OTARI GUATEMALA"La imagen puede contener: texto que dice "USAC TRICENT NARIA CALENDARIO DE ACTIVIDADES ACADÉMICO PRIMER SEMESTRE actividades Asignación enero Ingresoy Reingreso Postgrados enero de de exámenes exámenes parciales semana santa recuperacion periodo febrero marzo febrero 15 marzo dea Segundo período Exámenes finales vacaciones Especifica exámenes de parciales mayo SEGUNDO SEMESTRE Asignacion clases: Reingreso período dej Inaugural exámenes de recuperacion exámenes parciales del Segundo período agosto exámenes parciales Semana septiembre actualizacion docente especifica (Pre-especializacion) del 29de diciembre ACTIVIDADES ANUALES Exámenes Publicos de esis calendario específico noviembre ELECCIONES PARA ELEGIR DECANO planillas estudiantes para Decano, 8al12 marzo Aprobado elegir profesionales Punto Cuerpo electoral conformado por estudiantes, mayo"

INSTRUMENTOS INTERNACIONALES SOBRE DERECHOS HUMANOS RATIFICADOS POR GUATEMALA A LA FECHA

Instrumentos Internacionales de Derechos Humanos (ONU y OEA) aprobados y ratificados por Guatemala

– Declaración Universal de los Derecho Humanos;

– Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos;

– Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales;

– Protocolo Facultativo del Pacto de Derechos Civiles y Políticos;

– Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre;

– Convención Americana sobre Derechos Humanos;

– Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en Materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Protocolo de San Salvador);

– Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas;

– Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura;

– Convención para la Prevención y Sanción del Delito de Genocidio.

Convenciones de Derecho Internacional Humanitario

– Convenio para mejorar la suerte de los heridos y enfermos en las fuerzas armadas en campaña;

– Convenio para mejorar la suerte de los heridos, enfermos y náufragos de las fuerzas armadas en el mar;

– Convenio relativo al tratamiento de los prisioneros de guerra;

– Convenio relativo a la protección de personas civiles en tiempos de guerra;

– Protocolo adicional a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949, relativo a la protección de las víctimas de los conflictos armados internacionales (proto- colo I); y

– Protocolo adicional a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949, relativo a la protección de las víctimas de los conflictos armados sin carácter internacio- nal (protocolo II).

Convenios relativos a Derechos Humanos y Administración de Justicia

– Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes;

– Varias Declaraciones, Principios, procedimientos y Reglas relacionadas el tratamiento de reclusos, menores privados de libertad, independencia de la judicatura, etc.

Convenios sobre Nacionalidad, Apátrida, Asilo y Refugiados

– Convención sobre el estatuto de los refugiados;

– Protocolo sobre el estatuto de los refugiados;

Convenio sobre la libertad de información

– Convención sobre el Derecho Internacional de rectificación;

Derechos de la Mujer

– Convención sobre los derechos políticos de la mujer;

– Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer;

– Convención interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer (Convención de Belem do Para).

Derechos del Niño

– Convención sobre los derechos del niño;

Convenios relativos a eliminación de la Discriminación

– Convención internacional sobre la eliminación de todas las formas de discrimi- nación racial.

Derechos de los Pueblos Indígenas

– Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes (OIT)

Fuente: https://scielo.conicyt.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0718-00122003000100008 Carmen María Gutiérrez de Colmenares

Webinar como ganar una licitación pública en Guatemala

Webinar sobre como ganar una licitación pública en Guatemala, enfocado a empresarios, contratistas, servidores públicos, ingenieros, arquitectos, abogados, personas jurídicas, creando un enfoque desde dentro y fuera de la administración pública, citando casos y ejemplos, indicando los aspectos fundamentales para presentar una oferta exitosa. Organizado por la Firma Franco & Asociados.

algunas preguntas sobre el diferendo territorial guatemala-belice

  • EN BASE A LA LECTURA DEL MATERIAL DIDÁCTICO DEL CURSO DE DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO DENOMINADO “DIFERENDO TERRITORIAL GUATEMALA-BELICE” PROCEDA A RESPONDER LAS SIGUIENTES PREGUNTAS GENERADORAS:
  • QUE ES UN DIFERENDO TERRITORIAL
  • EN QUE CONSISTE LA FIRMA DEL ACUERDO ANGLO-GUATEMALTECO DE 1859
  • QUE SIGNIFICA ACUDIR A LA CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA
  • CUÁL ES LA FUNCIÓN DE LA CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA EN CUANTO EL DIFERENDO TERRITORIAL
  • EN QUE CONSISTIÓ EL RECLAMO TERRESTRE, INSULAR Y MARÍTIMO DE GUATEMALA ANTE LA CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA”, POSTERIORMENTE ENMENDADO POR UN PROTOCOLO CONCLUIDO EL 25 DE MAYO DE 2015
  • QUE ES UNA CONSULTA POPULAR
  • CUAL FUE LA PREGUNTA LLEVADA A CABO POR GUATEMALA Y BELICE  EN LA CONSULTA POPULAR PARA SOMETER SU DISPUTA A LA CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA
  • QUE RECLAMA GUATEMALA DE BELICE
  • CUANDO INICIÓ ESTA DISPUTA
  • CUAL ES LA RUTA QUE DEBEN SEGUIR AMBOS PAÍSES EN CUANTO AL RECLAMO TERRITORIAL
  • CUAL ES LA SEDE DE LA CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA (CIJ)
  • CUAL ES LA POSTURA DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES RELACIONADO AL DIFERENDO TERRITORIAL CON BELICE
  • QUE ES LA COLONIA ESPAÑOLA
  • ORIGEN DEL ESTABLECIMIENTO DE BELICE
  • TRATADO DE 1763 INGLATERRA-ESPAÑA
  • TRATADO DE 1783 INGLATERRA-ESPAÑA
  • CONVENCION DE 1786 INGLATERRA-ESPAÑA
  • TRATADO DE 1786 A LA INDEPENDENCIA DE GUATEMALA
  • PERIODO POST-INDEPENDENCIA
  • TRATADO CLAYTON-BULWER
  • TRATADO DALLAS-CLARENDON
  • TRATADO DEL 30 DE ABRIL DE 1859 ENTRE INGLATERRA Y GUATEMALA
  • CONVENCION DE 1863 ENTRE GUATEMALA Y GRAN BRETAÑA
  • LAS CONSTITUCIONES DE GUATEMALA Y EL CASO DE BELICE
  • EN QUE CONSISTIÓ EL VOTO ADVERSO EN EL EXPEDIENTE NO. 290-91 Y 292-91
  • EN NO MÁS DE 10 LÍNEAS, REALICE UNA SÍNTESIS DE LA HISTORIA DIFERENDO TERRITORIAL CON BELICE.
  • EN NO MÁS DE 3 HOJAS, REALICE UNA SÍNTESIS DEL EXPEDIENTE NO. 290-91 Y 292-91 (NO HACER COPY PASTE, SINO UN ANÁLISIS PROPIO)

Como se apertura Protocolo en Guatemala?

Para pagar el derecho de apertura de protocolo, deberán atender el procedimiento siguiente: 

1. Solicitud  del formulario de Apertura de Protocolo.En las sede central  (Edificio Jade), Planta baja del edificio de la Corte Suprema de Justicia, delegaciones Regionales y Departamentales del Archivo General de Protocolos. (Valor del formulario Q. 5.00) 

2. Ingreso de la Información. El notario deberá presentar el formulario con al información requerida, firmado y sellado tanto por él como por el Notario que designe como depositario. 

3. Emisión de recibo Entregado el fomulario en la ventanilla correspondiente se le emite el recibo de pago de Apertura de Protocolo por Q. 50.00. 

4. Cancelación del recibo. Se debe de presentar el recibo a la ventanilla del banco ubicado dentro de las instalaciones. 

5. Entrega de la copia del recibo A continuación deberá de entregar las copias del recibo cancelado en la ventanilla donde entregó el formulario. 

Nota: Recuerde que el recibo original debe de constar en los atestados del Protocolo.

Descargue desde aquí el Formulario oficial de Apertura de Protocolo FORMULARIO APERTURA PROTOCOLO

Fuente: http://ww2.oj.gob.gt/archivodeprotocolos/index.php?option=com_content&view=article&id=166&Itemid=154index.php?option=com_content&view=article&id=149&Itemid=153